Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2001 (07/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de diciembre de 2001

EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA

En Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 049-2001/CDLO QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL BENEFICIO DE SUPRESION DEL 30% DEL MONTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES Y SERENAZGO POR PAGO AL CONTADO Articulo Primero.- PRORROGAR, a partir de la fecha de publicacion de la presente Ordenanza y hasta el 11 de enero del 2002 los alcances de la Ordenanza Nº 045-2001/ CDLO sobre beneficio de supresion del 30% del monto de los Arbitrios Municipales y Serenazgo correspondientes a los periodos 1997 al 2000, siempre y cuando se cancelen al contado. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Rentas, el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Unidad de Informatica la debida implementacion en el Sistema Informatico y a la Unidad de Comunicaciones, la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35815

sarrollo MORDAZA, por medio de la Division de Servicios Urbanos, Licencias de Construccion y Transporte Publico, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y a la Unidad de Comunicaciones la difusion de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 35816

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican horario de atencion para el cobro del Servicio de Parqueo Vehicular
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-01-MDMM MORDAZA MORDAZA, 5 de diciembre de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA mediante Ordenanza Nº 050-MDMM, establecio dentro de nuestra jurisdiccion el Servicio de Parqueo Vehicular. Que, la MORDAZA disposicion complementaria y final de la mencionada Ordenanza, faculta al MORDAZA a dictar las normas reglamentarias, para su mejor aplicacion. Que, es politica de esta administracion brindar un mejor servicio a la comunidad del distrito, para lo cual es necesario dictar normas reglamentarias en lo que respecta al horario de atencion al publico usuario del Servicio de Parqueo Vehicular. Estando a lo dispuesto por el inciso 6) del Articulo 47º y el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con la visacion del Director de Asesoria Juridica y del Director de Rentas. DECRETA

Declaran amnistia sobre licencias de construccion en el distrito
ORDENANZA Nº 050-2001/CDLO Los MORDAZA, 30 de noviembre del 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 050-2001/CDLO QUE DECLARAR UNA AMNISTIA DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION EN EL DISTRITO DE LOS MORDAZA Articulo Primero.- DECLARAR UNA AMNISTIA DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION EN EL DISTRITO DE LOS MORDAZA, por un plazo de treinta y un dias contados a partir del 1 de diciembre del ano 2001, a todos los propietarios de inmuebles que hayan realizado edificaciones, ampliaciones y modificaciones sin la respectiva autorizacion; en consecuencia, deberan proceder a su regularizacion SIN PAGOS DE LAS MULTAS Y MORAS que se hayan generado por la no MORDAZA de las licencias de construccion, salvo los propietarios que siendo notificados por construcciones en MORDAZA de ejecucion, despues de la fecha del 21 de MORDAZA de 1999 hayan presentado ante Registros Publicos y/o Registro Predial su declaratoria de fabrica. Articulo Segundo.- PRECISAR que los contribuyentes que se acojan a la referida amnistia deberan desistir previamente de cualquier recurso que hayan presentado. Articulo Tercero.- PRECISAR que el beneficio a que se refiere el Articulo Primero, incluye tambien aquellos conceptos por licencia de construccion que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva, en cuyo caso, debera el contribuyente cancelar integramente las costas procesales y gastos administrativos correspondientes. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion de De-

Articulo 1º.- Modifiquese el horario de atencion para el cobro del Servicio de Parqueo Vehicular, que sera de 8.00 a.m. hasta las 23.00 p.m. Articulo 2º.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Direccion de Rentas. Articulo 3º.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 35844

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Fijan tasa por Servicio Publico de Estacionamiento Vehicular en el distrito
ORDENANZA Nº 001-01/MDP Pucusana, 5 de noviembre de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA:

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