TEXTO PAGINA: 11
Pág. 213357 NORMAS LEGALES Lima, martes 4 de diciembre de 2001 evalúen y estudien la ampliación del ámbito de las recomendaciones contra el lavado de activos con la finalidad de incluir normas sobre prevención de la financiación de actividades de organizaciones terroristas; Que, la activa participación de los países miembros, permitirá fortalecer la cooperación regional para la formulación de políticas y acciones más eficientes en la lucha contra el lavado de activos, por lo que resulta conveniente designar al señor Carlos Enrique Melgar Romarioni, Analista del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que en representación de esta Superintendencia integre la delegación peruana que participará en el citado evento; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros correspondiente al ejercicio 2001; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 048- 2001-PCM modificado con Decreto Supremo Nº 053-2001- PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Carlos Enrique Melgar Romarioni, Analista del Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, a la ciudad de Santiago de Chile, del 3 al 7 de diciembre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superintendencia de Banca y Seguros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$377,90 Viáticos 800,00 Tarifa CORPAC 25,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 35585 UNIVERSIDADES Aprueban modificaciones efectuadas al Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARIA GENERAL RESOLUCIÓN -R-Nº 01258-2001-UNFV San Miguel, 23 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolución C.R. Nº 2373-94-UNFV de fecha 23.2.1994, se aprobó las modificaciones efectuadas al Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 01-01-UNFV del 31.5.01, se reconoció a los Órganos de Gobierno de la Universidad Nacional Federico Villarreal; Que, por Resolución -R-Nº 0151-2001-UNFV de fecha 28.6.01, se oficializó la elección de los integrantes de la Comisión encargada de la revisión del Estatuto de 1994, el mismo que contenía una serie de normas académicas y administrativas que debían ser revisadas para su debida ratificación o modificación por parte de la Asamblea Universitaria; Que, a fin de recobrar la verdadera dimensión del Estatuto como norma genérica, el mismo que versará sobre los aspectos más importantes de la vida universitaria; y, Estando a lo acordado por la Asamblea Universitaria, en su sesión de fecha 14 de noviembre del 2001, en aplicación de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las modificaciones efectuadas al Estatuto de la Universidad Nacional Federico Villarreal, consolidado en un solo documento que constituye el nuevo Estatuto de esta Casa Superior de Estudios, conformado por 209 Artículos y Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales; documento que sellado y rubricado por el Secretario General de la Universidad, forma parte de la presente Resolución, el cual entrará en vigencia a partir del 23.11.01. Artículo Segundo.- El Rectorado, la Secretaría General y la Oficina Central de Planificación, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE MARIA VIAÑA PEREZ Rector ARTEMIO VILLALOBOS DAVILA Secretario General 35598 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS Aprueban Instructivo de Trabajo "Valoración de vehículos usados" RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADT/2001-002636 Callao, 30 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, a tenor de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 186-99-EF, se establece que las mercancías que se importan al Perú se valoran conforme a las normas del Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, referido a Valoración Aduanera y las normas nacionales que se aprueben para este efecto; Que, el Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 007-2001- MTC, en su primer párrafo, dispone que la Superintendencia Nacional de Aduanas debe emitir las directivas necesarias que garanticen la correcta aplicación de las normas de valorización aduanera vigentes para la importación de vehículos usados, tanto en el régimen general como en el régimen de CETICOS; Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 203-2001-EF establece un tratamiento especial para la verificación del valor de los vehículos usados que ingresan por los Centros de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios (CETICOS), y que para tal efecto, ADUANAS debe aprobar el respectivo procedimiento en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el instructivo sobre el procedimiento a seguir para la verificación del valor en la importación de vehículos usados, tanto en el régimen general como en el régimen de CETICOS de acuerdo con las normas del Sistema de Calidad de ADUANAS, basadas en las Normas Técnicas ISO 9000 y los principios de buena fe y presunción de veracidad, que conduzcan a la simplificación y agilización de los trámites aduaneros; En uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 00226 de 16.FEB.2001, y estando a la delegación de funciones contenida en la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 01323 de 16.DIC.1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese el Instructivo de Trabajo denominado INTA-IT.01.08 "Valoración de vehículos usados" cuyo texto anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Lo dispuesto en la presente Resolución entrará en vigencia a partir del 4 de diciembre de 2001 y será de aplicación a todas las importaciones que se realicen a partir de esta fecha, con excepción de aquéllas que al 3.DIC.2001 hubieran sido objeto de inspección por las empresas verificadoras, las cuales continuarán rigiéndose por las normas aprobadas antes de la entrada en vigencia de la presente.