Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2001 (08/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

MORDAZA, viernes 8 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina General de Presupuesto y Planificacion y a la Direccion de Personal, el cabal cumplimiento del presente Edicto. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 24867

Para los efectos del presente Reglamento se entiende por: Codigo: El Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF. Reglamento: El presente Reglamento de Fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias. Deuda: Esta constituida por la obligacion pecuniaria cuyo monto se solicita fraccionar, la deuda puede ser de naturaleza tributaria (Impuestos, Contribuciones, Tasas, Multas e Intereses) o no tributarias que comprenden multas administrativas y otras deudas de igual caracter. Deudor: Persona obligada al pago de la deuda. Representante: Persona que actua en nombre del deudor mediante poder debidamente otorgado por el mismo y que en su nombre suscribe la solicitud de fraccionamiento. Solicitud: Formulario de la Municipalidad para la suscripcion del Convenio. Convenio: Documento vinculante sobre obligaciones suscrito entre el deudor y/o su representante y la Municipalidad en el que consta el fraccionamiento de pago. Interes de Fraccionamiento: Interes aplicable a cada cuota de amortizacion, calculado desde el dia siguiente de la firma del convenio y hasta la fecha en que se haga efectivo el pago de cada cuota. Es equivalente a la Tasa de Interes Moratorio (TIM) vigente. Este interes es a rebatir. Cuota: La que comprende la amortizacion y el interes de los tributos acotados. Dicha cuota no podra ser inferior al 3 % de la UIT. Cuota Inicial: Porcentaje de la deuda materia de fraccionamiento que el deudor debera cancelar a la firma del convenio, el cual fluctuara entre el 15% y el 30% de la deuda fraccionada. Cuando se haga mencion de articulos o capitulos sin indicacion expresa de la MORDAZA legal correspondiente, se entendera referido al presente reglamento. Articulo 2º.- DEUDAS QUE PUEDEN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENTO Podran ser materia de fraccionamiento las deudas cuya cobranza este administrada por la Municipalidad Provincial del Callao, se encuentren en la via ordinaria o coactiva, con excepcion de los derechos que se MORDAZA por los procedimientos administrativos sujetos a evaluacion por la Municipalidad, de acuerdo al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Se fraccionara deudas en cobranza coactiva, siempre que se cancele previamente los gastos y costas procesales generados en dicha cobranza o en su defecto estas MORDAZA integradas al monto total a fraccionar. Articulo 3º.- DEUDAS QUE NO PUEDEN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENTO No son materia de fraccionamiento las siguientes deudas: 1. Deudas menores al 5% de la UIT. 2. Derechos que se paguen por procedimientos administrativos sujetos a evaluacion por parte de la Municipalidad. 3. Deudas que hubieran sido objeto de fraccionamiento anterior. CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO Articulo 4º. - REQUISITOS 1. MORDAZA simple del documento de identidad del deudor y/o representante. 2. MORDAZA simple del poder otorgado (carta poder y/o nombramiento del representante legal de la persona juridica), si el convenio fuera suscrito por un representante legal 3. MORDAZA simple del ultimo recibo cancelado de agua, luz o telefono, en un minimo de dos (2) servicios, en los que conste el domicilio actual del deudor. 4. Recibo de Pago de la cuota inicial. 5. Recibo de pago por concepto de derecho de fraccionamiento.

Aprueban Reglamento de Fraccionamiento para el pago de deudas tributarias y no tributarias de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000007 Callao, 14 de MORDAZA de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad como organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica concordado con lo senalado en el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº23853; Que, mediante Ordenanza Nº 005-2001-MPC, esta Entidad Edilicia otorga beneficios a los contribuyentes de esta jurisdiccion con el objeto de brindar facilidades para el cumplimiento de sus deudas tributarias y no tributarias; Que, por Decreto se establecen normas de ejecucion de las Ordenanzas, se sancionan los procedimientos necesarios a la Administracion Municipal o se resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario conforme lo dispone el Articulo 111º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, dentro de este MORDAZA, es necesario formalizar la vigencia de la MORDAZA municipal que regule los mecanismos adecuados para el pago de las deudas tributarias y no tributarias que los contribuyentes tienen ante esta administracion municipal, expidiendo el presente Decreto; Estando a lo expuesto con la visacion de la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas, en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Fraccionamiento para el pago de deudas tributarias y no tributarias de la Municipalidad Provincial del Callao, el mismo que consta de 22 articulos y 6 disposiciones finales y complementarias, los cuales forman parte integrante del presente Decreto. Articulo Segundo.- Designar a la Direccion General de Administracion Tributaria y Rentas, el cabal cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- DEFINICIONES

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