Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2001 (07/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, miercoles 7 de febrero de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que de conformidad con la Primera Disposicion Final del Decreto de Urgencia Nº 128-2000 de Racionalidad y Limites en el Gasto Publico para el ano fiscal 2001, publicado en el Diario Oficial el 30 de diciembre del 2000; las entidades del Sector Publico que lo consideren oportuno, llevaran a cabo en un plazo que no excedera de 60 dias calendario a partir de la publicacion del Decreto de Urgencia, el MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional, que estimen conveniente en funcion a la evaluacion de sus competencias y responsabilidades, con el objeto de mejorar su eficiencia, racionalizar sus gastos y generar ahorro publico, sin demandar recursos adicionales a los aprobados para la Entidad; Que el Ministerio de Pesqueria requiere cumplir sus objetivos con eficiencia, efectividad, economia y transparencia, por lo cual requiere ser reestructurado; a efectos de coadyuvar con el cumplimiento de los fines establecidos por el sector; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 "Ley del Poder Ejecutivo" y el Decreto de Urgencia Nº 128-2000; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conformar la Comision encargada de conducir el MORDAZA de Reestructuracion Organizativa Institucional, por el plazo de 45 dias calendario, la misma que estara integrada por los siguientes miembros: El Viceministro de Pesqueria, quien la presidira. Un representante de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto. Un representante de la Oficina General de Administracion. Un representante de la Oficina General de Asesoria Juridica. El Director de Personal quien actuara como Secretario Tecnico. Un representante de la Oficina General de Auditoria Interna, quien actuara en calidad de observador. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, asimismo, el Articulo 5º de la resolucion MORDAZA citada, establecio los criterios para el pago minimo por unidad de tonelaje neto de las embarcaciones que se acojan el Regimen Especial, asi como los derechos por explotacion asociados a la captura nominal transbordada en funcion del esfuerzo de pesca autorizado; Que, es necesario senalar que el esfuerzo de pesca fijado por cada embarcacion esta referido a los plazos de los permisos de pesca otorgados a las embarcaciones calamareras que se acogen al Regimen Especial para la extraccion comercial del calamar gigante o pota; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo Unico.- El esfuerzo de pesca de 600 TM/ mes, esta en funcion al plazo de vigencia de los permisos de pesca que se otorgue a las embarcaciones que participan en el Regimen Especial para la extraccion comercial de calamar gigante o pota, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE y MORDAZA en su vigencia por Resolucion Ministerial Nº 332-2000-PE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 17751

Otorgan permiso de pesca a Conservera MORDAZA S.A. para operar embarcacion de bandera nacional en la extraccion de recursos anchoveta y sardina
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 028-2001-PE/DNE MORDAZA, 6 de febrero del 2001

MORDAZA MEIER MORDAZA Ministro de Pesqueria 17750

Vistos los escritos de Registro Nº CE-00475002, del 15 y 17 de noviembre y 1 de diciembre del 2000 y 19 y 24 de enero del 2001 presentados por la empresa CONSERVERA MORDAZA S.A.; CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras; Que por Resolucion Ministerial Nº 393-95-PE del 24 de MORDAZA de 1995, cuya vigencia fuera prorrogada por Resolucion Ministerial Nº 152-2000-PE del 23 de MORDAZA del 2000, se autorizo a la empresa RODGA S.A. el incremento de flota para la construccion de cuatro embarcaciones pesqueras denominadas "RODGA I", "RODGA II", "RODGA III", "RODGA IV" de 500 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion a bordo RSW, equipada con red de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) de tamano minimo de abertura de malla, para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto; Que mediante los escritos del visto la recurrente, al haber absorbido por fusion a PESQUERA RODGA S.A., solicita permiso de pesca para operar la embarcacion denominada "ALEJANDRA" con matricula Nº CO20183-PM, de 496.93 m3 de volumen de bodega, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por la recurrente se desprende que se ha

Precisan que el esfuerzo de pesca a que se refiere la R.M. Nº 289-2000-PE esta en funcion al plazo de vigencia de los permisos de pesca que se otorgue a las embarcaciones que participan en el regimen especial para la extraccion de calamar gigante
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 054-2001-PE MORDAZA, 6 de febrero del 2001 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 289-2000-PE del 31 de octubre de 2000, se establecio el Regimen Especial para la extraccion comercial del calamar gigante o pota (Dosidiscus gigas); cuyo plazo de vigencia se amplio hasta el 31 de marzo del 2001 a traves de la Resolucion Ministerial Nº 332-2000-PE; Que el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 2892000-PE, fijo hasta un MORDAZA de 600 TM/mes como captura nominal por cada embarcacion pesquera, permitiendose una tolerancia del 5%;

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