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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (29/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 214586 NORMAS LEGALES Lima, sábado 29 de diciembre de 2001 01.05 Gallos, gallinas, patos, gansos, pavos (gallipavos) y pintadas, de las especies domésticas, vivos. -De peso inferior o igual a 185 g: 0105.11.00.00 --Gallos y gallinas 12 0105.12.00.00 --Pavos (gallipavos) 12 0105.19.00.00 --Los demás 12 -Los demás: 0105.92.00.00 --Gallos y gallinas de peso inferior o igual a 2.000 g 12 0105.93.00.00 --Gallos y gallinas de peso superior a 2.000 g 12 0105.99.00.00 --Los demás 12 01.06 Los demás animales vivos. -Mamíferos: 0106.11.00.00 --Primates 12 0106.12.00.00 --Ballenas, delfines y marsopas (mamíferos del orden Cetáceos); manatíes y dugongos (mamíferos del orden Sirenios) 12 0106.19.00.00 --Los demás 12 0106.20.00.00 -Reptiles (incluidas las serpientes y tortugas de mar) 12 -Aves: 0106.31.00.00 --Aves de rapiña 12 0106.32.00.00 --Psitaciformes (incluidos los loros, guacamayos, cacatúas y demás papagayos) 12 0106.39.00.00 --Los demás 12 0106.90 -Los demás: 0106.90.10 --Camélidos sudamericanos: 0106.90.10.10 ---Llamas ( Lama glama ), incluidos los guanacos 12 0106.90.10.20 ---Alpacas ( Lama pacus ) 12 0106.90.10.90 ---Los demás 12 0106.90.90.00 --Los demás 12 Capítulo 2 Carne y despojos comestibles Nota. 1. Este Capítulo no comprende: a) respecto de las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana; b) las tripas, vejigas y estómagos de animales (partida 05.04), ni la sangre animal (partidas 05.11 ó 30.02); c) las grasas animales, excepto los productos de la partida 02.09 (Capítulo 15). Código Designación de la Mercancía A/V 02.01 Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada. 0201.10.00.00 -En canales o medias canales 20 0201.20.00.00 -Los demás cortes (trozos) sin deshuesar 20 0201.30.00.00 -Deshuesada 20 02.02 Carne de animales de la especie bovina, congelada. 0202.10.00.00 -En canales o medias canales 20 0202.20.00.00 -Los demás cortes (trozos) sin deshuesar 20 0202.30.00.00 -Deshuesada 20 02.03 Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada. -Fresca o refrigerada: 0203.11.00.00 --En canales o medias canales 20 0203.12.00.00 --Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar 20 0203.19.00.00 --Las demás 20 -Congelada: 0203.21.00.00 --En canales o medias canales 20 0203.22.00.00 --Piernas, paletas, y sus trozos, sin deshuesar 20 0203.29.00.00 --Las demás 20 02.04 Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada. 0204.10.00.00 -Canales o medias canales de cordero, frescas o refrigeradas 20 -Las demás carnes de animales de la especie ovina, frescas o refrigeradas: 0204.21.00.00 --En canales o medias canales 20 0204.22.00.00 --Los demás cortes (trozos) sin deshuesar 20 0204.23.00.00 --Deshuesadas 20 0204.30.00.00 -Canales o medias canales de cordero, congeladas 20 -Las demás carnes de animales de la especie ovina, congeladas: 0204.41.00.00 --En canales o medias canales 20 0204.42.00.00 --Los demás cortes (trozos) sin deshuesar 20 0204.43.00.00 --Deshuesadas 20 0204.50.00.00 -Carne de animales de la especie caprina 20 0205.00.00.00 Carne de animales de las especies caballar, asnal o mular, fresca, refrigerada o congelada. 12 02.06 Despojos comestibles de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigera- dos o congelados. 0206.10.00.00 -De la especie bovina, frescos o refrigerados 12 -De la especie bovina, congelados: 0206.21.00.00 --Lenguas 12 0206.22.00.00 --Hígados 12 0206.29.00.00 --Los demás 12 0206.30.00.00 -De la especie porcina, frescos o refrigerados 12 -De la especie porcina, congelados:Código Designación de la Mercancía A/V