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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (08/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 90

Pág. 204176 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 temporal y excepcional el uso del retiro municipal con fines comerciales y de servicios; Que, asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº 018-99 del 3 de diciembre de 1999 se aprobó el Regla- mento de la Ordenanza citada, estableciéndose en su Primera Disposición Transitoria un plazo para la ade- cuación a dicha normatividad; Que, atendiendo a la situación existente en el distri- to, respecto de predios en uso de retiro municipal, conviene modificar dicha disposición transitoria a efec- tos de permitir una aplicación viable acorde a los intereses de la Corporación; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 47º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Modifíquese la Primera Dispo- sición Transitoria del Decreto de Alcaldía Nº 018-99, en los términos siguientes: Primera.- Conforme a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, los propietarios y/o arrendatarios de establecimientos comerciales y/o de servicios que se encuentren en actual uso de retiro municipal y que no se ajusten a lo dispuesto en el Artículo 3º y 6º, deberán regularizar y adecuar sus construcciones, según dichas normas, salvo que, atendiendo a la situación particular del predio, en forma excepcional y bajo obligaciones y formalidades expresas señaladas por las áreas compe- tentes, se autorice el mantenimiento del uso de retiro municipal en las condiciones en que se encuentra el predio, de manera provisional y por un plazo determi- nado, sujeto a regularización posterior o demolición de la obra, en caso de incumplimiento. Artículo Segundo.- La Dirección de Infraestructu- ra Urbana queda encargada del cumplimiento del pre- sente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 24866 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA Autorizan venta de lotes integrantes de habilitación urbana RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1644/2000-MDL Chosica, 28 de diciembre de 2000 Visto, el Expediente Nº 4338 seguido por REGINA S.A., por el que solicitan la aprobación de la Habili- tación Urbana para los usos Residencial de Densidad Media R4 y Zona de Habilitación Recreacional ZHR(e); así como la autorización para la ejecución de las obras por etapas, celebrar contratos de venta garantizada y para construcción simultánea en los lotes de la mencio- nada habilitación urbana, sobre el terreno de 133,510.00 m², ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la recurrente ha cumplido con presentar todos los requisitos exigidos por la Ley; Que, según lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nº 26878, modificado por la Ley Nº 27135, corresponde a esta Municipalidad, en el ámbito de su circunscripciónterritorial, conocer y aprobar las solicitudes de habilita- ciones urbanas; Que, según lo dispuesto por el Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y sus normas complementarias y modificatorias, las autoridades administrativas no podrán dejar de resolver, por deficiencia de las leyes, las cuestiones que se les propongan; Que, según el Artículo 32º del dispositivo legal antes citado, el procedimiento administrativo se regirá por los principios de simplicidad, celeridad y eficacia; prin- cipios que servirán también de criterio interpretativo para resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de las normas de procedimientos; Que, la discrecionalidad de los funcionarios públicos será la mínima posible en la medida que la solicitud del recurrente se adecue a la Ley General de Habilitaciones Urbanas, cuyo espíritu es simplificar y agilizar el procedimiento de habilita- ción urbana para promocionar la inversión privada; Que, los órganos municipales competentes para co- nocer la tramitación del presente procedimiento son los establecidos por este mismo municipio, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades y lo dispuesto por el Artículo 3º de del D.S. Nº 011-98-MTC; Que, el expediente técnico y el plano de lotización presentados por la recurrente se adecuan a lo esta- blecido por la normatividad vigente y, ha merecido la aprobación de la Comisión de Habilitación Urbana de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, me- diante Dictamen de fecha 22 de noviembre de 2000; Que, la recurrente ha cumplido con cancelar los derechos de trámite mediante recibo Nº 920664, y el derecho por aprobación de Habilitación Urbana me- diante recibo Nº 924768; Estando a lo informado por la Dirección de Servicios Técnicos y de acuerdo con los considerandos antes detallados y la legislación vigente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar de conformidad con el Plano Nº U3-ODU/MDL-DST, la Habilitación Urbana para los usos Residencial de Densidad Media R4 y Zona de Habilitación Recreacional ZHR(e), del terreno de 133,510.00 m2 (CIENTO TREINTITRÉS MIL QUINIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS), ubicado en el distrito de Lurigan- cho - Chosica, provincia y departamento de Lima. La distribución del área del inmueble cuya habi- litación urbana se aprueba será la siguiente: ÁREA BRUTA DEL TERRENO 133,510.00 m² ÁREA VÍA METROPOLITANA (Autopista Lima-Ricardo Palma) 23,863.02 m² ÁREA ZONA R4: 99,905.62 m² ÁREA ZONA ZHR(e) 9,741.36 m² ÁREA PARA APORTES (sólo se computa zona R4) -Recreación Pública (11%) 10,989.63 m² -Ministerio de Educación (2%) 1,998.14 m² -Aporte vendible (comercio) (7.50%) 7,562.95 m² (1) ÁREA ÚTIL VENDIBLE TOTAL 69,798.02 m² -Zona R4 60,056.66 m² (2) -Zona ZHR(e) 9,741.36 m² ÁREAS VÍAS PÚBLICAS 26,861.19 m² (3) (1) Incluida en el área útil vendible. (2) Comprende 463 lotes. (3) Excluyendo el área de la Vía Metropolitana. El aporte correspondiente a Recreación Pública de 10,939.63 m², está constituido por el Parque Nº 1 con 3,961.53 m², ubicado en la manzana E, el Parque Nº 2 con 3,903.25 m² ubicado en la manzana "C" y el Parque Nº 3 con 3,124.85 m² ubicado en la manzana "H". El aporte correspondiente al Ministerio de Educa- ción de 1,998.14 m² está constituido por el Lote Nº 20 de la manzana "E". Artículo Segundo.- Autorizar a REGINA S.A. la ejecución por etapas de las obras de Habilitación Urba- na correspondientes al inmueble de 133,510.00 m² (CIENTO TREINTITRÉS MIL QUINIENTOS DIEZ