Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2001 (07/12/2001)


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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 1007-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 30 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2001

Ubicacion de la Planta : MORDAZA denominada Ccochapata, distrito de Querobamba, provincia de Sucre, departamento de Ayacucho. Coordenadas: L.O. 73° 50' 23" L.S. 14° 00' 20" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- Don MORDAZA MORDAZA MOREYRA esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedido de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GARCIA-RADA Viceministro de Vivienda y Construccion Viceministro de Comunicaciones (e) 35688

VISTA, la solicitud formulada por don MORDAZA MORDAZA MOREYRA para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Querobamba, provincia de Sucre, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 797-2001-MTC/15.19.03.2 y 875-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por don MORDAZA MORDAZA MOREYRA cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a don MORDAZA MORDAZA MOREYRA autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Querobamba, provincia de Sucre, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios : BC-OM : 980 KHz : OAU-5O : 1 Kw. : 10A3E : H24 : MORDAZA Huascar Nº 667, distrito de Querobamba, provincia de Sucre, departamento de Ayacucho.

Otorgan a Varig S.A. renovacion y modificacion de permiso de operacion de servicio de transporte aereo internacional regular de carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 171-2001-MTC/15.16 MORDAZA, 13 de noviembre del 2001 Vista la solicitud de VARIG S.A. - VIACAO AEREA RIO GRANDESE, sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de carga; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Ministerial Nº 013-98-MTC/15.16 del 14 enero de 1998, modificada por la Resolucion Directoral Nº 194-98-MTC/15.16 del 28 de diciembre de 1998, se otorgo a VARIG S.A. - VIACAO AEREA RIO GRANDESE, de conformidad al "Acuerdo sobre Transporte Aereo entre el Peru y los Estados Unidos del Brasil" y a la "VIII Reunion de Consulta entre Autoridades Aeronauticas del Peru y Brasil", Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de carga; Que, con Solicitud de Registro Nº 2001-000527 del 16 de enero del 2001 ampliada con Solicitud de Registro Nº 2001003262 del 28 de marzo del 2001, VARIG S.A. - VIACAO AEREA RIO GRANDESE requiere la renovacion y modificacion de su Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de carga; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 025-2001MTC/15.16.02 emitido por la Oficina de Asesoria Legal, Memorandum Nº 262-2001-MTC/15.16.05.3 y Memorandum Nº 059-2001-MTC/15.16.05.2 emitidos por la Subdireccion de Operaciones Aereas y Subdireccion de Aeronavegabilidad, respectivamente; y, Memorandum Nº 5272001-MTC/15.16.03 emitido por la Oficina de Asesoria de Politica Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, Decreto Supremo Nº 054-88-TC y sus modificatorias; y, demas disposiciones legales vigentes;

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