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Pág. 214485 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de diciembre de 2001 nicipal", establecidos en el Art. 46º del Reglamento de Or- ganización y Funciones, aprobado mediante Resolución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC-93. d) Por no haber realizado el ajuste por corrección moneta- ria de los terrenos y edificios materia de observación hasta por el monto de S/. 427 657 y, por no haber realizado eficien- temente el cálculo y la determinación y contabilización de la depreciación acumulada, existiendo una diferencia de S/. 12 710.00 antes de firmar y autorizar los Estados Financieros de 1996; ocasionando que el rubro de Inmuebles Maquinaria y Equipos y el Resultado del Ejercicio de la información finan- ciera se presente distorsionado, hasta por los importes indi- cados; hechos con los que incumplió sus funciones estable- cidas en el Art. 44º del Reglamento de Organización y Fun- ciones, aprobado, mediante Resolución Municipal Nº 070- MPC-93 del 24.DIC.93, la cual establece. "La Oficina de Con- tabilidad y Tesorería es la encargada de registrar los siste- mas contables, para centralizar, consolidar y elaborar los es- tados económicos, financieros de la Municipalidad, de acuer- do a la contabilidad gubernamental, simplificación de proce- dimientos contables y otros dispositivos legales" . e) Por no haber realizado la conciliación de los saldos e importes expuestos en el Balance de Ejecución Presupuestal con relación a las cifras presentadas en los Estados Financie- ros (Balance General y Estado de Gestión) del ejercicio de 1996; ocasionando incertidumbre y falta de confiabilidad en grado suficiente de los documentos antes mencionados, in- cumpliendo sus deberes funcionales establecidos en los inci- sos a), e) y f) del numeral 028 del Manual de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 130- MPC-95 del 22.Dic.95, la cual establece: "Supervisar y evaluar el sistema contable y la ejecución presupuestal a nivel munici- pal", "Evaluar la ejecución presupuestal del programa de Inver- sión y recomendar las medidas de reprogramación" y "Coordi- nar y consolidar las áreas de fondos, bienes y presupuesto", asimismo, sus obligaciones establecidas en los Artículos 1º y 3º de la Resolución Nº 008-97-EF/93.01 del 26.ENE.97 del Con- cejo Normativo de Contabilidad, que preceptúa la obligación del Contador Público en el ejercicio profesional, observar bajo estricta responsabilidad y criterio profesional la correcta apli- cación de las Normas Internacionales de Contabilidad; y que en caso de el comportamiento de culpa inexcusable a que se refiere el Código Civil. 6.- Eco. Jorge Pizarro Delgado, Ex Director Munici- pal (1996) . a) Por haber omitido la supervisión, control y cautela de los procesos de regularización contable y financiera de las acreencias observadas; ocasionando que el rubro de otras cuenta por cobrar del Balance General al 31 de Diciembre de 1996, se encuentra sobre estimada en S/. 163 934.00 y los resultados (Déficit) neto, se encuentren sobre estimados por dicho importe; debido a que no se obtuvo la rendición oportu- na y tampoco se procedió a la provisión para cuentas de co- branza dudosa; hechos con los que incumplió sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del el Artículo 15º del Re- glamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolución Municipal Nº 070.MPC-93 del 24.DIC.93, los cuales señalan como funciones específicas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de ges- tión como de servicios públicos" y "Controlar y evaluar la ges- tión administrativa, financiera y económica mediante el análi- sis de los estados económico financiero y seguimiento de los planes y programas municipales". b) Por no haber supervisado y controlado la correcta deter- minación y cálculo de la provisión para Compensación por Tiem- po por Servicio, ocasionando que el rubro de Beneficios Socia- les del balance General al 31.DIC.96, se encuentre y exprese en forma subvaluada en S/. 168 679.00, con la consiguiente sobre valuación de los Resultados del Ejercicio y del Patrimo- nio Neto, por el monto indicado, afectando la razonabilidad de dichos rubros; hechos con los que incumplió sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del el Artículo 15º del Regla- mento de Organización y Funciones de la Municipalidad, apro- bado mediante Resolución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93, los cuales señalan que son funciones específicas del Director Municipal "planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestión como de servicios públicos" y "Controlar y evaluar la gestión administrativa, financiera y económica mediante el análisis de los estados económico financiero y seguimiento de los planes y programas Municipales". c) Por haber omitido la evaluación, supervisión y control del adecuado y oportuno ajuste por corrección monetaria dealgunos terrenos y edificios de la Municipalidad, ocasionan distorsiones por S/. 