Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2001 (26/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2001

Que, una de las funciones primordiales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano -PROMUDEH- es la de promover el desarrollo de la mujer, del MORDAZA y del adolescente a traves de la generacion de planes, programas y proyectos orientados en especial a la proteccion frente a la violencia familiar y sexual; Que, el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano es el organo encargado de coordinar las acciones dispuestas por el Articulo 3º del TUO de la Ley Nº 26260 "Ley de proteccion frente a la Violencia Familiar" modificado por la Ley Nº 27306 mediante la cual dicho Ministerio debe coordinar, promover, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar permanentemente la lucha contra toda forma de violencia familiar; Que, es necesario fortalecer los Centros "Emergencia Mujer" creados por Resolucion Ministerial Nº 21699-PROMUDEH, modificada por Resolucion Ministerial Nº 74-2000-PROMUDEH y reorientar sus acciones especializandolos para brindar a su poblacion objetivo los mecanismos necesarios que aseguren un MORDAZA de atencion agil, oportuno y eficaz, asi como una atencion integral a las personas involucradas en actos de violencia familiar y sexual; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-99-PCM se dispuso que el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, debia coordinar con los Ministerios del Interior, de Educacion, de Justicia y Salud, a fin de establecer medidas y acciones destinadas a prevenir y sancionar la violencia familiar; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 025-2001 del 27 de febrero de 2001, se autorizo la operacion de transferencia de partidas por recursos ordinarios de PATPAL y PRONAA a favor del PROMUDEH, con la finalidad de disenar e implementar nuevos programas orientados a problemas sociales y de equidad de genero que se encontraban escasamente atendidos o eran abordados mediante estrategias inadecuadas de intervencion; Que, en consecuencia es necesario crear un Programa que tenga como objetivo, la atencion al problema de violencia familiar y sexual, incluyendo la realizacion de actividades tendientes a la prevencion del mismo y a la implementacion de mecanismos de apoyo para las personas involucradas en estos hechos; Que, para el proposito senalado en el considerando que antecede resulta necesario modificar el Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por el Decreto Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; En uso de las atribuciones que le confiere el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Crease en el Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual como organo dependiente del Despacho Ministerial. Articulo 2º.- Incorporese al Capitulo V del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por el Decreto Supremo Nº 00499-PROMUDEH, los Articulos 24ºA, 24ºB, 24ºC, 24ºD, 24ºE y 24ºF, cuyos textos son los siguientes: Articulo 24ºA.- El Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual es el organo encargado de disenar y ejecutar a nivel nacional acciones y politicas de prevencion, atencion y apoyo a las personas involucradas en hechos de violencia familiar y/o sexual, contribuyendo asi a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion, desde una perspectiva de genero. Depende del Despacho Ministerial. Esta a cargo de un Director Nacional, mantiene relaciones funcionales con los organismos del Sector y otras entidades de la Administracion Publica y Privada vinculadas a la lucha contra la violencia familiar y sexual. Articulo 24ºB.- Las funciones del Programa Nacional de Lucha Contra la Violencia Familiar y Sexual son:

a) Formular y proponer lineamientos y normas respecto a la atencion del problema de violencia familiar y sexual necesarios para el funcionamiento del Programa; b) Promover y desarrollar mecanismos de articulacion intersectorial para la atencion de la Violencia familiar y sexual; c) Promover el estudio e investigacion sobre las causas de violencia familiar y sexual, y de las medidas a adoptarse para su correccion o prevencion; d) Coordinar y fortalecer redes con participacion activa de los diferentes actores sociales; e) Disenar y ejecutar estrategias de informacion, educacion no formal, comunicacion y difusion a nivel nacional; f) Disenar, aplicar y evaluar las estrategias de apoyo integral para las personas afectadas o involucradas en hechos de violencia familiar y/o sexual; g) Convocar a instituciones publicas y privadas y a organizaciones de base para una mejor prestacion de los servicios que se brindan en los "Centros Emergencia Mujer"; h) Promover el desarrollo de las "Casas Refugio" en coordinacion con la sociedad civil; i) Proponer la suscripcion de convenios y acuerdos orientados a la mejor implementacion del programa y velar por su cumplimiento; j) Promover la captacion de recursos de la Cooperacion Internacional; k) Ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de capacitacion para el cumplimiento de sus objetivos; l) Otras funciones que le asigne el Despacho Ministerial. Articulo 24ºC.- Estructura Organica: ORGANOS DE DIRECCION Direccion Nacional del Programa Contra la Violencia Familiar y Sexual Subdireccion Nacional del Programa Contra la Violencia Familiar y Sexual ORGANOS DE LINEA Oficina de Promocion y Capacitacion Oficina de Investigacion y Registros Oficina de Operaciones Articulo 24ºD.- La Oficina de Promocion y Capacitacion es el organo encargado de promover la accion individual y colectiva contra la violencia familiar y sexual, mediante la formulacion, promocion, planeacion, coordinacion y ejecucion de actividades de informacion, comunicacion, difusion y educacion no formal. Otras funciones que le asigne la Direccion Nacional del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual. Articulo 24ºE.- La Oficina de Investigacion y Registros es el organo encargado de generar, procesar y analizar informacion sobre la violencia familiar y sexual y de elaborar los informes tecnicos y administrativos correspondientes. Asimismo, formular proyectos de investigacion e intervencion en el area de violencia familiar y sexual y evaluar los que MORDAZA propuestos al Programa. Otras funciones que le asigne la Direccion Nacional del Programa de Violencia Familiar y Sexual. Articulo 24ºF.- La Oficina de Operaciones es el organo encargado de planificar, organizar, coordinar, dirigir, supervisar, controlar y evaluar las actividades tecnicas y administrativas del Programa que se ejecutan en las sedes a nivel nacional. Otras funciones que le asigne la Direccion Nacional del Programa de Violencia Familiar y Sexual. Articulo 3º.- El Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual que se crea en virtud del presente Decreto Supremo, financiara sus actividades con cargo al presupuesto del Sector PROMUDEH correspondiente al ano 2001 que fuera asignado mediante Ley Nº 27427, Ley de Racionalidad del Gasto Publico y mediante Decreto de Urgencia Nº 025-2001, no irrogandose por tanto, gasto adicional al Estado. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros

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