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Pág. 198071 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de febrero de 2001 nuidad de un servicio esencial o de operaciones pro- ductivas, o cuando la utilización de Licitación o Con- curso no cumplen función alguna debido a que los bienes no admiten sustitutos, o existiendo sustitutos, éstos pueden afectar negativamente el servicio de proceso productivo"; Que, por consiguiente, al existir una situación de urgencia en los términos del Art. 21º de la Ley Nº 26850 es procedente autorizar la contratación de los bienes o servicios hasta el otorgamiento de la Buena Pro en la Licitación o Concurso Público que se convoque, a través de la modalidad de Adjudicación Directa por menor Cuantía, de acuerdo con lo previsto en Art. 20º de la misma norma, y con el inciso c) del Art. 44º de su Reglamento; Que, el inciso c) del Artículo 44º del D.S. Nº 039- 98-PCM faculta la aplicación del procedimiento de Menor Cuantía en las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Artículo 19º de la Ley acotada, siendo responsable la máxima autoridad administra- tiva de la entidad, y conforme a su Artículo 20º la exoneración de Licitación o Concurso Público debe ser aprobada por Resolución de la máxima autoridad de la entidad; siendo en el Poder Judicial el Titular del Pliego; De conformidad con la Ley Nº 26850 y su Regla- mento, y en uso de las funciones y atribuciones conferi- das por las Leyes Nºs. 27367, 27209 y por la Resolución Administrativa Nº 001-2000-CT-PJ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia el Servicio de Seguridad y Vigilancia en los locales del Poder Judicial - Zona Lima. Artículo 2º.- Autorizar en vía de excepción la adquisición y contratación del servicio referido en el artículo precedente a través de la modalidad de menor Cuantía, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 20º de la Ley Nº 26850 y el inciso c) del Artículo 44º de su Reglamento. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia General haga de conocimiento la presente Resolución a la Comi- sión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas, y de la Contraloría General de la República, dentro del plazo que dispone el inciso f) del Artículo 19º de la Ley Nº 26850. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ORTIZ BERNARDINI Presidente 17434 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan miembros de la Oficina de Control de la Magistratura y de Juzga- dos Especializados de la Corte Supe- rior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0043-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 26 de enero del 2001 VISTO y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 001-2001- P.CSJLI/PJ, de fecha 2 de los corrientes, se dispuso la designación de los señores Presidentes de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, del EquipoEspecial y del Equipo de Quejas de la Oficina Distrital Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, por Resolución Administrativa Nº 002-2001-P-CSJLI/PJ, de fecha 3 de enero del año en curso, se designó a la Dra. Aurora Quintana Gurt - Chamorro de Echevarría como integrante de la CODIC- MA, y en razón a la antigüedad jurisdiccional se designó al Dr. Alfredo Sifuentes Stratti, como Presidente del Equipo de Quejas Verbales. Que, la Corte Superior de Justicia de Lima, se carac- teriza por ser una de las más importantes y dinámicas, comparativamente con otras Cortes Superiores de Jus- ticia, soporta de 60% a 65% de la carga procesal a nivel nacional, así como existe una gran diferencia en cuanto al número de Magistrados y Personal jurisdiccional y administrativo que lo conforman. Que, la Oficina Distrital de Control de la Magis- tratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, se encuentra avocada en velar por el desempeño funcional regular de los Magistrados y Auxiliares Jurisdicciona- les, investida para tal efecto de las facultades disciplina- rias y preventivas con sujeción a la Ley Orgánica del Poder Judicial y al Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Oficina de Control de la Magistratura y sus modificatorias. Que, atendiendo al requerimiento expreso de los señores Presidentes de la CODICMA y del Equipo de Quejas Verbales, para la designación de Magistrados Titulares como Magistrados Contralores integrantes de las indicadas áreas de control-disciplinario, resulta per- tinente para este Despacho, investido en las funciones de Jefe de la ODICMA-LIMA y Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, disponer la designación de los Magistrados que ejercerán labor contralora como integrantes de la CODICMA, del Equipo de Quejas Verbales y del Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima. Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a los señores Magistrados Titulares de Primera Instancia como Magis- trados Integrantes de áreas de control - disciplinario de la ODICMA, conforme se detalla a continuación: - Dra. Olga Palacios Tejada, Juez Titular del Vigési- mo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil como Magis- trado Integrante de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura, a partir del 2 de febrero del año en curso. - Dr. Ricardo Avilés Rosales, Juez Titular del Segun- do Juzgado de Trabajo como Magistrado Integrante del Equipo de Quejas Verbales, a cargo de la Oficina ubicada en el Edificio Alzamora Valdez, con efectividad al 26 de enero del año en curso. - Dr. Mario Gilmer Cuentas Zúñiga, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Trabajo como Magistrado Integran- te del Equipo de Quejas Verbales, a cargo de la Oficina ubicada en el Palacio Nacional de Justicia, con efectivi- dad al 26 de enero del año en curso. - Dra. Natividad Julia Lucas Solis, Juez Titular del Vigésimo Séptimo Juzgado Especializado en lo Civil como Magistrado Integrante del Equipo de Que- jas Verbales, a cargo de la Oficina ubicada en el Edificio Alzamora Valdez, a partir del 5 de marzo del año en curso. - Dra. Angela María Salazar Ventura, Juez Titular del Trigésimo Segundo Juzgado Especializado en lo Civil como Magistrado Integrante del Equipo Especial a cargo de las quejas escritas contra el personal jurisdiccional y Magistrados Especializados en lo Civil, Laboral y de Familia, a partir del 2 de febrero del año en curso.