Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2001 (30/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas-empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la citada empresa segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 306-2001-MTC/ 15.15.03 y 221-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento, y su modificatoria aprobado por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 de fecha 29 de agosto del 2001, por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 y Resolucion Ministerial Nº 461-2001-MTC/15.02; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa "TRAFLEMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (TRAFLEMAR S.R.LTDA.), la Licencia Nº 017-2001-MTC/15.15-STB, para que preste Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario del CALLAO y su area de influencia; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Transporte en MORDAZA a que se refiere el articulo precedente sera prestado con la embarcacion denominada MORDAZA MORDAZA II con matricula de bandera peruana Nº CO-1314-SM. Articulo 3º.- La Licencia que se otorga por el Articulo 1º concede a su titular un derecho especifico e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similares periodos a peticion de parte. Articulo 4º.- La Licencia de Servicio de Transporte en MORDAZA otorgada implica la obligacion del Titular, de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A. y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- La Presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLAORDUNA MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Acuatico 34000

Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 119-2001CE-PJ, de fecha 28 de setiembre del 2001, este Organo de Gobierno del Poder Judicial, prorrogo la encargatura del cargo de Gerente General del Poder Judicial al doctor MORDAZA Keil MORDAZA, hasta el 31 de diciembre del 2001; Que, por necesidades del servicio y a fin de dar continuidad a las labores administrativas inherentes a la Gerencia General del Poder Judicial, resulta necesario contratar al nombrado doctor MORDAZA Keil MORDAZA bajo modalidad prevista en el Decreto Legislativo Nº 728, para que se desempene como Gerente General de este Poder del Estado; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 15) del Articulo 82º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por la Ley Nº 27465, en sesion extraordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de licencia por motivos de salud, por mayoria, con el MORDAZA de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Bernardini y MORDAZA Castillo; RESUELVE: Articulo Primero.- Contratar a partir del 1 de enero del 2002 al doctor MORDAZA Keil MORDAZA, bajo modalidad prevista en el Decreto Legislativo Nº 728 y por el plazo de 6 meses, para que desempene el cargo de confianza de Gerente General del Poder Judicial . Articulo Segundo.- Dada la naturaleza del cargo a que se refiere el citado contrato, este podra darse por concluido MORDAZA del plazo senalado de acuerdo a la decision que adopte este Organo de Gobierno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA El MORDAZA del senor Consejero Ordonez MORDAZA, es como sigue: MORDAZA SINGULAR DEL CONSEJERO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 27 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO; Que Mediante Resolucion 0142001-CT-PJ del 18/1/2001 el Consejo Transitorio del Poder Judicial encargo al doctor MORDAZA Keil MORDAZA el cargo de Gerente General del Poder Judicial hasta el 31 de marzo del 2001 al encontrarse vacante el cargo. Que, por Resoluciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial numeros 007-2001, 024-2001, 051-2001 y 119-2001 se prorrogo sucesivamente dicha encargatura por periodos trimestrales invocandose en todas ellas la necesidad del servicio; Que la propuesta que motiva este MORDAZA singular sugiere contratar bajo los alcances del D.Leg. Nº 728 al doctor MORDAZA Keil MORDAZA por el plazo del seis meses, sirviendo como sustento las necesidades del servicio y la continuidad de las labores administrativas inherentes al cargo; Que en tal sentido considero que para solucionar el problema planteado, esto es, las necesidades del servicio y la continuidad de las labores administrativas inherentes a la Gerencia, lo razonable es prorrogar la encargatura del funcionario por el plazo de tres meses, tal y como se ha venido tratando el tema por parte del Colegiado; Por ello no comparto el sentir de la mayoria del Colegiado de contratar por espacio de seis meses al doctor MORDAZA Keil MORDAZA para el desempeno del cargo de Gerente del Poder Judicial, por cuanto ademas ello implicaria aprobar una gestion ejecutiva cuyos resultados no han sido motivo de analisis y evaluacion por el Consejo Ejecutivo, ente del cual depende la Gerencia General. Por tales consideraciones, MI MORDAZA es porque el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogue la encargatura del cargo de Gerente General del Poder Judicial, al doctor MORDAZA Keil MORDAZA hasta el 31 de marzo del 2002, plazo dentro del cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judi-

PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen contratacion de Gerente General del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 193-2001-CE-PJ MORDAZA, 27 de diciembre del 2001

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