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Pág. 201860 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2001 Conservación Vial de la Dirección General de Caminos, a la ciudad de Popayán, República de Colombia, durante los días 22 de abril al 18 de mayo de 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza, deberá tener en cuenta lo establecido en la Directiva Nº 002-99-MTC/15.01 aprobada mediante Resolución Mi- nisterial Nº 293-99-MTC/15.01. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 22329 Otorgan a asociación autorización y permiso de instalación para operar estación retransmisora del servicio de radiodifusión educativa por televisión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 256-2001-MTC/15.03 Lima, 11 de abril de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la ASOCIACIÓN CULTURAL ENTIDADES LATINOAMERICANAS COMUNICANDO EL EVANGELIO - ENLACE, para que se le otorgue autorización para establecer una esta- ción retransmisora del servicio de radiodifusión educati- va por televisión en la banda de VHF, en el Anexo de Maray, distrito de Pachangara, provincia de Oyón, de- partamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la presta- ción del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, estable- cen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación; Que, el Artículo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 06-94-TCC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción, señala que para obtener autorización para prestar servicio de radiodifu- sión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dichas normas se detallan; Que, el Artículo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorización para prestar servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el Artículo 99º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establece que el servicio de radio- difusión educativa es prestado por personas jurídicas sin fines de lucro, cuya naturaleza tienen las asociaciones; siendo la solicitante una asociación; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modifi- cables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos, si antes no se obtiene laSE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del siguiente perso- nal técnico del Proyecto Control del Espectro Radioeléc- trico de la Dirección General de Telecomunicaciones, a Francia, durante las fechas del año 2001 que a continua- ción se indican, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución: - Del 8 de abril al 12 de mayo - Victor Hugo Fernández Carbajo - Marcos Paul Zacarías Ríos - Mario Nolberto Angulo Reyes - Jenny Lourdes Saldarriaga Baylón - Del 8 al 18 de abril - Rolando Eneque Uceda - Del 8 al 21 de abril - Alberto Orestes Silva Ibarra - Del 17 al 28 de abril - Wilder Freddy Rojas Rojas - Manuel Quispe Salazar - Del 21 de abril al 1 de mayo - Miguel Ladislao Toro Quinto - Del 22 de abril al 12 de mayo - Alexis Henry Mantari Baldeón Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogará gastos al Estado. Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 22330 Autorizan viaje de profesional de la Dirección General de Caminos para participar en curso sobre el impacto ambiental en proyectos viales, a reali- zarse en Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 169-2001-MTC/15.02 Lima, 20 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Organización de los Estados Americanos - OEA, dentro del Programa de Cooperación Horizontal para Becas de Adiestramiento (CHBA) ha otorgado al ingeniero Julio César Palacios García, profesional de la Dirección de Conservación Vial de la Dirección General de Caminos, una beca integral para que participe en el curso: Impacto Ambiental en Proyec- tos Viales, que se realizará en la Universidad del Cauca, en la ciudad de Popayán, República de Colombia, durante los días 23 de abril al 18 de mayo de 2001; Que, la Organización de los Estados Americanos - OEA, conjuntamente con el gobierno colombiano, cubri- rán todos los gastos que ocasione la participación del profesional antes mencionado; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del ingeniero Julio César Palacios García, profesional de la Dirección de