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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2001 (26/01/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 197782 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de enero de 2001 Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presiden- cia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTIZ BERNARDINI HUGO SIVINA HURTADO VICTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA CARLOS MONTOYA ANGUERRY JUAN VERGARA GOTELLI 17054 CONTRALORÍA GENERAL Disponen que la Inspectoría General del Ministerio de Trabajo y Promoción Social reformule el Informe Nº 10-2000- OH-OAEE RESOLUCIÓN DE SUBCONTRALOR Nº 003-2001-CG Lima, 24 de enero de 2001 VISTOS: El Informe Nº 10-2000-OII-OAEE, emitido por la Inspectoría General del Ministerio de Trabajo y Promo- ción Social. CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, es el Organo Rector del Sistema Nacional de Control, en cuyo contexto, mantiene relación funcional con los Organos de Auditoría Interna; Que, en ejercicio de sus atribuciones, la Contraloría General de la República viene revisando los Informes de Acciones de Control que emiten los Organos de Auditoría Interna conformantes del Sistema Nacional de Control; Que, conforme lo establecido por el Art. 19º inciso k) de la Ley del Sistema Nacional de Control, D. Ley Nº 26162, la Contraloría General de la República, tiene la capacidad de rechazar, de oficio, los informes y/o dictá- menes de los órganos del Sistema y de personas natura- les o jurídicas contratadas o sociedades de auditoría designadas, que no se ajusten a las normas de control o que no hayan cumplido el trabajo encomendado, en cuyo caso dará las instrucciones precisas para superar las deficiencias; Que, se ha revisado el Informe de Vistos, habiéndose efectuado, para tal efecto, reuniones de trabajo con representantes de la Inspectoría General del Ministe- rio de Trabajo y Promoción Social, quienes aceptaron la necesidad de su reformulación en un plazo perentorio, documento técnico que una vez emitido será sustentado por el Inspector General ante la Contraloría General de la República. En uso de las atribuciones conferidas por Resolución de Contralora Nº 022-2001-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Inspectoría General del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, reformule el Informe Nº 10-2000-OII-OAEE, en un plazo de siete (7) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución.Artículo Segundo.- El Inspector General del Minis- terio de Trabajo y Promoción Social, sustentará su Infor- me reformulado ante la Contraloría General de la Repú- blica. Artículo Tercero.- Poner la presente Resolución en conocimiento del señor Ministro de Trabajo y Promo- ción Social para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GUZMÁN RODRÍGUEZ Subcontralor General de la República 17050 Establecen disposiciones para aplica- ción de Directiva sobre Neutralidad y Transparencia de los Organismos, Fun- cionarios y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo RESOLUCIÓN DE SUBCONTRALOR Nº 004-2001-CG Jesús María, 25 de enero de 2001 VISTOS; la Hoja de Recomendación Nº 002-2001- CG/OATJ de 24.ENE.2001 de la Oficina de Asesoría Técnica Jurídica que, propone lineamientos obligato- rios a seguirse por los Organos de Auditoría Interna y Entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, para la supervisión del correcto uso de los recursos públicos y de la conducta funcional de los funcionarios y servido- res públicos durante el proceso electoral a realizarse en el presente año; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2000-PCM, se convocó a Elecciones Generales de Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la República, para el domingo 8 de abril de 2001, fecha de convocatoria a comicios que fuera ratificada a través del D.S. Nº 031- 2000-PCM; Que, mediante D.S. Nº 004-2001-PCM de fecha 16.ENE.2001 se ha aprobado la Directiva sobre Neutra- lidad y Transparencia de los Organismos, Funcionarios y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo durante el proceso electoral del año 2001, la misma que, en concor- dancia con la normativa electoral y laboral vigente, establece obligaciones y deberes funcionales respecto - entre otros- al correcto uso de los recursos públicos, así como para el debido ejercicio de las funciones de los servidores y funcionarios públicos en la administración gubernamental; Que, con arreglo a lo establecido en el Artículo 82º de la Constitución Política del Perú y los Artículos 1º, 2º, 3º, 5º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 16º y 19º de la Ley del Sistema Nacional de Control aprobada por D. Ley Nº 26162, la Contraloría General de la República y los Organos conformantes del Sistema ejercen el control guberna- mental al uso de los recursos públicos y la conducta funcional de los trabajadores del Sector Público, a través del control posterior interno y externo, estando a cargo de las propias autoridades de las entidades el correspondiente control interno previo; Que, conforme a sus atribuciones corresponde a la Contraloría General de la República emitir las disposi- ciones que dentro de su competencia funcional y con carácter obligatorio deben ser materia de cumplimiento por los Organos de Auditoría Interna y los Titulares de las Entidades comprendidas en el Sistema Nacional de Control, con el objeto de contribuir al logro de los fines de neutralidad y transparencia a que se contrae el D.S. Nº 004-2001-PCM; Que, a través de la Resolución de Contraloría Nº 022- 2001-CG de 22.ENE.2001 se delega al Subcontralor