TEXTO PAGINA: 91
Pág. 204177 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, celebrada el día 31 de mayo del 2001 la Moción de orden suscrita por el presidente de la Comisión de Administración, Planificación, Rentas y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo de fecha 30 de mayo del 2001, se dispuso solicitar un préstamo al Banco de la Nación por un monto de S/. 3'000,000.00 (tres millones con 00/100 nuevos soles), para la adqui- sición de bienes de capital y ejecución de obras; Que, para la implementación de este Acuerdo es necesario dictar las medidas complementarias confor- me al Artículo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM en lo que respecta a la adquisición de bienes de capital por ser una necesidad urgente para el distrito; Que, asimismo se ha establecido que los diferentes parques del distrito existentes se encuentran en total abandono y que vienen convirtiéndose en letrinas, depósitos de basura, desmontes y focos infecciosos que atentan contra la salud pública; la misma que requiere darle solución inmediata mediante un programa de recuperación de parques, hecho que implica dotar de maquinarias para la limpieza de estas áreas, así como para el sembrado y mantenimiento de las áreas verdes; Que, asimismo, mediante Acuerdo de Concejo Nº 000042 de fecha 7 de junio de 1999 se declara en emergencia el agua y desagüe en el distrito a raíz de los innumerables acciden- tales mortales ocurridos en diferentes zonas del distrito; situación que requiere la atención inmediata con maquina- ria pesada, para ejecutar obras complementarias en dicho rubro; hecho que nos es imposible efectuarlo en la actuali- dad debido a que algunas de nuestras maquinarias pesadas se encuentran deterioradas, lo cual obliga su repotencia- miento inmediato; Que, de igual forma, es de público conocimiento el incremento de la delincuencia juvenil mediante las pandillas que atentan contra la vida, la salud y la seguridad de los pobladores; y que el Municipio por no contar con los medios suficientes (unidades vehiculares de Serenazgo), se encuentra imposibilitado de enfren- tar dichos problemas; Puesto el tema a debate, previa deliberación del pleno, con el voto mayoritario de sus miembros y estan- do a las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; ACUERDA: Artículo Primero.- Declarar en situación de ur- gencia de conformidad con la Ley Nº 26850, sus modifi- catorias y artículos pertinentes, Decretos Supremos Nºs. 012 y 013-2001-PCM; los parques y jardines, la seguridad ciudadana, las obras de salubridad del distri- to, y el abastecimiento de agua a las poblaciones más necesitadas. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici- pal, Dirección de Administración, Dirección de Servi- cios Públicos y a la Dirección de Desarrollo, el cumpli- miento del presente Acuerdo con arreglo a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MILTON F. JIMÉNEZ SALAZAR Alcalde 24973 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0280-MDR Rímac, 5 de junio de 2001METROS CUADRADOS), ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, según el Plano Nº U3-ODU/MDL-DST y la memo- ria descriptiva presentada, debiendo sujetarse los tra- bajos respectivos a las normas técnicas vigentes. La recurrente deberá efectuar las coordinaciones co- rrespondientes con Luz del Sur y SEDAPAL para la aprobación de los proyectos de las redes eléctricas, las redes de agua potable y alcantarillado respectivamente; y con el Ministerio de Agricultura la aprobación del proyec- to de canalización y derivación de acequias de regadío o el certificado de inexistencia de éstas, según sea el caso. Artículo Tercero.- Autorizar a REGINA S.A. para celebrar contratos de venta garantizada de los lotes inte- grantes de la presente habilitación urbana, para lo cual los compradores podrán exigir al habilitador-vendedor cual- quiera de las garantías previstas en la legislación vigente. Artículo Cuarto.- Autorizar a los compradores de los lotes de la habilitación urbana aprobada mediante la presente Resolución, la construcción simultánea so- bre los lotes resultantes de la habilitación urbana aprobados según Plano Nº U3-ODU/MDL-DST. Artículo Quinto.- El área útil sobre la que se autoriza la celebración de contratos de venta garantizada y la construc- ción simultánea a que se refiere la presente resolución, de 69,798.02 m², distribuidos de la siguiente manera: MANZANA Nº DE NUMERACIÓN ÁREA LOTES A 39 1 AL 39 5,328.40 B 61 1 AL 61 7,654.60 C 31 1 AL 31 3,971.40 D 65 1 AL 65 8,074.90 E 19 1 AL 19 2,417.91 F 60 1 AL 60 8,440.10 G 59 1 AL 59 7,345.15 H 33 1 AL 33 4,072.00 I 56 1 AL 56 7,078.90 J 40 1 AL 40 5,673.30 K 1 1 9,741.36 TOTAL 464 69,798.02 Artículo Sexto.- Los mencionados contratos de venta garantizada se sujetarán al plano de lotización signado con el número U3-ODU/MDL-DST, debiendo incluir en ellos las cláusulas que señalan la indivisibilidad de los lotes que estarán destinados a uso residencial, excepto los lotes que estarán destinados a comercio. Artículo Sétimo.- Transcríbase a los Registros Públi- cos para que en aplicación del Artículo 4º, numeral 1, último párrafo de la Ley Nº 26878, se efectúe la inscripción de los lotes individuales que integran el Plano de Lotiza- ción Nº U3-ODU/MDL-DST, y a la Municipalidad Metro- politana de Lima para su conocimiento y fines. Artículo Octavo.- La publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano estará a cargo de los interesados. Regístrese, comuníquese y derívese a la Dirección de Servicios Técnicos. ALEJANDRO CHAVEZ LUNA Alcalde 16224 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Declaran en situación de urgencia par- ques y jardines, seguridad ciudadana, obras de salubridad y el abastecimien- to de agua a poblaciones necesitadas del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 000021 Puente Piedra, 1 de junio de 2001