Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2001 (07/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Autorizan al Banco Santander Central Hispano - Peru la apertura de oficina en el distrito de MORDAZA, provincia de Canete
RESOLUCION SBS Nº 895-2001 MORDAZA, 22 de noviembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La comunicacion recibida con fecha 16 de noviembre del 2001 del Banco Santander Central Hispano - Peru, mediante la cual solicita autorizacion para la apertura de una oficina ubicada en las instalaciones del Centro Comercial Boulevard Sur Plaza en el Km. 100 Panamericana Sur, segun se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "D", mediante Informe Nº DESF "D" 100-OT/2001; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Santander Central Hispano - Peru, la apertura de una oficina ubicada en: - Centro Comercial Boulevard Sur Plaza, Km. 100 Panamericana Sur, Lote Nº 3, Parcelacion MORDAZA la Querencia, distrito de MORDAZA, provincia de Canete y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 35819

pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que trate debe enajenarlos en un plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la Edpyme debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular SBS Nº Edpyme 0071-2000 establece que la solicitud para la prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser representadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el registro de peritos valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del Capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 57297 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E" mediante Informe Nº DESF "E" 152-2001/OT y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y, en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 807-99 del 26 de agosto de 1999; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que la Entidad de Desarrollo de la Pequena y Microempresa Crear MORDAZA proceda a la enajenacion de los bienes adjudicados senalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, debiendo ajustarse a los lineamientos establecidos en la Circular SBS Nº Edpyme0071-2000. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, la Entidad de Desarrollo de la Pequena y Microempresa Crear MORDAZA debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que se vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese.

Prorrogan plazo otorgado a la EDPYME Crear MORDAZA para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 916-2001 MORDAZA, 28 de noviembre de 2001 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes inmuebles que forman parte del Anexo de la presente Resolucion recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presentada por la Entidad de Desarrollo de la Pequena y Microempresa Crear MORDAZA, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en

MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO DE LA RESOLUCION SBS Nº 916-2001 BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702) Relacion de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza a la Entidad de Desarrollo de la Pequena y Microempresa Crear MORDAZA prorroga de seis meses para su venta, conforme con lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros.
MORDAZA de Bien Descripcion / Ubicacion Fecha de Adjudicacion 15.11.2000 Valor en Libros (En Nuevos Soles) 8,066.71 Fecha Limite 100% Provisiones 15.5.2002

Inmueble

P.J. MORDAZA MORDAZA A Mz. A, Lote 10 MORDAZA MORDAZA

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