427 657.00 en las cuentas Terrenos y Edificios del rubro Inmuebles, Maquinaria y Equipo y Patrimo- nio Neto; y por S/. 12 710.00 en la cuenta Depreciación Acu- mulada de Edificios expuestos en el Balance General al 31.DIC.96; hechos con los que incurrió en incumplimiento de sus deberes funcionales establecidos en los incisos a) y c) del el Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funcio- nes de la Municipalidad, aprobado mediante Resolución Mu- nicipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93, los cuales señalan que son funciones específicas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades admi- nistrativas, actividades de gestión como de servicios públi- cos", y "Controlar y evaluar la gestión administrativa, finan- ciera y económica, mediante el análisis de los estados eco- nómico financiero y seguimiento de los planes y programas Municipales" d) Por no haber supervisado y controlado la implementa- ción de las medidas de control que permitan el control, la distri- bución y consumo de bienes, con el consiguiente riesgo de incurrir en desperdicios y mala utilización de los mismos hasta por el importe de S/. 1 599 022.00; hechos con los que incum- plió sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del el Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93 los cuales señalan que sus funcio- nes específicas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, ac- tividades de gestión como de servicios públicos" y "Controlar y evaluar la gestión administrativa, financiera y económica me- diante el análisis de los estados económico financiero y segui- miento de los planes y programas municipales". e) Por no haber supervisado y controlado la recuperación de los fondos de la entidad y por no haber dispuesto y logrado la regularización contable y financiera de las acreencias ob- servadas; ocasionado que el rubro de Otras cuentas por co- brar del Balance General al 31 del Diciembre de 1996, se encuentra sobre estimada en S/. 10 710.00 y los resultados (déficit) neto, se encuentren sobre estimados por dicho im- porte; debido a que no se obtuvo la rendición oportuna y tam- poco se procedió a la provisión para cuentas de cobranza dudosa; hechos con los que incumplió sus funciones estable- cidas en los incisos a) y c) del el Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93, los cuales señalan como funciones específicas del Director Municipal "Planificar, Organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestión como de servicios públicos" y "Controlar y evaluar la gestión admi- nistrativa, financiera y económica mediante el análisis de los estados económico financiero y seguimiento de los planes y programas municipales. f) Por no haber controlado la documentación sustenta- toria de las operaciones realizadas por la Dirección de Desarrollo Urbano y Acondicionamiento Territorial, por no haber dispuesto la implantación de un archivo organizado de la documentación que corresponde a los proyectos eje- cutados durante 1996, cuya inversión alcanza a S/. 3 095 388.00; hechos con los que incumplió sus funciones esta- blecidas en los incisos a) y c) del Artículo 15º del Regla- mento de Organización y funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93 los cuales señalan como funciones específi- cas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir, su- pervisar y evaluar las actividades administrativas, activi- dades de gestión como de servicios públicos" y "Controlar y evaluar la gestión administrativa, financiera y económica mediante el análisis de los estados financieros y seguimien- to de los planes y programas municipales". g) Por no haber supervisado y controlado la formula- ción de la información presupuestal en coordinación con la Oficina de Planificación, Presupuesto e Informática y la Ofi- cina de Contabilidad y Tesorería, con la finalidad de que la misma sea consistente, incumpliendo con sus funciones específicas de "Organizar y dirigir por delegación, los ser- vicios públicos locales y administrativos de la Municipali- dad", "Supervisar y controlar la elaboración y ejecución de los presupuestos del plan de trabajo Institucional y del pro- grama de Inversión" y "En coordinación con la Oficina de Planificación, evaluar la ejecución Presupuestal, mediante el análisis de los estados económico financiero e informar anualmente los resultados de la gestión municipal", las cuales se encuentran establecidas en los incisos a), c) y d) del numeral 005 del Manual de Organización y Funcio- nes, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 130- MPC-95 del 22.DIC:95.