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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (30/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 214873 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se facultó a la Dirección General de Trans- porte Acuático del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, la regulación, supervisión y con- trol de las actividades administrativas-empresariales de los servicios de transporte marítimo y conexos realizados en tráfico de bahía y áreas portuarias; Que, por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobó el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Artículo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos ser- vicios, serán otorgadas por Resolución Directoral de la Di- rección General de Transporte Acuático, previo cumplimien- to de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la citada empresa según opinión favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 306-2001-MTC/ 15.15.03 y 221-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Artí- culo 14º del referido Reglamento, y su modificatoria apro- bado por Resolución Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 de fecha 29 de agosto del 2001, por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15, modificado por Resolución Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 y Resolución Ministerial Nº 461-2001-MTC/15.02; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR a la empresa "TRAFLEMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (TRAFLE- MAR S.R.LTDA.), la Licencia Nº 017-2001-MTC/15.15-STB, para que preste Servicio de Transporte en Bahía en el Termi- nal Portuario del CALLAO y su área de influencia; sin per- juicio de cumplir con las disposiciones que sobre la mate- ria correspondan a otros Sectores. Artículo 2º.- El Servicio de Transporte en Bahía a que se refiere el artículo precedente será prestado con la em- barcación denominada JUAN PABLO II con matrícula de bandera peruana Nº CO-1314-SM. Artículo 3º.- La Licencia que se otorga por el Artículo 1º concede a su titular un derecho específico e intransfe- rible; y tiene vigencia por tres (3) años calendario, compu- tados a partir de la fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similares períodos a petición de parte. Artículo 4º.- La Licencia de Servicio de Transporte en Bahía otorgada implica la obligación del Titular, de some- terse a las disposiciones legales vigentes sobre la mate- ria, así como a las directivas que al respecto emita la Empre- sa Nacional de Puertos S.A. y las disposiciones y directi- vas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Artículo 6º.- La Presente Resolución Directoral entra- rá en vigencia al día siguiente de su publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLAORDUÑA ALZAMORA Director General (e) Dirección General de Transporte Acuático 34000 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen contratación de Gerente General del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 193-2001-CE-PJ Lima, 27 de diciembre del 2001CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 119-2001- CE-PJ, de fecha 28 de setiembre del 2001, éste Órgano de Gobierno del Poder Judicial, prorrogó la encargatura del cargo de Gerente General del Poder Judicial al doctor Ro- berto Keil Rojas, hasta el 31 de diciembre del 2001; Que, por necesidades del servicio y a fin de dar conti- nuidad a las labores administrativas inherentes a la Geren- cia General del Poder Judicial, resulta necesario contratar al nombrado doctor Roberto Keil Rojas bajo modalidad pre- vista en el Decreto Legislativo Nº 728, para que se desem- peñe como Gerente General de este Poder del Estado; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 15) del Artículo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Ley Nº 27465, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la inter- vención del señor Consejero Alva Angulo, por encontrarse de licencia por motivos de salud, por mayoría, con el voto de los señores Consejeros Vásquez Vejarano, Ortiz Ber- nardini y Calderón Castillo; RESUELVE: Artículo Primero.- Contratar a partir del 1 de enero del 2002 al doctor Roberto Keil Rojas, bajo modalidad prevista en el Decreto Legislativo Nº 728 y por el plazo de 6 meses, para que desempeñe el cargo de confianza de Gerente General del Poder Judicial . Artículo Segundo.- Dada la naturaleza del cargo a que se refiere el citado contrato, éste podrá darse por conclui- do antes del plazo señalado de acuerdo a la decisión que adopte este Órgano de Gobierno. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ WALTER VASQUEZ VEJARANO LUIS ORTIZ BERNARDINI JORGE B. CALDERON CASTILLO El voto del señor Consejero Ordóñez Valverde, es como sigue: VOTO SINGULAR DEL CONSEJERO BENJAMIN ORDOÑEZ VALVERDE Lima, 27 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO; Que Mediante Resolución 014- 2001-CT-PJ del 18/1/2001 el Consejo Transitorio del Poder Judicial encargó al doctor Roberto Keil Rojas el cargo de Gerente General del Poder Judicial hasta el 31 de marzo del 2001 al encontrarse vacante el cargo. Que, por Resolu- ciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial números 007-2001, 024-2001, 051-2001 y 119-2001 se prorrogó su- cesivamente dicha encargatura por períodos trimestrales invocándose en todas ellas la necesidad del servicio; Que la propuesta que motiva este voto singular sugiere contra- tar bajo los alcances del D.Leg. Nº 728 al doctor Roberto Keil Rojas por el plazo del seis meses, sirviendo como sus- tento las necesidades del servicio y la continuidad de las labores administrativas inherentes al cargo; Que en tal sen- tido considero que para solucionar el problema planteado, esto es, las necesidades del servicio y la continuidad de las labores administrativas inherentes a la Gerencia, lo ra- zonable es prorrogar la encargatura del funcionario por el plazo de tres meses, tal y como se ha venido tratando el tema por parte del Colegiado; Por ello no comparto el sen- tir de la mayoría del Colegiado de contratar por espacio de seis meses al doctor Roberto Keil Rojas para el desempe- ño del cargo de Gerente del Poder Judicial, por cuanto ade- más ello implicaría aprobar una gestión ejecutiva cuyos resultados no han sido motivo de análisis y evaluación por el Consejo Ejecutivo, ente del cual depende la Gerencia General. Por tales consideraciones, MI VOTO es porque el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogue la encarga- tura del cargo de Gerente General del Poder Judicial, al doctor Roberto Keil Rojas hasta el 31 de marzo del 2002, plazo dentro del cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judi-