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Pág. 213569 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de diciembre de 2001 General, la misma que deroga el Decreto Supremo Nº 002- 94-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos y sus modificatorias; Que es necesario adecuar la Resolución Jefatural Nº 056-2000-JEFATURA/ONP, a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323 y en uso de las facultades conferidas en el inciso d) del Artículo 7º del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61-95-EF, el inciso g) del Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funcio- nes de la ONP aprobado por Resolución Suprema Nº 306- 2001-EF y la Resolución Suprema Nº 129-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Sustitúyase el primer párrafo del Artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 056-2000-JE- FATURA/ONP por el siguiente Texto: "Los pensionistas calificados sin derecho a la bonifica- ción de FONAHPU, que no estén conformes con la califi- cación realizada podrán cuestionar dicho acto administra- tivo de conformidad con el proceso establecido por la Ley Nº 27444". Regístrese, comuníquese y publíquese. GABRIEL AMARO ALZAMORA Jefe 35744 Autorizan adquisición de licencias de uso y productos de software y de contra- tación con empresa mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 198-2001-JEFATURA/ONP Lima, 29 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Técnico emitido mediante Memorando Nº 368-2001-GD/ONP realizado por la Geren- cia de Desarrollo de la Oficina de Normalización Previsio- nal, se determina la necesidad de la adquisición de pro- ductos de software y licencias de uso; asimismo, recomien- da que en vista a los beneficios que ofrece el modelo de Licenciamiento Select License, se firme el contrato Select License con la empresa Microsoft Corporation que es la titular de los productos de software y licencias de uso que posee y viene utilizando la ONP; Que, conforme a lo dispuesto en el literal f) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001- PCM, están exonerados de los procesos de selección de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc- ta, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; procediendo su contratación, mediante una Ad- judicación Directa de Menor Cuantía conforme a lo dispues- to por el Artículo 116º del Reglamento de Ley aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, visto el Informe Legal Nº 242-2001-GL-17/ONP emitido por la Gerencia Legal, con opinión favorable, se concluye que siendo la licencia, una autorización por parte del fabricante o titular del derecho de propiedad intelectual respecto del uso del bien, corresponde efectuar la adquisi- ción de licencias al mismo fabricante o titular del derecho de propiedad intelectual de los productos de software que utiliza la ONP, motivo por el cual, el bien a adquirir, en este caso las licencias, no admiten sustitutos; configurándose, en ese sentido la causal de exoneración prevista en el lite- ral f) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con el inciso f) de los Artículos 19º y 20º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, el Artículo 116º de su Reglamento aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM y en uso de las facultadesconferidas mediante el inciso d) del Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 61-95-EF, el inciso g) del Artículo 8º de la Reso- lución Suprema Nº 306-2001-EF y la Resolución Suprema Nº 129-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la exoneración del Proceso de Licitación Pública Internacional, la Adquisición de las Li- cencias de Uso y Productos de Software y autorice la con- tratación con la firma Microsoft Corporation bajo la modali- dad Select License, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración la adquisición referida en el artículo precedente, mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyo valor referen- cial es de US$ 300,000.00 (Trescientos Mil con 00/100 Dóla- res Americanos), por un plazo máximo de tres (3) años. El egreso que irrogue la contratación objeto de la presente exo- neración, será con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración remita copia de la presente Resolución y de los in- formes que sustenta esta exoneración, a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dis- puesto en el Artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. GABRIEL AMARO ALZAMORA Jefe 35743 PATRONATO DEL PARQUE DE LAS LEYENDAS Exoneran de proceso de selección la adquisición de animales para el Parque de las Leyendas RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 247-2001-PCD/PATPAL Lima, 26 de noviembre del 2001 CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda con Informe Nº 351-2001-GO/PATPAL del 21-11-01 reitera la necesidad de incrementar la colección zoológica de la ins- titución con la adquisición de las especies animales mate- ria de su Informe Nº 265-2001/GO-PATPAL y que a conti- nuación se detallan: 2 Elefantes Asiáticos ( Elephas maxi- mus) (hembras); 3 cebras ( Equus grevyi ) (2 hembras y 1 macho); 1 mandril ( Mandrillus sphinx ) (hembra); 2 rinoce- rontes (Ceratotherium simum ) (Hembra y macho); Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado mediante Oficio Nº 1226/2001(GTN- MON) recibido el 14 de los corrientes entre otros da a co- nocer que " ... No obstante en atención a la característica especial de la transacción para la adquisición de los ani- males que requiere vuestra Institución, siempre cuando no existan empresas que se dediquen a su comercialización en nuestro medio, ésta puede realizarse exonerándose del respectivo proceso de selección, pero bajo la causal de bienes que no admiten sustitutos, prevista por el inciso f) del Artículo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ..."; Que, la Gerencia de Administración del Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda, con Informe Nº 474-2001/GA-PATPAL propone la exoneración del requisito de convocatoria a Licitación Pública para la adquisición de las especies animales mencionadas en el considerando precedente con un valor referencial ascen- dente a la suma de S/. 449,283.24, (Cuatrocientos Cua- renta y Nueve Mil Doscientos Ochenta y tres y 24/100 nue- vos soles), al amparo del Art. 19º Inc. f) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, teniendo en cuenta los criterios de economía tales como el costo y la