Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2001 (26/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, miercoles 26 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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nicipal", establecidos en el Art. 46º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC-93. d) Por no haber realizado el ajuste por correccion monetaria de los terrenos y edificios materia de observacion hasta por el monto de S/. 427 657 y, por no haber realizado eficientemente el calculo y la determinacion y contabilizacion de la depreciacion acumulada, existiendo una diferencia de S/. 12 710.00 MORDAZA de firmar y autorizar los Estados Financieros de 1996; ocasionando que el rubro de Inmuebles Maquinaria y Equipos y el Resultado del Ejercicio de la informacion financiera se presente distorsionado, hasta por los importes indicados; hechos con los que incumplio sus funciones establecidas en el Art. 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado, mediante Resolucion Municipal Nº 070MPC-93 del 24.DIC.93, la cual establece. "La Oficina de Contabilidad y Tesoreria es la encargada de registrar los sistemas contables, para centralizar, consolidar y elaborar los estados economicos, financieros de la Municipalidad, de acuerdo a la contabilidad gubernamental, simplificacion de procedimientos contables y otros dispositivos legales" . e) Por no haber realizado la conciliacion de los saldos e importes expuestos en el Balance de Ejecucion Presupuestal con relacion a las cifras presentadas en los Estados Financieros (Balance General y Estado de Gestion) del ejercicio de 1996; ocasionando incertidumbre y falta de confiabilidad en grado suficiente de los documentos MORDAZA mencionados, incumpliendo sus deberes funcionales establecidos en los incisos a), e) y f) del numeral 028 del Manual de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 130MPC-95 del 22.Dic.95, la cual establece: "Supervisar y evaluar el sistema contable y la ejecucion presupuestal a nivel municipal", "Evaluar la ejecucion presupuestal del programa de Inversion y recomendar las medidas de reprogramacion" y "Coordinar y consolidar las areas de fondos, bienes y presupuesto", asimismo, sus obligaciones establecidas en los Articulos 1º y 3º de la Resolucion Nº 008-97-EF/93.01 del 26.ENE.97 del Concejo Normativo de Contabilidad, que preceptua la obligacion del Contador Publico en el ejercicio profesional, observar bajo estricta responsabilidad y criterio profesional la correcta aplicacion de las Normas Internacionales de Contabilidad; y que en caso de el comportamiento de culpa inexcusable a que se refiere el Codigo Civil. 6.- Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex Director Municipal (1996). a) Por haber omitido la supervision, control y cautela de los procesos de regularizacion contable y financiera de las acreencias observadas; ocasionando que el rubro de otras cuenta por cobrar del Balance General al 31 de Diciembre de 1996, se encuentra sobre estimada en S/. 163 934.00 y los resultados (Deficit) neto, se encuentren sobre estimados por dicho importe; debido a que no se obtuvo la rendicion oportuna y tampoco se procedio a la provision para cuentas de cobranza dudosa; hechos con los que incumplio sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del el Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolucion Municipal Nº 070.MPC-93 del 24.DIC.93, los cuales senalan como funciones especificas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestion como de servicios publicos" y "Controlar y evaluar la gestion administrativa, financiera y economica mediante el analisis de los estados economico financiero y seguimiento de los planes y programas municipales". b) Por no haber supervisado y controlado la correcta determinacion y calculo de la provision para Compensacion por Tiempo por Servicio, ocasionando que el rubro de Beneficios Sociales del balance General al 31.DIC.96, se encuentre y exprese en forma subvaluada en S/. 168 679.00, con la consiguiente sobre valuacion de los Resultados del Ejercicio y del Patrimonio Neto, por el monto indicado, afectando la razonabilidad de dichos rubros; hechos con los que incumplio sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del el Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolucion Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93, los cuales senalan que son funciones especificas del Director Municipal "planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestion como de servicios publicos" y "Controlar y evaluar la gestion administrativa, financiera y economica mediante el analisis de los estados economico financiero y seguimiento de los planes y programas Municipales". c) Por haber omitido la evaluacion, supervision y control del adecuado y oportuno ajuste por correccion monetaria de

algunos terrenos y edificios de la Municipalidad, ocasionan distorsiones por S/. 427 657.00 en las cuentas Terrenos y Edificios del rubro Inmuebles, Maquinaria y Equipo y Patrimonio Neto; y por S/. 12 710.00 en la cuenta Depreciacion Acumulada de Edificios expuestos en el Balance General al 31.DIC.96; hechos con los que incurrio en incumplimiento de sus deberes funcionales establecidos en los incisos a) y c) del el Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolucion Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93, los cuales senalan que son funciones especificas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestion como de servicios publicos", y "Controlar y evaluar la gestion administrativa, financiera y economica, mediante el analisis de los estados economico financiero y seguimiento de los planes y programas Municipales" d) Por no haber supervisado y controlado la implementacion de las medidas de control que permitan el control, la distribucion y consumo de bienes, con el consiguiente riesgo de incurrir en desperdicios y mala utilizacion de los mismos hasta por el importe de S/. 1 599 022.00; hechos con los que incumplio sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del el Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolucion Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93 los cuales senalan que sus funciones especificas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestion como de servicios publicos" y "Controlar y evaluar la gestion administrativa, financiera y economica mediante el analisis de los estados economico financiero y seguimiento de los planes y programas municipales". e) Por no haber supervisado y controlado la recuperacion de los fondos de la entidad y por no haber dispuesto y logrado la regularizacion contable y financiera de las acreencias observadas; ocasionado que el rubro de Otras cuentas por cobrar del Balance General al 31 del Diciembre de 1996, se encuentra sobre estimada en S/. 10 710.00 y los resultados (deficit) neto, se encuentren sobre estimados por dicho importe; debido a que no se obtuvo la rendicion oportuna y tampoco se procedio a la provision para cuentas de cobranza dudosa; hechos con los que incumplio sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del el Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolucion Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93, los cuales senalan como funciones especificas del Director Municipal "Planificar, Organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestion como de servicios publicos" y "Controlar y evaluar la gestion administrativa, financiera y economica mediante el analisis de los estados economico financiero y seguimiento de los planes y programas municipales. f) Por no haber controlado la documentacion sustentatoria de las operaciones realizadas por la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Acondicionamiento Territorial, por no haber dispuesto la implantacion de un archivo organizado de la documentacion que corresponde a los proyectos ejecutados durante 1996, cuya inversion alcanza a S/. 3 095 388.00; hechos con los que incumplio sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolucion Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93 los cuales senalan como funciones especificas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestion como de servicios publicos" y "Controlar y evaluar la gestion administrativa, financiera y economica mediante el analisis de los estados financieros y seguimiento de los planes y programas municipales". g) Por no haber supervisado y controlado la formulacion de la informacion presupuestal en coordinacion con la Oficina de Planificacion, Presupuesto e Informatica y la Oficina de Contabilidad y Tesoreria, con la finalidad de que la misma sea consistente, incumpliendo con sus funciones especificas de "Organizar y dirigir por delegacion, los servicios publicos locales y administrativos de la Municipalidad", "Supervisar y controlar la elaboracion y ejecucion de los presupuestos del plan de trabajo Institucional y del programa de Inversion" y "En coordinacion con la Oficina de Planificacion, evaluar la ejecucion Presupuestal, mediante el analisis de los estados economico financiero e informar anualmente los resultados de la gestion municipal", las cuales se encuentran establecidas en los incisos a), c) y d) del numeral 005 del Manual de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion de Alcaldia Nº 130MPC-95 del 22.DIC:95.

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