Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2001 (04/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 4 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Teniendo en consideracion que el OSINERG ha atendido el mandato constitucional contenido en el Articulo 139º de la Carta Magna, habiendo observado el debido MORDAZA asegurando al administrado el derecho derecho a su MORDAZA defensa al poner a su disposicion los medios necesarios y suficientes para ejercitarla y ha expedido su Resolucion Nº 006-2001 P/CTE determinando la fijacion tarifaria correspondiente con total transparencia e imparcialidad, lo que constituye fundamento principal de su accionar; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el Recurso de Reconsideracion interpuesto por HIDRANDINA S.A. en la parte correspondiente a la revision del balance de energia y potencia a que se refiere el numeral B.5 de la parte considerativa de la presente resolucion e infundado en lo demas que contiene. Articulo 2º.- Modifiquese los Valores Agregados de Distribucion del Sector Tipico 2 indicados en el numeral 2 del Articulo 1º de la Resolucion OSINERG Nº 2120-2001-OS/CD por los siguientes valores:
VADMT VADBT Sector 2 7.847 30.722

- La configuracion geografica de la MORDAZA modelada es radialmente simetrica. - La configuracion de las manzanas y calles de la MORDAZA modelada es totalmente simetrica. - Los clientes de MT de la MORDAZA modelada estan distribuidos uniformemente en toda la superficie de la ciudad. ELECTRONORTE menciona que es evidente que las caracteristicas fisicas reales de la MORDAZA de Tacna, asi como del resto de ciudades y poblaciones de nuestro MORDAZA, no coincide con la modelacion teorica efectuada por el consultor. Ademas, manifiesta que si bien los metodos de optimizacion basados en modelos homogeneos ideales son aceptables para determinar los parametros generales de diseno del sistema, es MORDAZA que para la valorizacion de las redes, necesariamente los metrados teoricos deben corregirse a efectos de adecuar los resultados teoricos a la realidad por medio de factores de correccion que se obtienen de la confrontacion del diseno real de las redes con los obtenidos en el modelo teorico, lo que al parecer el consultor no ha realizado. Senala que el descuido por parte del consultor deriva en una grave inconsistencia en la modelacion que se ha efectuado para el Sector Tipico 2, evidenciando que no se ha producido una adaptacion de la empresa real tomada como modelo tal y como lo exige la LCE sino una reconstruccion teorica de la misma. Adicionalmente, manifiesta que debe tenerse en cuenta que la aplicacion de factores de ajuste que corrija el modelo ideal, si se ha realizado de manera correcta en el caso del Sector Tipico 1, lo que pone en evidencia una grave ilegalidad y un trato discriminatorio a las empresas del Sector Tipico 2 respecto de las empresas de los demas Sectores, al aprobar un VAD sobre la base de criterios distintos e, incluso, ilegales. De otro lado, senala que el efecto del error del consultor es dificil de determinar, toda vez que para el calculo de los factores de correccion se requiere, ademas, de un procedimiento laborioso que tomara mas tiempo del que se tiene para impugnar la Resolucion, de informacion detallada no incluida en el estudio de costos, pero que ha sido preparada por el consultor conforme lo exigen los Terminos de Referencia, y que ha sido reiteradamente solicitada a OSINERG, sin exito, tal y como se acredita con las cartas Nº 126-2001, de fecha 17 de octubre y Nº 127-2001 del 22 de octubre. Al respecto, senala que se hace evidente que, ademas del trato discriminatorio entre empresas de los diferentes Sectores Tipicos, OSINERG ha restringido nuestro derecho de defensa al no poner a disposicion de las empresas la totalidad de documentacion que sustenta la Resolucion, pese a que dicha sustentacion constituye una exigencia legal. Finalmente, ELECTRONORTE senala que pese a las dificultades MORDAZA senaladas, ha efectuado una estimacion de los factores de correccion para la determinacion del numero de transformadores mediante la parcelacion del area MORDAZA de la MORDAZA de Tacna e indica que segun dicha estimacion el numero de transformadores deberia incrementarse en aproximadamente 10%. A.2 Puestas a Tierra ELECTRONORTE senala que los Terminos de Referencia elaborados por la Comision de Tarifas de Energia (hoy OSINERG) para la determinacion del VAD indican expresamente la obligacion de los consultores de "... aplicar adecuadamente las normas y premisas que se senalan en la LCE, RLCE, MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos (NTCSE), Codigo Nacional de Electricidad y Normas Tecnicas." Al respecto, senala que el consultor en su estudio de costos ha considerado un numero de puestas a tierra inferior al exigido por nuestra legislacion, por lo que los parametros utilizados por la Resolucion en el calculo del VAD no respetan la obligacion legal. Senala que, se ha calculado un promedio de 14 estructuras por km de red de MT y que solo se han considerado 3.3 puestas a tierra para dichas estructuras, pese a que legalmente y tecnicamente corresponderian 14. ELECTRONORTE manifiesta que a efectos de corregir tal inconsistencia se hace indispensable que OSINERG revise el calculo de los costos eficientes de inversion de las redes de Media Tension (MT) del Sector Tipico 2, considerando un total de 14 puestas a tierra por km, en lugar de las 3.3 puestas a tierra e indica que con la modificacion del numero de puestas a tierra MORDAZA senalada, se incrementa el VAD de MT en 1.47%. A.3 Inconsistencias en la Tecnologia ELECTRONORTE senala que los criterios de adaptacion que debe utilizar el consultor se encuentran en el anexo 3 del Informe OSINERG-GART-GDE-2001-013, referido a los Criterios Tecnicos de Adaptacion de las Instalaciones de Distribucion por Sector Tipico. Senala que de acuerdo con dicho anexo, el criterio de adaptacion aprobado por OSINERG para el Sector 2 en relacion con el MORDAZA y Potencia de Subestacion de Distribucion MT/BT establece que todas las subestaciones

