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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (07/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 213556 NORMAS LEGALES Lima, viernes 7 de diciembre de 2001 Tipo Fecha Valor Fecha de Descripción / de en Límite Bien Ubicación Adjudi- Libros 100% cación (En Nuevos Provisiones Soles) Inmueble Esquina Av. Unión 29.12.2000 12,690.47 29.6.2002 con Puente Arnao Nº 403 (403-B 2do. y 3er. piso) Miraflores. Inmueble P.J. Ciudad Blanca 28.11.2000 4,843.27 28.5.2002 Zona D, Mz. G, Lote 12, distrito de Paucarpata. Inmueble P.J. 9 de octubre 28.12.2000 17,808.51 28.6.2002 Av. Los Incas, Zona A, Mz. D, Lote 17, distrito del Cercado. 35790 Autorizan al Banco de Crédito del Perú el traslado de oficina ubicada en el dis- trito de San Miguel, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 917-2001 Lima, 29 de noviembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice el traslado de la oficina CC Plaza San Miguel, ubicada en el centro comercial Plaza San Mi- guel, tienda Nº 46 en la Av. La Marina cuadra 20-21 hacia la tienda Nº 45 del centro comercial ubicado en la Av. La Marina cuadra 20-21, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la do- cumentación pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evalua- ción del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF"A" 124-OT/2001; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97, con la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito el tras- lado de la oficina CC Plaza San Miguel, ubicada en el cen- tro comercial Plaza San Miguel, tienda Nº 46 en la Av. La Marina cuadra 20-21 hacia la tienda Nº 45 del centro co- mercial ubicado en la Av. La Marina cuadra 20-21, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 35807 Prorrogan plazo otorgado al Banco Wiese Sudameris para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCIÓN SBS Nº 921-2001 Lima, 30 de noviembre de 2001LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris, para que se le otorgue prórroga del plazo para la enajena- ción de bienes recibidos en dación de pago de acreencias conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or- gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda con- traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la em- presa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Su- perintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el referido artículo se precisa que, vencido di- cho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arrenda- miento financiero del bien, la empresa deberá constituir una provisión hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las so- licitudes para la prórroga del plazo establecido en el Artí- culo 215º de la Ley General, deberán ser presentadas con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso contrario la solicitud será recha- zada; Que, la indicada Circular establece la metodología a seguir en el cálculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la va- luación de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del capítulo IV de la Resolución SBS Nº 572- 97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "C" mediante el Informe Nº DESF "C" 171-OT/2001, y con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurí- dica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or- gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante Re- solución SBS Nº 807-99; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Wiese Sudameris proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte inte- grante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Wiese Sudameris deberá proce- der conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075- 2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS Nº 921-2001 Relación de inmuebles recibidos en dación de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco Wiese Sudameris prórroga del plazo para su enaje- nación (venta), conforme a lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B-2075-2000. Tipo deDescripción / UbicaciónFecha de Valor en Libros bien Recupero (S/.) Inmueble Av. Aviación Nº 102, Dpto. B-206, 18.12.2000 47 957.66 distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa.