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Pág. 203907 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de junio de 2001 Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, la Inscripción Pro- visional Individualizada de lotes del terreno de 10,000.00 m2, constituido por la Parcela 096-A ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima de acuerdo al siguiente detalle: Manzana Número lotes Numeración Area (m2) E 07 1 al 07 1,580.00 F 13 1 al 13 2,830.00 Total 20 lotes 4,410.00 m2 Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, el mismo que estará a cargo de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBASE a la Oficina Re- gistral de Lima y Callao, para la inscripción correspon- diente, a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO TAPIA ZEGARRA Alcalde 24602 (Se publica la presente Resolución de Alcaldía a soli- citud de la Secretaría General de la Municipalidad Distri- tal de Carabayllo, mediante Oficio recibido el 1 de junio de 2001). RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 350–2000/MDC Carabayllo, 8 de noviembre 2000 VISTO; el Expediente Nº 04114-98-P, seguido por PROMOTORA SOMARSA E.I.R.L., por el que solicitan la Aprobación de Habilitación Urbana Ejecutada, del Lote de terreno de 61,500.00 m2, constituido por las parcelas 85 y 131 ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, con fecha 27 de noviembre de 1998 la EMPRESA CONSTRUCTORA VILLA RICA S.A., presentó el Expe- diente Nº 04114-98-P, solicitando la Aprobación de Habi- litación Urbana Ejecutada, del terreno de 61,500.00 m2, constituido por la Parcela 85 y 131 ubicado en el Distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima; Que, con fecha 7 de enero de 2000 el recurrente presenta referencial solicitando acogerse al Silencio Ad- ministrativo Positivo, en aplicación de lo normado en el numeral 1 del Artículo 4º de la Ley General de Habilita- ciones Urbanas Nº 26878, así como del Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 022-97-MTC Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas; Que, la Ley Nº 26878 Ley General de Habilitaciones Urbanas faculta a las Municipalidades Distritales a efec- tuar los trámites de Habilitación Urbana de los Progra- mas de Vivienda ubicados dentro de su jurisdicción, motivo por el cual esta Corporación Edil en pleno uso de las facultades que la Ley le confiere ha oficiado en repe- tidas oportunidades a las entidades aludidas en la Ley y su Reglamento a fin de conformar la Comisión que atien- da solicitudes similares a la de los recurrentes evitando de esa manera que opere el silencio administrativo posi- tivo conforme lo dispone el Art. 14º del D.S. Nº 70-89-PCM y el Art. 3º de la Ley Nº 26878, lo cual no se ha producidó; Que, la Habilitación Urbana solicitada por la PRO- MOTAR SOMARSA E.I.R.L., no está en desacuerdo con el Plan de Desarrollo Urbano aprobado por la Municipa- lidad Metropolitana de Lima, pues en la actualidad cuen- ta con Zonificación R-4 o Residencial Multifamiliar, así mismo dicha Habilitación Urbana respeta el Plan Vial Metropolitano, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 069 del 11-4-94, y cumple con respetar las vías colectoras y Áreas de equipamiento Urbano según plano de zonifica- ción integral propuesto por la Municipalidad Distrital y aprobado en Sesión de Concejo de fecha 30 de julio de 1,998. Estando al Informe Nº 010-00-MDC/CDHU de fecha 4 de setiembre de 2000, emitido por el área técnica y alInforme Nº 004-00-MDC/CDHU-AL de fecha 4 de setiem- bre de 2000 emitido por el Área Legal de la Comisión Distrital Especial de Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853 y la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 022-97- MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, que en relación al expediente de vistos y en atención a los argumentos expresados en el segundo y tercer considerando de la presente, ha operado el silencio administrativo positivo dispuesto en el Art. 14º del D.S. Nº 70-89-PCM y el Art. 3º de la Ley Nº 26878. Artículo Segundo.- APROBAR, la Habilitación Ur- bana Ejecutada de PROMOTORA SOMARSA E.I.R.L., de acuerdo al Plano signado con el Nº 004-00-MDC/ CDHU., para el terreno de 61,500.00 m2, constituido por la Parcela 85 y 131 ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima. Artículo Tercero.- APROBAR, la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana de tipo Progresivo, dejan- do diferida las Obras de Pavimentación de Pistas, cons- trucción de Veredas y sardineles ornamentación de Par- ques, muretes de señalización y rampas de minusválidos, AUTORIZANDO a la PROMOTORA SOMARSA E.I.R.L., para que ejecute en el plazo de Veinticuatro (24) meses, las obras de Energía Eléctrica, Agua Potable, Alcantari- llado y demarcación de lotes del terreno DE SESENTIUN MIL QUINIENTOS METROS CUADRADOS (61,500.00M2.), cuyos proyectos se aprueban debiendo sujetarse dichos trabajos a los planos firmados y sellados, teniendo en cuenta lo siguientes: AREA BRUTA 61,500.00m2. AREA UTIL 38,201.92m2. AREA RECREACION 1,516.00m2. AREA MINISTERIO EDUCACIÓN 1,040.80 m2. AREA DE VIAS 20,741.28m2. Pavimentos.- Las características de las obras de pavi- mentación serán las siguientes Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub-rasante, será nece- sario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20m., mediante la adición de material granular, mez- clándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo conte- nido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las particulas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base .- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seccionada, que contenga pro- porciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), finos y ligantes en proporciones adecua- das. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80 Se procurará una superficie lisa y uniforme. Superficie de Rodadura .- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la super- ficie de base con asfalto líquido RC-250. Veredas .- Serán de concreto de calidad de f’c=140 Kg/ cm2, de 0.15m de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15m., y el acabado será con mezcla cemento-arena fina, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles .- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardi- nel de concreto de dimensiones 0.15m. x 0.30m., de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogé- nea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, prote- giendo y confinando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de f’c=210kg/cm2, y de dimensio- nes 0.15 x 0.30m. Rampas Peatonales .- En los extremos de los abani- cos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las