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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (26/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 214484 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de diciembre de 2001 puesto la entrega de la documentación inherente a la eje- cución de los proyectos ejecutados el período de 1997, in- cumpliendo sus funciones y obligaciones de aplicar la Re- solución de Contraloría Nº 195-88-CG y las normas admi- nistrativas dentro de la Dirección a su cargo, evaluando la eficiencia, rendimiento y disciplina del personal a su cargo; Controlar y supervisar el cumplimiento de las normas le- gales de carácter y disposiciones municipales en materia de desarrollo urbano. Cautelar el cumplimiento del Regla- mento de Construcciones, y supervisar a los residentes de cada proyecto, conforme se establece en los Arts. 60º, 61º y 63º del Reglamento de Organización y Funciones, apro- bado mediante Resolución Municipal Nº 070-93-MPC del 24 DIC. 93 y los incisos b), d), e), h) y j) del numeral 60 del Manual de Organización y Funciones aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 130-95-MPC del 22.DIC.95. 3.- Eco. Jorge Pizarro Delgado y Félix Flores Bece- rra, ex Director Municipal (1997), - Por haber omitido la evaluación, supervisión y control del adecuado y oportuno ajuste por corrección monetaria de algunos terrenos y edificios de la Municipalidad, oca- sionan distorsiones por S/. 636 405.00 en las cuentas Te- rrenos y Edificios del rubro Inmuebles, Maquinaria y Equi- po y, Patrimonio Neto; y por S/. 37 486,00 en la cuenta Depreciación Acumulada de Edificios expuestos en el Ba- lance General al 31. Dic.97; hechos con los que incurrió en incumplimiento de sus deberes funcionales establecidos en los incisos a) y c) del el Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipales, aprobado mediante Resolución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24. DIC. 93 los cuales señalan que son funciones específicas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestión como servicios públicos", y "Controlar y evaluar la gestión administrativa, financiera y económica mediante el análisis de los estados económico financiero y seguimien- to de los planes y programas municipales". 4.- Los señores: Ing. Jorge Pizarro Delgado, (3.ENE.96 al 15.FEB.97) y Félix Flores Becerra, (17.FEB.97 al 31.AGO.97), Ex Directores Municipales, a) Por no haber supervisado y controlado la recuperación de los fondos de la entidad y por no haber dispuesto y logrado la regularización contable y financiera de las acreencias ob- servadas; ocasionando que el rubro de Otras cuentas por cobrar del Balance General al 31 de diciembre de 1997, se encuentra sobre estimada en S/. 23 325.00 y, los resultados (déficit) neto se encuentren sobre estimados por dicho impor- te; debido a que no se obtuvo la rendición oportuna y tampo- co se procedió a la provisión para cuentas de cobranza dudo- sa; hechos con lo que incumplió sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del el Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Resolución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93 los cuales señalan como funciones específicas del Director Municipal "Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestión como de servicios públicos" y"Controlar y evaluar la gestión admi- nistrativa, financiera y económica mediante el análisis de los estados económico financiero y seguimiento de los planes y programas municipales". b) Por no haber supervisado y controlado la correcta determinación y cálculo de la provisión para Compensa- ción por Tiempo de Servicios, ocasionando que el rubro de Beneficios Sociales del Balance General al 31.DIC.97, se encuentre y exprese en forma subvaluada en S/. 11 094.00 con la consiguiente sobre valuación de los Resultados del Ejercicio y del Patrimonio Neto, por el monto indicado, afec- tando la razonabilidad de dichos rubros; hechos con los que incumplió sus funciones establecidas en los incisos a) y c) del el Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, aprobado mediante Reso- lución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93 los cuales señalan que son funciones específicas del Director Muni- cipal "Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestión como de servicios públicos", "Controlar y evaluar la gestión ad- ministrativa, financiera y económica mediante el análisis de los estados económico financiero y seguimiento de los planes y programas municipales". c) Por no haber controlado la documentación sustenta- toria de las operaciones realizadas por la Dirección de De- sarrollo Urbano y Acondicionamiento Territorial, por no ha-ber dispuesto la implantación de un archivo organizado de la documentación que corresponde a los proyectos ejecu- tados durante 1997, cuya inversión alcanza a S/. 