Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2001 (08/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2001

el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar la donacion efectuada por The Rotary Club of MORDAZA 2000 con sede en MORDAZA, Canada, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistente en un camion (bomba de incendios) usado, MORDAZA GMC, modelo thibault, sin numero de motor, ano 1971 con sus accesorios, segun Contrato de Donacion de fecha 29 de agosto del ano 2000 y un peso aproximado de 8 750 kgs., segun Conocimiento de Embarque Nº VANLIM 00067 de Pelorus Ocean Line. Dicha donacion sera destinada a la Compania de Bomberos Voluntarios "Pucallpa" Nº 46. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17849 RESOLUCION SUPREMA Nº 105-2001-EF MORDAZA, 5 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, Japan Firefighters Association, Kobe Peru Association y la "Asociacion del Peru en Kumamoto", de Japon, han efectuado donaciones a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru consistentes en vehiculos usados; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar las donaciones efectuadas por Japan Firefighters Association de Japon, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistentes en 5 vehiculos usados, cuyas caracteristicas se encuentran detalladas en el Anexo I que forma parte de la presente Resolucion Suprema, con un valor aproximado de ¥ 650 000,00 (Seiscientos Cincuenta Mil y 00/100 Yenes), segun Cartas de Donacion de fechas 2 y 12 de MORDAZA del ano 2000. Articulo 2º.- Aceptar y aprobar la donacion efectuada por Kobe Peru Association de Japon, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistente en un camion de bombero usado, MORDAZA Toyota, modelo M-RY21, Nº de motor 12R2880483, ano 1984, con un valor aproximado de ¥ 150 000,00 (Ciento

Cincuenta Mil y 00/100 Yenes), segun Carta de Donacion de fecha 12 de MORDAZA del ano 2000 y un peso aproximado de 1 980 kgs., segun Conocimiento de Embarque Nº OSZX-7 de Hual - Cool Carriers Joint Service. Articulo 3º.- Aceptar y aprobar la donacion efectuada por la "Asociacion del Peru en Kumamoto" de Japon, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, consistente en 5 vehiculos usados, cuyas caracteristicas se encuentran detalladas en el Anexo II que forma parte de la presente Resolucion Suprema, con un valor aproximado de ¥ 570 000,00 (Quinientos Setenta Mil y 00/ 100 Yenes), segun Carta de Donacion de fecha 12 de MORDAZA del ano 2000. Articulo 4º.- Comprendase a las donaciones citadas en los articulos anteriores dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 17850 RESOLUCION SUPREMA Nº 106-2001-EF MORDAZA, 5 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, Japan Firefighters Association de Japon ha efectuado donaciones a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru consistentes en vehiculos usados; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar las donaciones efectuadas por Japan Firefighters Association de Japon, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru consistente en 2 vehiculos usados, cuyas caracteristicas se encuentran detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Suprema, con un valor aproximado de ¥ 300 000,00 (Trescientos Mil y 00/100 Yenes), segun Cartas de Donacion de fechas 15 de MORDAZA y 29 de agosto del ano 2000 y un peso aproximado de 4 940 kgs., segun Conocimiento de Embarque Nºs. OSZX-12 y OSZX-2 de HUAL - COOL CARRIERS JOINT SERVICE. Articulo 2º.- Comprendase a las donaciones citadas en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos.

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