Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2001 (02/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de febrero de 2001

cion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa MORDAZA EXPRESS S.A - "AEXA", mediante el expediente indicado en vistos, solicita el otorgamiento de concesion de ruta: Chimbote - Paita y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha revisado la documentacion presentada segun Informe Tecnico Nº 0512001-MTC/15.18.04.1.ATR concluyendo que la referida empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0292000-MTC; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 231-2001-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 085-2001-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0292000-MTC y el Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a favor de MORDAZA EXPRESS S.A. - "AEXA", la concesion de ruta: Chimbote - Paita y viceversa, para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros por carretera en omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: : CHIMBOTE - PAITA y viceversa : CHIMBOTE : PAITA : MORDAZA - PACASMAYO - CHEPEN CHICLAYO - MORDAZA ESCALA COMERCIAL : MORDAZA - CHICLAYO - MORDAZA FRECUENCIAS : Una (1) diaria en cada extremo de ruta FLOTA VEHICULAR : Tres (3) omnibus FLOTA OPERATIVA : Dos (2) omnibus: VG-5320 (1992) y UQ-8540 (1993) FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus: UO-6100 (1995) HORARIOS : Salida de Chimbote: 21.30 horas Salida de Paita: 21.30 horas Las tarjetas de circulacion seran expedidas con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos MORDAZA mencionados. Segundo.- La presente resolucion debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Decreto Supremo Nº 05-95-MTC. RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO

Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 17256

CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL
Autorizan contratacion del servicio de seguridad y vigilancia en locales del Poder Judicial - MORDAZA MORDAZA, mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL PODER JUDICIAL Nº 045-2001-P-CT/PJ MORDAZA, 31 de enero del 2001 VISTA: La solicitud formulada por la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General, mediante Informe Nº 05-2001-GAF-GG/PJ, con el proposito de que se autorice la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia a traves de la modalidad de Adquisicion Directa de Menor Cuantia; CONSIDERANDO: Que, el Poder Judicial requiere de determinados servicios para el cumplimiento de sus metas para la adecuada administracion de justicia; Que, al MORDAZA de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y de su Reglamento, D.S. Nº 039-98-PCM, vigente durante el ejercicio presupuestal del 2000, la entidad celebro contratos con termino al 31 de diciembre del 2000; Que, habiendo cesado en la prestacion del servicio de seguridad y vigilancia en los locales del Poder Judicial correspondientes a la MORDAZA MORDAZA, la empresa de Seguridad MORDAZA Security S.A.C. adjudicataria de la Buena Pro en el Concurso Publico Nº 005-2000-GG/PJ, item 2 Subitem 02.02 "Servicio de Seguridad y Vigilancia MORDAZA Lima", es necesario continuar con la atencion de dichos servicios; Que, atendiendo al tiempo que demanda la organizacion y desarrollo de las convocatorias para la contratacion de las necesidades requeridas mediante Concurso Publico, y al haber cesado en el servicio el proveedor del mismo, la atencion de la referida necesidad se veria interrumpida en tanto se otorgue la Buena Pro y se suscriba el respectivo contrato; Que, el Inc. c) del Art. 19º de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que seran exonerados de Licitacion y Concurso Publico las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia; Que, en consecuencia, es de aplicacion el Art. 21º de la misma Ley, que dice "Se considera situacion de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la conti-

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