Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2001 (02/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de febrero de 2001

ONGs especializadas en asuntos ambientales de San MORDAZA, mediante el siguiente procedimiento: a) Las ONGs especializadas en asuntos ambientales comunicaran al CONAM su interes en participar en la eleccion, dentro de los 10 dias calendario de la publicacion del aviso de la convocatoria en un diario local; b) El CONAM convocara a una reunion a los representantes de cada una de las ONGs que hayan comunicado su interes para que elijan a su representante ante la CAR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OYAGUE Presidente del Consejo Directivo 17342

5. Apoyar a la gestion de la Reserva Nacional de Paracas. 6. Proponer y desarrollar la Zonificacion Ecologica Economica (ZEE) para la Region, con la finalidad de promover el turismo y la agricultura sostenible en la Region. 7. Lograr compromisos concretos de las instituciones participantes. 8. Representar a las instituciones locales ante el CONAM y los Programas que este coordine. 9. Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. 10. Plantear propuestas para la armonizacion y simplificacion administrativa de acciones. 11. Firmar los convenios con el CONAM y con los Programas que este coordine, siendo la contraparte en ambos casos. Articulo 3º.- La CAR - Ica se encuentra constituida por las siguientes personas e instituciones: - 1 representante de CONAM. - 1 representante del CTAR de Ica. - 1 representante de INRENA. - 1 representante del Ministerio de Pesqueria. - 1 representante de la Municipalidad Provincial de Ica. - 1 representante de la Municipalidad Provincial de Pisco. - 1 representante de la Municipalidad Provincial de Nasca. - 1 representante de la Municipalidad Provincial de Chincha. - 1 representante de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica. - 1 representante de las ONGs ambientalistas. - 1 representante de Capitania de Puertos. - 1 representante de la Camara de Comercio y Produccion de Ica. - 1 representante del sector economico agricola. - 1 representante del sector economico turismo. - 1 representante del sector economico pesquero. - 1 representante del Consorcio del Gas de Camisea. - 1 representante de la Junta de Usuarios del Distrito de Riego de Ica. La CAR - Ica representa a las personas, instituciones publicas y privadas con responsabilidades, competencia e interes en la problematica ambiental de la region. Articulo 4º.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Primera Disposicion Transitoria.- El representante de los organismos no gubernamentales de desarrollo (ONGs) sera elegido mediante acuerdo de las ONGs especializadas en asuntos ambientales de Ica, mediante el siguiente procedimiento: a) Las ONGs especializadas en asuntos ambientales comunicaran el CONAM su interes en participar en la eleccion, dentro de los 10 dias calendario de la publicacion del aviso de la convocatoria en un diario local; b) El CONAM convocara a una reunion a los representantes de cada una de las ONGs que hayan comunicado su interes para que elijan a su representante ante la CAR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA OYAGUE Presidente del Consejo Directivo 17343

Crean la Comision Ambiental Regional Ica - CAR ICA
DECRETO DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 003-01-CD/CONAM MORDAZA, 9 de enero de 2001 Que el Articulo 2º de la Ley Nº 26410 establece que el CONAM es el organismo rector de la politica nacional ambiental y tiene por finalidad planificar, promover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y patrimonio natural de la Nacion; Que el Articulo 41º del Decreto Supremo Nº 048-97PCM establece que entre las funciones y atribuciones del Consejo Directivo esta la de crear grupos de trabajo y programas de caracter multisectorial y territorial para facilitar la gestion ambiental; Que el Articulo 31º del Decreto de Consejo Directivo Nº 001-97-CD/CONAM establece que el Consejo Directivo del CONAM puede crear y definir las funciones especificas de las Comisiones Ambientales Regionales como organo de coordinacion y concertacion politica ambiental a nivel regional; Que el CONAM tiene como prioridad desarrollar actividades y programas orientados a descentralizar capacidades de gestion ambiental en el MORDAZA, bajo los fundamentos del MORDAZA Estructural de Gestion Ambiental (MEGA); Que es necesario crear una Comision Ambiental Regional - Ica que coordine acciones entre las instituciones locales y el CONAM; formule y coordine el Plan de Accion Ambiental para Ica; contribuya al desarrollo de las Agendas 21 locales e impulse la promocion de la Zonificacion Economica Ecologica y el Ordenamiento Ambiental del Territorio; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo Directivo del CONAM, en su sesion del 31 de octubre del 2000; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crear la Comision Ambiental Regional - Ica, CAR - Ica, como organo de coordinacion y concertacion politica ambiental a nivel de la Region Ica. Articulo 2º.- La CAR - Ica tiene las siguientes funciones: 1. Coordinar y concertar la politica ambiental a nivel regional. 2. Formular y coordinar el Plan de Accion Ambiental Regional, que sera aprobado por el Consejo Directivo de CONAM. 3. Contribuir al desarrollo de las Agendas 21 Locales. 4. Disenar y promover la recuperacion de la MORDAZA marino-costera de la Region.

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