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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (25/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 201856 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2001 2001-AL-PRES-INFES de la Oficina de Asesoría Legal del INFES; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de mayo de 1999, el INFES suscri- bió el Contrato de Construcción a Suma Alzada con la firma CEIBE Contratistas Generales S.A. respecto de la ejecución de obras de infraestructura en el Centro Edu- cativo Nº 213, ubicado en el distrito de Zorritos, provin- cia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, materia de la Adjudicación Directa Nº 005-1999-INFES/ PRES-ODI-CEREN; Que, de conformidad con la cláusula cuarta del con- trato, la firma CEIBE Contratistas Generales S.A., se obligó a ejecutar la obra en estricta conformidad con el expediente técnico que comprende: bases de licitación, memoria descriptiva, planos, especificaciones técnicas, metrados, precios unitarios, valor referencial o presu- puesto base, plazo, estudio de suelo, entre otros; y a presentar la liquidación del contrato en un plazo equiva- lente a un décimo del plazo de ejecución de la obra, contado desde el día siguiente de la recepción de la obra, entregándose con ella la minuta de Declaratoria de Fábrica, pactándose que de no cumplir con el plazo señalado, el INFES procedería a elaborar la correspon- diente minuta de Declaratoria de Fábrica cargando su costo al contratista, conforme lo señala el numeral 4.14 de la cláusula cuarta; Que, de conformidad con el Artículo 82º del Reglamen- to de la Ley Nº 26850 y de la cláusula sexta del contrato, la firma CEIBE Contratistas Generales S.A. se obligó a entregar la obra, a satisfacción de INFES, en el plazo de 45 días calendario, habiéndose convenido que en el caso que el contratista incurra en mora respecto del plazo contratado, se le impondrá una multa equivalente al 56/ 10 000 del valor del contrato por cada día de retraso; Que, habiendo quedado ejecutada la obra física, la Comisión de Recepción formuló observaciones respecto de la ejecución de la obra, las cuales una vez subsanadas dieron lugar a la recepción de la obra, levantándose el Acta de Recepción de Obra con fecha 2 de noviembre de 1999; Que, por Resolución de Gerencia de Obras Nº 730- 1999-PRES-INFES de fecha 29 de noviembre de 1999, se aprobó la Liquidación Final del Contrato de Obra, deter- minándose un monto final del contrato de S/. 127 920,86, conforme la Liquidación Final del Contrato de Obra, estableciéndose un saldo deudor a cargo del contratista por la suma de S/. 6 063,07; Que, dicho saldo deudor proviene de la aplicación de la multa por la mora en la entrega de la obra, por un monto de S/. 7 842,50 y por el costo de la elaboración de la minuta de Declaratoria de Fábrica por la suma de S/ . 780,00 lo que determina un saldo total de S/. 8 622,50; Que, en parte, dicho saldo ha sido compensado con saldos reconocidos a favor del contratista por un monto total de S/. 2 559,43, quedando un saldo deudor total a favor del INFES de S/. 6 063,07; Que, la citada Resolución de Gerencia de Obras fue notificada a CEIBE por medio del Oficio Nº 9871-1999- GO-PRES-INFES, sin que haya sido materia de recurso impugnatorio alguno, por lo que ha quedado consentida; Que, a pesar de múltiples requerimientos respecto de la cancelación del saldo pendiente, no se ha obtenido a la fecha respuesta alguna por parte del contratista; Con la visación del Viceministro de Infraestructura y la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Supremo Nº 019-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presiden- cia, a interponer las acciones judiciales que correspon- dan, contra la firma CEIBE Contratistas Generales S.A., que tuvo a cargo la ejecución de las obras de infraestructura en el C.E.I. Nº 213, materia de la Adju- dicación Directa Nº 005-1999-INFES/PRES-ODI-CEREN INFES, por las razones expuestas en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Público para los fines a que secontrae la presente Resolución, debiendo el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, proporcionarle la documentación complementa- ria que requiera. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 22309 PESQUERÍA Aprueban el "Proyecto Piloto para el Manejo y Explotación de la Concha de Abanico en la Bahía Tortugas, Casma - Perú" RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 036-2001-PE/DNEPP Lima, 23 de abril del 2001 Visto el Expediente de registro Nº 02715003 de fecha 22 de marzo del 2001, por el cual la Universidad Nacio- nal Agraria La Molina presenta el "Proyecto Piloto para el Manejo y Explotación de la Concha de Abanico en la Bahía Tortugas, Casma - Perú". CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 069-2001- PE, se renovó el Convenio de Cooperación Interinstitu- cional entre el Ministerio de Pesquería, la Asociación de Extractores y Armadores de Recursos Hidrobiológicos del Mar de Tortugas - Casma y la Universidad Nacional Agraria La Molina, aprobado por Resolución Ministerial Nº 466-98-PE, el mismo que tiene como objetivo la ejecución de un programa piloto para el manejo y explo- tación del banco natural de concha de abanico ( Argopec- ten purpuratus ) existente en la zona denominada La poza, en la bahía de Tortugas, distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Ancash; Que la cuarta cláusula del convenio citado en el considerando precedente, contempla entre las obligacio- nes de las partes, la propuesta del proyecto para el desarrollo del programa piloto antes mencionado, para su aprobación por el Ministerio de Pesquería; Que mediante el documento de visto, la Universidad Nacional Agraria La Molina conjuntamente con la Aso- ciación de Extractores y Armadores de Recursos Hidro- biológicos del Mar de Tortugas - Casma, presentaron el "Proyecto Piloto para el Manejo y Explotación de la Concha de Abanico en la Bahía Tortugas, Casma - Perú"; Que el proyecto presentado se orienta a demostrar la viabilidad del establecimiento de áreas de manejo como nuevo modelo de gestión para la explotación racional y sostenida de las pesquerías bentónicas, principalmente de concha de abanico, con intervención directa de los pescadores artesanales, sirviendo de base para la toma de decisiones sobre la implementación del régimen de áreas de manejo en otros puntos del litoral peruano y coadyuvando en la formulación del marco normativo para su posible establecimiento; De conformidad con la cláusula cuarta del Convenio de Cooperación Interinstitucional aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 069-2001-PE y de acuerdo a lo informado por la Dirección de Ordenamiento Pesquero; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el "Proyecto Piloto para el Manejo y Explotación de la Concha de Abanico en la Bahía Tortugas, Casma - Perú", que en anexo forma parte de la presente Resolución, cuya ejecución estará a cargo de la Universidad Nacional Agraria La Molina y la Asociación de Extractores y Armadores de Recursos Hidrobiológicos del Mar de Tortugas - Casma, en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 069-2001-