4 422 031; hechos con los que incumplieron sus funciones estableci- das en los incisos a) y c) del el Artículo 15º del Reglamen- to de Organización y funciones de la Municipalidad, apro- bado mediante el Resolución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93, los cuales señalan como funciones específicas del Director Municipal " Planificar, organizar, dirigir, super- visar y evaluar las actividades administrativas, actividades de gestión como de servicios públicos" y " Controlar y eva- luar la gestión administrativa, financiera y económica me- diante el análisis de los estados económico financiero y seguimiento de los planes y programas municipales". d) Por no haber supervisado y controlado la formulación de la información presupuestal en coordinación con la Direc- ción de Planificación, Presupuesto e Informática y la Oficina de Contabilidad y Tesorería, con la finalidad de que la misma sea consistente, incumpliendo con sus funciones específicas de "Organizar y dirigir por delegación, los servicios públicos locales y Administrativos de la Municipalidad", "Supervisar y controlar la elaboración y ejecución de los presupuestos del plan de trabajo Institucional y del programa de Inversión" y "En coordinación con la Oficina de Planificación, evaluar la ejecución Presupuestal, mediante el análisis de los estados económico financiero e informar anualmente los resultados de la gestión municipal", las cuales se encuentran estableci- das en los incisos a), c), y d) del numeral 005 del Manual de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 130-MPC-95 del 22.DIC.95. 5.- CPC Antonieta Conza Apaza, (del 1.ENE.97 al 30.JUL.97). ex Jefa de la Oficina de Contabilidad y Te- sorería. a) Por no haber determinado y contabilizado la provi- sión de beneficios sociales en forma regular, durante el período de su permanencia en el cargo; ocasionando que los rubros de Beneficios Sociales y Patrimonio neto de la información financiera mensual se presente distorsionan- do, hechos con los que incumplió sus funciones de "Pro- gramar, Organizar, Ejecutar y Controlar la Aplicación de la Contabilidad Gubernamental Integrada, en conformidad con las disposiciones vigentes" y "Controlar y mantener actua- lizado bajo responsabilidad la información contable, eco- nómica, financiera y los estados presupuestarios, confec- cionando todos los formatos y documentos señalados en las Normas de Contabilidad Gubernamental, simplificación de procedimientos contables y otros dispositivos legales vigentes, para ser presentados en su oportunidad a Alcal- día y Dirección Municipal", establecidos en el Art. 46º del Reglamento de Organización y Funciones, probado me- diante Resolución Municipal Nº 070-MPC-93 del 24.DIC.93. b) Por haber autorizado con su firma los Estados Finan- cieros de 1996, sin haber revisado y evaluado previamente los saldos e importes. Lo que hubiera permitido determinar y contabilizar la provisión de cuentas de cobranza dudosa, y la reclasificación de los mismos al cierre del ejercicio 1996, Hechos con lo que incumplió sus funciones de "Programar, Organizar, Ejecutar y Controlar la Aplicación de la Contabili- dad Gubernamental Integrada, en conformidad con las dispo- siciones vigentes" y "Controlar y mantener actualizado bajo responsabilidad la información contable, económica, financiera y los estados presupuestarios, confeccionando todos los for- matos y documentos señalados en las Normas de Contabili- dad Gubernamental, simplificación de procedimientos conta- bles y otros dispositivos legales vigentes, para ser presenta- dos en su oportunidad a Alcaldía y Dirección Municipal", es- tablecidos en el Art. 46º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Municipal Nº 070- MPC-93 del 24. DIC.93. c) Por haber autorizado con su firma los Estados Fi- nancieros de 1996, sin haber revisado y evaluado previa de los saldos e importes, lo que hubiera permitido determi- nar y contabilizar la provisión de beneficios sociales en for- ma correcta al cierre del ejercicio 1996, hechos con lo que incumplió sus funciones de "Programar, Organizar, Ejecu- tar y Controlar la Aplicación de la Contabilidad Guberna- mental Integrada, en conformidad con las disposiciones vigentes" y "Controlar y mantener actualizado bajo respon- sabilidad la información contable, económica, financiera y los estados presupuestarios, confeccionando todos los for- matos y documentos señalados en las Normas de Conta- bilidad Gubernamental, simplificación de procedimientos contables y otros dispositivos legales vigentes, para ser presentados en su oportunidad a Alcaldía y Dirección Mu-