Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2001 (12/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2001

US$ 200 000,00 (DOSCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar, parcialmente, la contrapartida nacional para ejecutar el Proyecto de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA de Ayacucho; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27424; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizase la operacion de Endeudamiento Interno, sin garantia del Gobierno Central, que acordara la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA Sociedad Anonima - EPSASA, con la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Ica, hasta por la suma de US$ 200 000,00 (DOSCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar, parcialmente, la contrapartida nacional requerida para ejecutar el Proyecto de Agua Potable y Saneamiento de la MORDAZA de Ayacucho. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 27025

Que, de lo senalado en el Articulo 144º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario se desprende que, por excepcion, el plazo otorgado por el Articulo 150º de esta misma MORDAZA admite prorroga cuando, como en el presente caso, exista una causa justificada; De conformidad con lo establecido en el Articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADAS las Quejas interpuestas por TRABAJOS MARITIMOS S.A. (TRAMARSA) contra el Tribunal Fiscal por no resolver dentro del plazo legal establecido los recursos de apelacion interpuestos contra las Resoluciones Fictas que desestimaron los Recursos de Reclamacion Nºs. 401287, 401288 y 401289. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 26914

Encargan a la Comision Administradora de Carteras la administracion y cobranza de carteras de credito transferidas al Ministerio por el Banco Banex S.A., MORDAZA Corporacion de Credito Banco y Banco Serbanco S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 227-2001-EF/10 MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 077-2000, se dispuso la transferencia a terceros de las carteras de credito de propiedad de entidades del Sector Publico encargadas a la Comision Administradora de Carteras constituida por el Decreto de Urgencia Nº 032-95, MORDAZA que estara a cargo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, para lo cual se ha constituido, mediante Resolucion Suprema Nº 436-2000-PCM, un Comite Especial; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 050-2001 se dispuso que por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas se podra incluir en los alcances del Articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 077-2000, a otras carteras de credito que hayan sido transferidas al Ministerio de Economia y Finanzas, incluyendose mediante Resolucion Ministerial Nº 140-2001-EF/10 dentro de los alcances del Decreto de Urgencia Nº 077-2000, a las carteras de credito transferidas por el Banco Banex S.A., por MORDAZA Corporacion de Credito Banco y por el Banco Serbanco S.A., en virtud del Decreto Supremo Nº 114-98-EF y normas modificatorias; Que, en virtud del Decreto de Urgencia Nº 017-2001, la MORDAZA de Ahorros de MORDAZA cedio parte de su cartera de creditos al Ministerio de Economia y Finanzas, el cual segun el Articulo 4º de dicha MORDAZA legal, transferira a favor de terceros la cartera conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 077-2000; Que, mientras se realiza la transferencia a terceros dispuesta por el Decreto de Urgencia Nº 077-2000, es necesario disponer de manera oportuna las acciones que permitan la recuperacion de las carteras MORDAZA mencionadas con la finalidad de evitar su deterioro; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y en uso de las facultades conferidas con el Articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 050-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar a la Comision Administradora de Carteras creada por el Decreto de Urgencia Nº 032-95, la administracion y cobranza de las carteras de credito transferidas al Ministerio de Economia y Finanzas por el Banco Banex S.A., por MORDAZA Corporacion de Credito Banco y por el Banco Serbanco S.A.; en virtud del Decreto Supremo Nº 114-98-EF y normas modificatorias, y por la MORDAZA de Ahorros de MORDAZA en virtud al Decreto de Urgencia Nº 017-2001, mientras se realiza la transferencia dispuesta por el Decreto de Urgencia Nº 077-2000, MORDAZA por el Decreto de Urgencia Nº 050-2001 y concordante con la Resolucion Ministerial Nº 140-2001-EF/10.

Declaran infundadas quejas interpuestas por empresa contra el Tribunal Fiscal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 226-2001-EF/10 MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2001 Vistas, las Quejas interpuestas por TRABAJOS MARITIMOS S.A. contra el Tribunal Fiscal por no resolver dentro del plazo legal establecido los recursos de apelacion interpuestos por la quejosa contra las Resoluciones Fictas que desestimaron los Recursos de Reclamacion Nºs. 401287, 401288 y 401289. CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de febrero de 2001, el Ministerio de Economia y Finanzas recibe las tres Quejas interpuestas por TRABAJOS MARITIMOS S.A. (TRAMARSA) contra el Tribunal Fiscal por no pronunciarse sobre los recursos de apelacion interpuestos contra las Resoluciones Fictas que desestimaron los Recursos de Reclamacion Nºs. 401287, 401288 y 401289, dentro del plazo legal establecido; Que, la citada empresa considera que el Tribunal Fiscal esta incumpliendo con el plazo de seis meses establecido en el Articulo 150º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario para resolver los recursos de apelacion interpuestos; Que, el Tribunal Fiscal a traves del Oficio Nº 1274-2001EF/41.01, del 10 de MORDAZA de 2001, remite el Memorandum Nº 022-2001-S-1 de fecha 5 de MORDAZA de 2001, en el que senala que la enorme carga procesal que mantiene la Sala 1 del Tribunal Fiscal, asi como la observancia de los planes de trabajo para hacer frente a la misma, sustentados en la prioridad que la antiguedad del expediente otorga, son causas justificadas para que el plazo de seis meses establecido en el Codigo Tributario, no se MORDAZA cumplido, remitiendo asimismo diversa documentacion tendiente a sustentar su afirmacion; Que, de acuerdo al ultimo parrafo del Articulo 144º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, procede interponer Queja ante el Ministro de Economia y Finanzas, cuando el Tribunal Fiscal, sin causa justificada, no resuelva el recurso de apelacion interpuesto, dentro del plazo de seis meses de presentado este; Que, la Sala 1 del Tribunal Fiscal ha acreditado la existencia de una gran carga procesal, asi como las acciones adoptadas para hacer frente a la misma a traves de la atencion preferente a los expedientes mas antiguos, de conformidad a lo establecido en el inciso a) del Articulo 69º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, segun el cual se establece que en la tramitacion de los asuntos se debe guardar el orden de ingreso, en cuanto sea posible;

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