Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2001 (07/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles 7 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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sentacion de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 581-2000PCM, ha sido aceptada la renuncia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Secretario Ejecutivo de PROMPERU, por lo que resulta vacante la representacion de dicha entidad ante el Comite; Que, en los Articulos 5º y 6º de la Resolucion Ministerial Nº 155-98-ITINCI/DM, Reglamento del Comite Consultivo, se establece que cuando se produzcan renuncias o vacancia, se procedera a una nueva designacion mediante Resolucion Ministerial; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 016-2001PCM, ha sido designada la doctora MORDAZA del MORDAZA Vesga Gatti, como Secretaria Ejecutiva de PROMPERU; De conformidad con la Ley Nº 26961 - Ley para el Desarrollo de la Actividad Turistica; el Decreto Ley Nº 25831 - Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y la Resolucion Ministerial Nº 155-98ITINCI/DM - Reglamento del Comite Consultivo; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como miembro del Comite Consultivo de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la doctora MORDAZA del MORDAZA Vesga Gatti, en representacion de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 17620

JUSTICIA
Declaran infundadas apelaciones de resoluciones referidas a sancion de amonestacion impuestas contra servidores del Archivo General de la Nacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 038-2001-JUS MORDAZA, 2 de febrero de 2001 Visto el recurso de apelacion por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Jefatural Nº 3712000-AGN/J de fecha 9 de octubre de 2000; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Jefatural Nº 371-2000AGN/J, al no haber sido fundamentado con nuevas pruebas instrumentales que enerven las faltas que se le imputan, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del Programa Sectorial I del Archivo General de la Nacion, contra la Resolucion Jefatural Nº 332-2000-AGN/J, de fecha 15 de setiembre de 2000, que le impuso sancion disciplinaria de amonestacion y ademas dispuso la reposicion del equipo extraviado; Que el recurrente interpone oportunamente recurso de apelacion contra la Resolucion Jefatural Nº 3712000-AGN/J, argumentando que durante las investigaciones realizadas por la Oficina General de Auditoria del Archivo General de la Nacion no se tomo las declaraciones de las testigos ofrecidas por el recurren-

te quienes habrian atestiguado sobre su verdadera participacion en los hechos imputados, siendo que con las referidas testimoniales y con la denuncia policial que acompana a su impugnacion se acreditaria que los trabajadores que se olvidaron de bajar el proyector multimedia del vehiculo que los transporto al Archivo General de la Nacion son los unicos responsables por su perdida; Que del analisis y revision de los antecedentes que obran en el expediente, se aprecia que las testimoniales ofrecidas por el recurrente corresponden a las servidoras MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Zanabria, observandose en autos que Marlitt MORDAZA MORDAZA, Directora de Normas Archivisticas del Archivo General de la Nacion, en su descargo efectuado mediante Informe Nº 057-2000-DNDAAI-DNA de fecha 11 de agosto de 2000, senala que el dia de los hechos presencio conjuntamente con las referidas servidoras el llenado de MORDAZA y equipos en los vehiculos; evidenciandose que si bien advirtieron que los equipos fueron embarcados con destino al Archivo General de la Nacion en ningun momento tomaron conocimiento de cuales equipos fueron colocados por el recurrente en cada uno de los vehiculos que se contrataron para el transporte de los equipos y demas enseres de propiedad del Archivo General de la Nacion, siendo que sus declaraciones no habrian esclarecido en este aspecto los hechos investigados; Que asimismo, la denuncia policial de fecha 21 de MORDAZA de 2000 asentada en la Comisaria de Cotabambas por el Director Nacional (e) de Desarrollo Archivistico y Archivo Intermedio, no acredita que el recurrente no tenga responsabilidad por la perdida del referido bien, al no haberse efectuado previamente una investigacion administrativa que hubiese permitido apreciar con mayor claridad las responsabilidades de cada uno de los servidores, evidenciandose que pese a que no consta por escrito las funciones especificas que le fueron asignadas a los trabajadores del Archivo General de la Nacion que colaboraron en la "X Reunion Tecnica de Archivos Administrativos", se colige del conjunto de las actividades realizadas por el recurrente que tanto el y en especial el servidor Harold MORDAZA MORDAZA debieron adoptar las medidas necesarias para la custodia del proyector multimedia al tratarse de un bien institucional de considerable valor, al no hacerlo incurrieron en faltas de caracter administrativo que han sido sancionadas con arreglo a ley; Que el recurrente no ha sustentado su impugnacion en diferente interpretacion de las pruebas producidas o en cuestiones de puro derecho; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en su Informe Nº 146-2000-JUS/ OGAJ-OAA; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 -Ley Organica del Sector Justicia y Articulos 84º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Jefatural Nº 371-2000-AGN/ J de fecha 9 de octubre de 2000, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Archivo General de la Nacion y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 17612

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