Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2001 (02/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 2 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a presuntos responsables de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 059-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 31 de enero de 2001 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 04186011, 04613, 06087, 06300, 06402 y 06452, Informes Nºs. 1426 y 1608-2000-MTC/15.18.05.3 AA elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir e Informe Nº 700-2000-MTC/15.18.01 de la Direccion de Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre. CONSIDERANDO: Que, las siguientes comisarias de la Policia Nacional del Peru y la Direccion Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion de MORDAZA mediante los correspondientes oficios, han remitido las siguientes Licencias de Conducir a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para la verificacion correspondiente:
COMISARIA OFICIO LICENCIAS FECHA DE REVALIDACION 30.4.2008 28.11.2001 17.12.2001 22.9.2000 30.4.2008 22.6.1996

MORDAZA y los que resulten responsables por los hechos descritos precedentemente. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 17330 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 060-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 31 de enero de 2001 Vistos, el Memorandum Nº 0439-2000-MTC/15.16.06 de la Direccion de Seguridad Aerea, el Informe LIC Nº 024-2000-MTC/15.16.06 del Departamento de Licencias y el Informe Nº 0290-2000-MTC/15.16.02 de la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; CONSIDERANDO: Que, la empresa AEROCONTINENTE S.A., en atencion a lo requerido por la Direccion General de Aeronautica Civil, mediante documento de Registro Nº 001908 remitio el formato contrato de personal aeronautico correspondiente al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orderique, en el cual se senala que es titular de la Licencia de Mecanico de Mantenimiento Nº 2861; Que, el Departamento de Licencias de la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, segun los terminos del Informe LIC Nº 0242000-MTC/15.16.06, ha constatado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orderique no es titular de la Licencia de Mecanico de Mantenimiento Nº 2861 y que no figura en los Registros de Personal Aeronautico ninguna licencia o expediente a su nombre, evidenciandose que la licencia usada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orderique constituye documento falso; Que, segun Acta de Asistencia de fecha 5 de octubre del 2000, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orderique, manifesto que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue quien le tramito personalmente la licencia, admitiendo no haberse sometido a ninguna evaluacion ante la Direccion General de Aeronautica Civil; Que, de los hechos descritos se desprende que las mencionadas personas habrian incurrido en delito contra la fe publica previsto en el Codigo Penal, por lo que corresponde autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones legales del caso, a fin de defender los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes Comunicaciones, Vivienda y Construccion, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orderique, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables por los hechos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como de los antecedentes del caso

MORDAZA 1063-JAP-3-CM-SIAT AE-0182114/AI DRTCVC-JUNIN 1204-2000-CTAR-JUNIN-MTC/15.18 AC-0137050/AIII San MORDAZA Independencia MORDAZA La MORDAZA 624-PMS-A9-CSA-SIAT 598-JPMN-02-JAP3-CI-SIAT 2296-JAP-06-CR-SIAT 538-00-JAP-16-CLM-SIAT C-020234/2B2 P-028540/2B2 AA-0154455/AI G-327412/2D

Que de la Revision de la Base de Datos del Centro de Computo, Antecedentes Registrales y Padron General de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, se ha constatado que las Licencias de Conducir Nºs. AE-0182114/AI y AC-0137050/AIII a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente, han sido adulteradas presuntamente por sus titulares y en cuanto a las Licencias de Conducir Nºs. C-020234/2B2, P-028540/ 2B2, AA-0154455/AI y G-327412/2D a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Squindo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente, corresponden a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, lo que determina que dichas Licencias de Conducir MORDAZA falsas; Que, los hechos descritos anteriormente constituirian delito contra la fe publica conforme lo tipifica el Articulo 427º del Codigo Penal por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones legales correspondientes contra las personas MORDAZA mencionadas y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Squindo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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