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Pág. 203757 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-97- PROMUDEH, establece que los Directorios de las So- ciedades de Beneficencia y Juntas de Participación Social estarán integrados por cinco miembros, de los cuales uno será designado por el Ministerio de Educa- ción en su representación; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 631-99- ED, de fecha 23 de setiembre de 1999, se designó a la Dra. Graciela Zambrano de Visaga, como representan- te del Ministerio de Educación ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Cusco; Que, la Dra. Graciela Zambrano de Visaga, ha presen- tado su renuncia a la citada representación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 002-97-PROMUDEH, Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia presentada por la Dra. Graciela Zambrano de Visaga, como representan- te del Ministerio de Educación ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Cusco, dándosele las gra- cias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha de la presente Resolución, a don Fernando Federico Romero Neira, como representante del Ministerio de Educación ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 24528 ACADEMIA DE LA MA GISTRA TURA CONSEJO DIRECTIVO COMUNICADO OFICIAL Nº 003-AMAG-CD CONCURSO DE OPOSICIÓN Y MÉRITOS PARA LA PROVISIÓN DE LA PLAZA DE DIRECTOR GENERAL DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Se comunica a los postulantes y público en general, que el Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, en sesión del día jueves 31 de mayo del 2001, ha declarado al Señor Doctor ROGER RAFAEL RODRIGUEZ ITURRI, ganador del Concurso de Oposición y Méritos para la provisión de la plaza de Director General, al haber obtenido el mayor puntaje. De conformidad con la segunda disposición final y complementaria del Reglamento, la documentación aportada por los postulantes, podrá ser recogida en la Secretaría Administrativa de la Academia de la Magistratura. Jesús María, 1 de junio de 2001 EL CONSEJO DIRECTIVO24531