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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (03/06/2001)

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Pág. 203905 NORMAS LEGALES Lima, domingo 3 de junio de 2001 VISTOS: El Oficio Nº 0070-2001-EMAPA HUARAL S.A./GG, de fecha 8 de marzo del 2001 mediante el cual la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Huaral – EMAPA HUARAL S.A., solicita un reajuste en sus tarifas vigentes para cubrir sus costos y gastos desembolsables y compensar los menores ingresos que obtendrá por efecto de la aplicación de la Resolución de Superintendencia Nº 1200- 99-SUNASS, que dispone el Reordenamiento Tarifario en su segunda etapa para la referida EPS; El Informe Nº 056-2001-SUNASS-110 del 18.5.2001, en el que se evalúa el sustento técnico de la solicitud de reajuste tarifario de la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 240-2000-SUNASS se amplía el plazo de la etapa prepa- ratoria del sistema tarifario, autorizando a las EPS a solicitar un reajuste en sus tarifas; Que, la empresa EMAPA HUARAL S.A. ha solicitado un reajuste tarifario, para lo cual ha observado el proce- dimiento y adjunta los documentos a que se refiere la Resolución Nº 150-99-SUNASS; Que, al ser evaluada la solicitud de la empresa EMA- PA HUARAL S.A., se concluye que es procedente autori- zar un reajuste tarifario uniforme de hasta el 15% en las tarifas de agua potable que cobra EMAPA HUARAL S.A., dado que la empresa debe compensar la reducción de sus ingresos por efecto de la aplicación de la segunda etapa del reordenamiento tarifario, así como atender sus obli- gaciones prioritarias de costos y gastos desembolsables, las financieras y las inversiones con recursos propios que permitan alcanzar las Metas de Calidad del Servicio y Eficiencia en la Gestión Empresarial; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 07-2001 de fecha 25 de mayo del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa EMAPA HUARAL S.A., a efectuar un reajuste tarifario uniforme de hasta el 15% en las tarifas, conforme a los niveles máximos que figuran en el Anexo Nº 1 de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establecer que la autorización a que se refiere el Artículo anterior deberá ser aplicada a la estructura tarifaria aprobada mediante Resolución de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS para la empresa EMAPA HUARAL S.A., correspondiente a la segunda etapa del reordenamiento tarifario. Artículo 3º.- Aprobar las Metas de Calidad del Servicio y la Gestión Empresarial 2001 de EMAPA HUA- RAL S.A., las mismas que figuran en el Anexo Nº 2. Artículo 4º.- La autorización concedida para el incre- mento de tarifas quedará sin efecto si, en el transcurso de los treinta (30) días calendario siguiente a su publicación en el Diario Oficial El Peruano, EMAPA HUARAL S.A. no procediera a la correspondiente aprobación del mencio-nado incremento tarifario. Esta situación no exime a la EPS del cumplimiento de las Metas a que se refiere el Artículo 3º de esta Resolución. Artículo 5 º.- Antes de su aplicación, las tarifas y las metas deberán ser aprobadas por la Junta General de Accionistas y publicadas en el diario o semanario encar- gado de la inserción de los avisos judiciales de la zona donde opera la EPS, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- El monto incluido en el cálculo tarifario por concepto de inversión con recursos propios se consti- tuirá en un fondo intangible que no podrá ser utilizado para otros fines, debiendo EMAPA HUARAL S.A. desti- nar mensualmente un 7.5% de los ingresos para la forma- ción progresiva del Fondo Intangible antes indicado. Artículo 7º.- . Dicho fondo podrá ser utilizado en casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente sustenta- do, con cargo a reponer el monto utilizado en el más breve plazo, con conocimiento de la SUNASS. Artículo 8º.- . Celebrar un Convenio de Gestión con EMAPA HUARAL S.A., a fin de lograr se cumplan con las metas aprobadas en la presente resolución, el mismo que será suscrito por el Gerente General de la SUNASS. Artículo 9º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE OLIVEROS MEZA Presidente del Consejo Directivo ANEXO Nº 1 TARIFAS MÁXIMAS QUE PODRÁ APROBAR LA EPS EMAPA HUARAL S.A. PARA LA LOCALIDAD DE HUARAL A.- Servicio de agua potable Rangos Categoría de Consumo Tarifas m3/mes S/./m3 Doméstica 0 a 25 0.53 26 a 40 0.81 41 a más 0.97 Comercial 0 a 30 1.28 31 a más 1.92 Industrial 0 a 100 1.37 101 a más 2.07 B.- Cargo por el servicio de alcantarillado Equivale al 30% del importe a facturar por el servicio de agua potable. ANEXO N° 2 METAS RELACIONADAS A LA CALIDAD DEL SERVICIO Y A LA GESTION EMPRESARIAL Unidad Resultados METAS OBJETIVOS INDICADOR de de (Junio 2001 - Mayo 2002) Medida 2000 Jun. - Nov. Dic. - Mayo METAS RELACIONADAS A LA CALIDAD DEL SERVICIO Continuidad promedio Hrs/día 21 21 22 Calidad bacteriológica del agua % 93 94 95 Mejoramiento de la calidad del Turbiedad % 4.7 3.0 3.0 servicio Producción per cápita Lit./hab./día 317 290 290 Cobertura de agua potable % 79.0 79.0 79.0 Incremento de la cobertura de los Cobertura de alcantarillado % 67.0 67.0 67.0 Conexiones activas / totales % 83.6 84.0 84.0 servicios Cobertura de micromedición % 42.0 48.0 54.5 METAS RELACIONADAS A LA GESTION EMPRESARIAL Mejoramiento y ampliación de Presupuesto de Inversión miles S/. 188.1 103 103 sistemas de agua potable y alcantarillado Inversiones con recursos propios % 100 100 Mejoramiento de la eficiencia de Agua no facturada % 56.0 55.9 55.8 la venta y recaudación Eficiencia de cobranza % 82.0 85.0 85.0 Reducción del costo operativo Costo por m3 facturado S/./m3 0.79 0.86 0.86 Situación Financiera Relación de trabajo % 0.85 0.85 0.85 24595