Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2001 (07/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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los tributos adeudados, reiniciandose la cobranza administrativa y coactiva a la que hubiere lugar, asi como a los remates, tasaciones y otros que hubieran quedado en calidad de pendientes de ejecucion. Articulo Tercero.- El Regimen de Beneficios sera sobre la deuda total o parcial del Tributo a cancelarse que figure en la cuenta corriente y/o liquidacion de los contribuyentes proporcionado por el area de Informatica, archivos y/o padrones de la Administracion Tributaria, de la siguiente forma: 1.- Arbitrios Municipales: Condonacion de Intereses (Amnistia): Los contribuyentes que adeuden los Arbitrios Municipales de los anos 1994 al 2001 que cancelen todo o parte de la deuda estan sujetos a la condonacion de intereses (factor de actualizacion) y normas por el periodo que cancelen. Descuentos Adicionales: Solo los contribuyentes que adeuden todo o parte del ano 2000 y/o 2001 y cancelen el integro de su deuda, ademas de la condonacion de intereses (factor de actualizacion) y moras, tendran un descuento adicional del 20%, ya que han demostrado en epoca de recesion Identificacion Institucional, formalizacion y mejora del cumplimiento tributario. 2.- Multas Administrativas: Las Multas y/o Papeletas de Sancion, producto de la transgresion de las Normas Municipales MORDAZA por la Municipalidad que se encuentren en cobranza coactiva, estaran sujetas a un descuento del 50% de su valor original si se cancela al contado. Estan incursas las Papeletas que se encuentran con expediente de reclamacion, para lo cual deberan desistirse de la misma, presentando una solicitud simple. 3.- Respecto a los Tributos Fraccionados: Los contribuyentes que hayan suscrito Convenios de Fraccionamiento de Pago o aquellos que hayan perdido el Beneficio de pago Fraccionado, podran acogerse en los Descuentos descritos en el presente articulo, siempre y cuando cumplan con la cancelacion del monto total adeudado que resulte de aplicar lo dispuesto en la misma. 4.- Respecto a los Casos Sociales: Excepcionalmente y por unica vez, podran otorgarse facilidades de pago en 2 o mas cuotas a traves de un expediente administrativo, que debera contar con el Informe Social de la Asistenta Social de la Corporacion y documentacion sustentatoria del caso, ya sea de enfermedad, carencia economica, etc. Articulo Cuarto.- Desistimiento.- Los Contribuyentes que hayan interpuesto Expedientes de Reclamacion, Reconsideracion o apelacion; presentada ante cualquier instancia administrativa o Judicial, deberan desistirse formalmente dentro del plazo de la vigencia de la presente Ordenanza. Caso contrario el pago que efectuen se constituira de ser el caso, pago a cuenta de la deuda tributaria reclamada constituyendo merito suficiente para el archivamiento del Expediente Administrativo. Articulo Quinto.- De las Costas Procesales.- Los contribuyentes que sus adeudos se encuentren en cobranza coactiva podran acogerse al Regimen de Beneficios Tributarios sin la cobranza de costas procesales y gastos administrativos en concordancia a lo dispuesto en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Reconocimiento de Deuda.- Queda entendido que los contribuyentes acogidos al presente beneficio reconocen expresamente sus obligaciones, materia de regularizacion por lo que no podran presentar futuras reclamaciones respecto a las deudas incluidas en dicho beneficio. Articulo Septimo.- Garantia o Medidas Cautelares.Las garantias que se encuentran otorgadas a favor de la Municipalidad; asi como l as medidas preventivas traba-

das se mantendran en tanto se concluya la cobranza de la deuda tributaria, salvo que el contribuyente la sustituya por otra garantia a satisfaccion de la Municipalidad. Articulo Octavo.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia amplie la vigencia de los beneficios aprobados por la presente Ordenanza y dicte las disposiciones necesarias que estime pertinentes en relacion a la misma. Esta facultad tendra vigencia de 30 dias a partir de la publicacion de la presente Ordenanza. Articulo Noveno.- Del cumplimiento de la Ordenanza.- Encarguese a las Oficinas de Rentas, Presupuesto, Planificacion, Racionalizacion e Informatica y Administracion el cumplimiento de la presente Ordenanza y a Secretaria General la publicacion y difusion de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35842

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Prorrogan alcances de la Ordenanza Nº 042-2001/CDLO referida a beneficio de condonacion del pago de intereses moratorios y reajustes de diversos tributos municipales
ORDENANZA Nº 048-2001/CDLO Los MORDAZA, 30 de noviembre del 2001 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 048-2001/CDLO QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACION AL PAGO DE INTERESES MORATORIOS Y REAJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A PERIODOS VENCIDOS Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 11 de enero del 2002 los alcances de la Ordenanza Nº 042-2001/ CDLO sobre la Condonacion de pago de los Intereses Moratorios y factor de Ajuste de los tributos correspondientes a periodos vencidos a la fecha. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Rentas, el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Unidad de Informatica la debida Implementacion en el Sistema Informatico y a la Unidad de Comunicaciones, la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35814

Prorrogan alcances de la Ordenanza Nº 045-2001/CDLO que establecio beneficio por pago al contado de monto adeudado de arbitrios municipales y serenazgo
ORDENANZA Nº 049-2001/CDLO Los MORDAZA, 30 de noviembre del 2001

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