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Pág. 208947 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de agosto de 2001 siguientes inmuebles del distrito y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho 1.- Jr. Alvarado R. 224-228-234 2.- Jr. Arica 302, esquina Jr. Libertad 1983.- Jr. Arica 381-3844.- Jr. Ayacucho, Cdra. 1 (Iglesia Matriz)5.- Jr. Ayacucho 111-1196.- Jr. Ayacucho 179-185-1897.- Jr. Ayacucho 233-239-2438.- Jr. Ayacucho 2579.- Jr. Ayacucho 297, esquina Jr. Bolognesi10.- Jr. Ayacucho 337-343-35311.- Jr. Ayacucho 52012.- Jr. Ayacucho 592-596, esquina Jr. Sucre 19513.- Jr. Ayacucho 600-608-610-614-616-626-630, es- quina Jr. Sucre 14.- Jr. Ayacucho 609-617 (Iglesia y Convento del Sagrado Corazón) 15.- Jr. Bolognesi 16116.- Jr. Bolognesi 162-16817.- Jr. Bolognesi 18118.- Jr. Bolognesi 211-219-22319.- Jr. Bolognesi 214-220, esquina Jr. Ayacucho 31320.- Jr. Bolognesi 316, esquina Jr. Jorge Chávez 30121.- Jr. Bolognesi 381-38922.- Jr. Bolognesi 463-47223.- Jr. Bolognesi 48424.- Av. Castilla Ramón 383-391, esquina Jr. Andrés Avelino Cáceres 103 25.- Jr. Córdova 128-130-13426.- Jr. Córdova 144-148-15427.- Jr. Córdova 210, esquina Jr. Ayacucho 207-21528.- Jr. Córdova 224-228-23229.- Jr. Córdova 237-25330.- Jr. Córdova 262-26831.- Jr. Córdova 387, esquina Jr. 2 de Mayo 15632.- Jr. Córdova 410, esquina 2 de Mayo s/n33.- Jr. Córdova 42034.- Jr. Córdova 430-43635.- Jr. Córdova 440-44436.- Jr. Córdova 46037.- Jr. Jorge Chávez 119-121-12538.- Jr. Jorge Chávez 132-142-15039.- Jr. Jorge Chávez 13540.- Jr. Jorge Chávez 182, esquina Jr. Córdova 29741.- Jr. Jorge Chávez 204, esquina Jr. Córdova 29642.- Jr. Jorge Chávez 22143.- Jr. Jorge Chávez 227-22944.- Jr. Jorge Chávez 242-248-264-268, esquina Jr. Bolognesi 297 45.- Jr. Jorge Chávez 305-30746.- Jr. Jorge Chávez 403-42147.- Jr. 2 de Mayo 143-15148.- Jr. 2 de Mayo 153-15549.- Jr. 2 de Mayo 391, esquina Jr. Bolognesi50.- Jr. Iguán F. 102-110, esquina Jr. San Martín 403- 407 51.- Jr. Libertad 15352.- Jr. Puno s/n, esquina Jr. Arica s/n (Manzana C, lote 1) 53.- Jr. Razhuilca 103-109-115, esquina Av. Ramón Castilla 54.- Jr. Razhuilca 137-14555.- Jr. Razhuilca 21456.- Jr. Razhuilca 21757.- Jr. Razhuilca 221-225-22758.- Jr. Razhuilca 226-23059.- Jr. Razhuilca 239-24760.- Jr. Razhuilca 253-259-263, esquina Jr. Libertad61.- Jr. Razhuilca s/n (Librería y Biblioteca de la Parroquia de San Pedro) 62.- Jr. Razhuilca 303-309-313-317. Esquina Jr. Li- bertad 112-114-116 63.- Jr. Oswaldo Regal 127-14164.- Jr. Sáenz Peña 108-12865.- Jr. Sáenz Peña 15566.- Jr. Sáenz Peña Cdra. 1 s/n y Av. Ramón Castilla Cdra. 2 s/n 67.- Av. San Martín 16468.- Av. San Martín 18869.- Av. San Martín 29070.- Av. San Martín 296, esquina Jr. La Mar 100-11071.- Av. San Martín 308, esquina Jr. La Mar72.- Av. San Martín 32073.- Av. San Martín 404-414, esquina Jr. Navala Huachaca 10374.- Av. San Martín 415 75.- Av. San Martín 522-52876.- Jr. Santillana G. 12077.- Jr. Santillana G. 146-15278.- Jr. Santillana G. 157-16179.- Jr. Santillana G. 315-31780.- Jr. Tarapacá 135-139-14581.- Jr. Tarapacá 160-16582.- Jr. Miguel Untiveros 132-134-13883.- Jr. Miguel Untiveros 218-234-240-246-25284.- Jr. Miguel Untiveros 28285.- Jr. Miguel Untiveros 290, esquina Jr. María Para- do de Bellido. 86.- Jr. Miguel Untiveros 402-406, esquina Jr. R. Alvarado s/n. Artículo 2º.- Declarar Ambiente Urbano Monumen- tal en el distrito y provincia de Huanta, departamento deAyacucho: 1.- Plaza de Armas de Huanta 2.- Jr. Miguel Untiveros, Cdra. 33.- Jr. Arica, Cdra. 2 Artículo 3º.- Delimitar la zona monumental del distri- to y provincia de Huanta, departamento de Ayacucho, deacuerdo al Plano DZM-035-2001/INC. Artículo 4º .- Es obligación de los propietarios someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional deCultura, cualquier intervención a realizarse en los monu-mentos a que se refiere el Artículo 1º de la presenteResolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE GONZALEZ CARRE Director Nacional 29403 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 803/INC Lima, 2 de agosto de 2001Visto los Acuerdos Nºs. 10/22.06.2001 y 05 del 13.7.2001 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de ProyectosArquitectónicos y demás documentación sustentatoria; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patri-monio Cultural de la Nación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", faculta alInstituto Nacional de Cultura a proteger y declarar elPatrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, asícomo también las manifestaciones culturales orales ytradicionales del país; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimien- to de la función que le asigna la ley, viene realizando unapermanente identificación y registro de inmuebles, espa-cios y áreas urbanas que por su valor histórico deben serdeclarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Na-ción; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 10 defecha 22 de junio, y Acuerdo Nº 05 del 13 de julio de 2001,propuso se declare monumento al Muelle de Pimentel,distrito de Pimentel Muelle de Puerto Eten, Glorieta de laPlaza Mayor de Puerto Eten, Iglesia Matriz de PuertoEten, Inmuebles ubicados en el Jr. Libertad Nº 168-172,Jr. Libertad 184-188, Jr. Libertad 192, Jr. Libertad 200,Jr. Libertad 208-209, distrito de Puerto Eten, provincia deChiclayo, departamento de Lambayeque, por cuanto elMuelle de Pimentel y Muelle de Puerto Eten son unejemplo representativo del transporte ferroviario y por-tuario desarrollado en la zona norte del país. La IglesiaMatriz, la Glorieta y los ranchos, constituyen testimoniocaracterístico de la arquitectura desarrollada en los últi-mos años del siglo XIX en Puerto Eten; Estando a lo visado por la Dirección General de Patri- monio Monumental e Histórico, la Dirección de RegistroNacional del Patrimonio Cultural Inmueble, la GerenciaLegal y la Dirección Ejecutiva;