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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (04/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 203922 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de junio de 2001 cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuer- do al siguiente detalle: SR. ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO Pasajes US$ 2,768.00 Viáticos US$ 1,040.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 24635 Aceptan renuncia del Director Regio- nal de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del CTAR Ayacucho RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 128-2001-ITINCI Lima, 1 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 027-2001- ITINCI, se designó a don YURI ALBERTO GUTIE- RREZ GUTIERREZ, en el cargo de Director Regional de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales del CTAR AYACUCHO, cargo considerado de confianza; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y los Decretos Leyes Nº 25515 y Nº 25831 - Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la publicación de la presente Resolución Suprema, la renuncia de don YURI ALBERTO GUTIERREZ GUTIERREZ, en el cargo de Direc- tor Regional de Industria, Turismo, Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales del CTAR AYACUCHO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 24649 Designan Director Regional de Indus- tria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales del CTAR Ayacucho RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 129-2001-ITINCI Lima, 1 de junio de 2001CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante la plaza de Director Regio- nal de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del CTAR Ayacucho, car- go considerado de confianza; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515 y el Decreto Ley Nº 25831 - Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la publicación de la presente Resolución, a don GERMAN SALVADOR MARTINELLI CHUCHON, en el cargo de Director Regional de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales del CTAR AYACU- CHO, quien lo desempeñará con el carácter de confian- za. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 24650 PESQUERÍA Declaran improcedente apelación con- tra resolución referida a la renovación de inscripción de junta directiva de asociación RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 046-2001-PE Lima, 1 de junio del 2001 Vistos los Escritos de registros Nºs. 10597002 y 3507 del 4 y 11 de octubre de 2000, mediante los cuales la ASOCIACION GREMIO DEL PESCADOR ARTESANAL Y EXTRACTORES DE MARISCOS DE SAN ANDRES- PISCO interpone recurso de apela- ción contra la Resolución Directoral Nº 030-2000- CTAR ICA/DRPES. CONSIDERANDO: Que por Resolución Directoral Nº 030-2000-CTAR ICA/DRPES del 3 de octubre de 2000, la Dirección Regional de Pesquería CTAR Ica se inhibió de seguir conociendo la nulidad deducida por la ASOCIACION GREMIO DEL PESCADOR ARTESANAL Y EXTRAC- TORES DE MARISCOS DE SAN ANDRES-PISCO con- tra la inscripción de renovación de la junta directiva de la ASOCIACION GREMIO DEL PESCADOR ARTE- SANAL Y EXTRACTORES DE MARISCOS DE SAN ANDRES contenida en la Constancia Nº 002-2000- CTAR ICA/DRPES de fecha 14 de marzo de 2000 y la solicitud de abstención planteada por la titular de la Constancia mencionada, en razón a que se había inicia- do un proceso penal con la denuncia formulada el 17 de agosto del 2000; Que mediante los escritos del visto, la recurrente interpone recurso de apelación contra la Resolución Directoral citada en el considerando anterior, el que se fundamenta en que el proceso penal en base al cual se expidió dicha resolución no está referido a la antigüe- dad de las asociaciones en conflicto, en consecuencia, el pronunciamiento que recaiga sobre el mismo no incidi- rá en la decisión que debe tomar la Administración con respecto a la nulidad de la constancia que aprueba la