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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (13/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 208720 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de agosto de 2001 ORDENANZA Nº 036-2001/CDLO Los Olivos, 2 de agosto del 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 036-2001/CDLO QUE PRORROGA EL BENEFICIO DE CONDONACION PARCIAL DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de octubre del presente año, la vigencia de los beneficios de condonación parcial de multas administrativas, inclu- yendo las multas por Licencia de Construcción, conteni- das en las Ordenanzas Nº 024-2001/CDLO y Nº 025-2001/ CDLO. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE, la Dirección de Rentas, Dirección de Desarrollo Urbano y Oficina de Ejecutoría Coactiva, el estricto cumplimiento de lo dis- puesto en la presente Ordenanza, y a la Unidad de Comunicaciones la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 29114 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban Reglamento de Fracciona- miento de Deudas Tributarias y no Tri- butarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10 Miraflores, 2 de agosto del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, las Municipalidades gozan de autonomía política, econó- mica y administrativa en los asuntos de su competen- cia; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 36º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, Decreto Supremo Nº 135-99-EF, la Administración está faculta- da para otorgar fraccionamientos a aquellos contribu- yentes que deseen regularizar sus deudas pendientes de pago; Que, esta Administración haciendo uso de las atribu- ciones otorgadas en las normas precitadas, aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias mediante el Decreto de Alcaldía Nº 18- 99-DAM publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 10 de setiembre de 1999;Que, es necesario modificar algunos de los artículos del mencionado Reglamento, a fin de que éste se ajuste a la realidad económica actual; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, esta Administración mediante Decreto de Alcaldía podrá resolver o regular los asuntos de orden general y de interés del vecindario; En uso de las facultades del Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 23853; DECRETA: REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETO Por el presente apruébese el Reglamento de Fraccio- namiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, cuya administración esté a cargo de la Municipalidad de Miraflores, el mismo que consta de 20 artículos y una Disposición Final. Artículo 2º.- DEFINICIONES Para los efectos del presente Reglamento se entiende por: Código Tributario: El aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y sus normas modificatorias conforme el Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supre- mo Nº 135-99-EF. Reglamento: El presente Reglamento de fracciona- miento de deudas tributarias y no tributarias. Deuda Tributaria: La constituida por el tributo, multas e intereses conforme el Artículo 28º del Código Tributario. Deuda No Tributaria: La constituida por multas administrativas y todo otro concepto no tributario cuya cobranza esté administrada por la Municipalidad de Miraflores, incluyendo los recargos, reajustes, intereses legales o convencionales, según corresponda a su natu- raleza. Deuda Materia de Fraccionamiento: Aquella apro- bada conforme a lo establecido en el presente Reglamen- to. Deudor: Aquél encargado de cumplir con la deuda tributaria y no tributaria en calidad de contribuyente, obligado o responsable. Solicitante: Persona natural o jurídica que solicita el otorgamiento de fraccionamiento de la deuda tributa- ria y/o no tributaria. Solicitud: La contenida en el formulario que para el efecto la Municipalidad pone a disposición de sus deudo- res en formato preimpreso o mecanizado. Interés de Fraccionamiento: Es el interés aplica- ble a cada cuota de amortización. Insolvencia : Cuando la persona natural se encuen- tre imposibilitada de pagar por falta de recursos. Falta de Liquidez: Cuando la persona jurídica no dispone de los medios de pago para asumir una deuda. Cuando se mencionen artículos sin indicar la norma legal a la que corresponden, se entenderán referidos al presente Reglamento. Artículo 3º.- DEUDAS QUE PUEDEN SER MA- TERIA DE FRACCIONAMIENTO Puede otorgarse fraccionamiento respecto a las deu- das tributarias y no tributarias cuya cobranza esté admi- nistrada por la Municipalidad de Miraflores, incluso cuando dichas deudas se encuentren en proceso de eje- cución coactiva. Artículo 4º.- DEUDAS QUE NO PUEDEN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENTO No procede el fraccionamiento respecto de las si- guientes obligaciones: