Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2001 (13/08/2001)


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Los MORDAZA, 2 de agosto del 2001

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 13 de agosto de 2001

ORDENANZA Nº 036-2001/CDLO

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 036-2001/CDLO QUE PRORROGA EL BENEFICIO DE CONDONACION PARCIAL DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Articulo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de octubre del presente ano, la vigencia de los beneficios de condonacion parcial de multas administrativas, incluyendo las multas por Licencia de Construccion, contenidas en las Ordenanzas Nº 024-2001/CDLO y Nº 025-2001/ CDLO. Articulo Segundo.- ENCARGUESE, la Direccion de Rentas, Direccion de Desarrollo MORDAZA y Oficina de Ejecutoria Coactiva, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, y a la Unidad de Comunicaciones la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 29114

Que, es necesario modificar algunos de los articulos del mencionado Reglamento, a fin de que este se ajuste a la realidad economica actual; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, esta Administracion mediante Decreto de Alcaldia podra resolver o regular los asuntos de orden general y de interes del vecindario; En uso de las facultades del Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 23853; DECRETA: REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- OBJETO Por el presente apruebese el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, cuya administracion este a cargo de la Municipalidad de Miraflores, el mismo que consta de 20 articulos y una Disposicion Final. Articulo 2º.- DEFINICIONES Para los efectos del presente Reglamento se entiende por: Codigo Tributario: El aprobado por el Decreto Legislativo Nº 816 y sus normas modificatorias conforme el Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF. Reglamento: El presente Reglamento de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias. Deuda Tributaria: La constituida por el tributo, multas e intereses conforme el Articulo 28º del Codigo Tributario. Deuda No Tributaria: La constituida por multas administrativas y todo otro concepto no tributario cuya cobranza este administrada por la Municipalidad de Miraflores, incluyendo los recargos, reajustes, intereses legales o convencionales, segun corresponda a su naturaleza. Deuda Materia de Fraccionamiento: Aquella aprobada conforme a lo establecido en el presente Reglamento. Deudor: Aquel encargado de cumplir con la deuda tributaria y no tributaria en calidad de contribuyente, obligado o responsable. Solicitante: Persona natural o juridica que solicita el otorgamiento de fraccionamiento de la deuda tributaria y/o no tributaria. Solicitud: La contenida en el formulario que para el efecto la Municipalidad pone a disposicion de sus deudores en formato preimpreso o mecanizado. Interes de Fraccionamiento: Es el interes aplicable a cada cuota de amortizacion. Insolvencia: Cuando la persona natural se encuentre imposibilitada de pagar por falta de recursos. Falta de Liquidez: Cuando la persona juridica no dispone de los medios de pago para asumir una deuda. Cuando se mencionen articulos sin indicar la MORDAZA legal a la que corresponden, se entenderan referidos al presente Reglamento. Articulo 3º.- DEUDAS QUE PUEDEN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENTO Puede otorgarse fraccionamiento respecto a las deudas tributarias y no tributarias cuya cobranza este administrada por la Municipalidad de Miraflores, incluso cuando dichas deudas se encuentren en MORDAZA de ejecucion coactiva. Articulo 4º.- DEUDAS QUE NO PUEDEN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENTO No procede el fraccionamiento respecto de las siguientes obligaciones:

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y no Tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 10 Miraflores, 2 de agosto del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 36º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 135-99-EF, la Administracion esta facultada para otorgar fraccionamientos a aquellos contribuyentes que deseen regularizar sus deudas pendientes de pago; Que, esta Administracion haciendo uso de las atribuciones otorgadas en las normas precitadas, aprobo el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias mediante el Decreto de Alcaldia Nº 1899-DAM publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 10 de setiembre de 1999;

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