Articulo 3º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina web de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERG: www.cte.org.pe. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 35612 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 2859-2001-OS/CD MORDAZA, 29 de noviembre de 2001 VISTOS: El Recurso de Reconsideracion interpuesto por ELECTRONORTE S.A. (en adelante ELECTRONORTE) contra la Resolucion OSINERG Nº 2120-2001-OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia martes 16 de octubre de 2001, que fijo los Valores Agregados de Distribucion, Cargos Fijos y Parametros de Calculo Tarifario; El Informe Tecnico OSINERG-GART-GDE-2001-036 elaborado por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante GART), el Informe emitido por la Asesoria Legal Interna OSINERG-GART-AL-2001-046 y el Informe emitido por la Asesoria Legal Externa AL-DC-146-2001 con relacion al Recurso de Reconsideracion presentado, los mismos que se encuentran a disposicion del interesado en las oficinas de la GART; CONSIDERANDO: A. EL RECURSO DE RECONSIDERACION A.1 Numero de Transformadores de Distribucion ELECTRONORTE senala que la metodologia establecida por la Ley de Concesiones Electricas (LCE) y su Reglamento (RLCE) tiene por finalidad generar una competencia ideal en una situacion de monopolio natural, que se realiza sobre la base de una empresa real que es tomada como referencia, a la cual se le eliminan las ineficiencias consideradas relevantes para efectos de la determinacion de la tarifa. Senala que la modelacion no supone la construccion de una empresa teoricamente eficiente, sino la construccion de una empresa modelo eficiente adecuada a la realidad. Continua diciendo que si la empresa escogida para la creacion de la empresa modelo del Sector Tipico 2 es Electrosur, la referida empresa modelo debera cumplir con los criterios de eficiencia y de adaptacion economica tomando como base el Sistema Electrico de Tacna y no el de otra MORDAZA o el de una MORDAZA que responde a un modelo teorico. ELECTRONORTE anade que el consultor al construir la empresa modelo ha elaborado un modelo de la misma, en el que las calles y demas areas han sido distribuidas idealmente en el terreno a traves de una cuadricula MORDAZA, pasando por alto que Tacna es una MORDAZA, al igual que la mayoria de ciudades de nuestro MORDAZA, construida de manera irregular. Senala que, es posible deducir del simple analisis de los MORDAZA de calculo 6.1.4.1, 6.1.4.2 y 6.1.4.3 del estudio de costos del VAD, que la utilizacion del modelo de optimizacion para determinar el VNR ha generado los siguientes efectos:

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