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Pág. 204182 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 Por el Frente.- Línea recta de 13.00 ml. que incluye 1.00 del pasaje de ingreso a los Sublotes Secciones C y D, colindante con propiedad de terceros. Por la Derecha.- Línea recta de 5.00 ml. que incluye 1.30 ml. del pasaje de ingreso a los Sublotes Secciones C y D, reconociendo servidumbre de paso, lindando con el Sublote Sección C. Por la Izquierda.- Línea recta de 5.00 ml., que incluye 1.30 ml. del pasaje de ingreso a Sublotes Seccio- nes C y D, lindando con el Sublote Sección A. Por el Fondo.- Línea recta de 13.00 ml. que incluye 1.00 ml. del pasaje de ingreso a Sublotes Secciones C y D, colindante con propiedad de terceros. Sublote Sección C.- Con un área de 145.00 m2 encerrada dentro de los límites y medidas perimétricas siguientes: Por el Frente.- Línea recta de 2 tramos; el 1er. tramo de 5.00 ml. que incluye 1.80 ml. del pasaje de ingreso a los Sublotes Sección D, lindando con el Sublo- te Sección B; el 2do. tramos de 5.00 ml. que incluye 0.50 ml. del pasaje de ingreso al Sublote Sección D, lindando con propiedad de terceros. Por la Derecha.- Línea recta de 14.50 ml. colindan- te con propiedad de terceros. Por la Izquierda.- Línea recta de 14.50 ml. colindan- te con propiedad de terceros. Por el Fondo.- Línea recta de 10.00 ml. lindando con el Sublote Sección D. Sublote Sección D.- Con un área de 105.00 m2 encerrada dentro de los límites y medidas perimétricas siguientes: Por el Frente.- Línea recta de 10.00 ml. lindando con el Sublote Sección C. Por la Derecha.- Línea recta de 10.50 ml. colindan- te con propiedad de terceros. Por la Izquierda.- Línea recta de 10.50 ml. colindan- te con propiedad de terceros. Por el Fondo.- Línea recta de 10.00 ml. colindante con propiedad de terceros. Artículo Segundo.- Las características de los lotes resultantes figuran en los Planos Adjuntos, y Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución, debidamente visados. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano que estará a cargo del interesado, debiendo efectuarse en el plazo máximo de 30 días calendario a partir de la fecha de su notificación. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente Resolución al Servicio de la Municipalidad Metropo- litana de Lima para que efectúe la revisión para los aportes en el caso que corresponda y a la Oficina Registral de Lima y Callao, para su inscripción correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL GAILLOUR RONCAGLIOLO Director Dirección de Obras y Desarrollo Urbano 23677 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican artículos del Reglamento de Organización y Funciones de la Muni- cipalidad EDICTO Nº 000001 Callao, 30 de abril de 2001EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, EN SESION DE CONCEJO DEL 30 DE ABRIL DEL 2001; APROBO EL SIGUIENTE: EDICTO CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son competentes para acordar su régimen de organización interior de confor- midad con lo dispuesto en el Artículo 10º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, los Gobiernos Locales preverán la formación de la Oficina de Protección, Participación y Organización de los Vecinos con Discapacidad conforme lo establece el Artículo 10º de la Ley Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad; Que, el 3 de abril del 2001 el Concejo Municipal adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000013, que dispo- ne la modificatoria del Acuerdo de Concejo Nº 000060 del 31 de octubre de 2000, estableciendo el marco normativo para modificar el Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, en cumplimiento con la Ley Nº 27050; Que, de acuerdo a lo establecido por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto aprobatorio unánime del Cuerpo de Regidores, se aprobó el siguiente: EDICTO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo Primero.- Modifícase el Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones, apro- bado mediante Edicto Nº 00002-95 con el texto si- guiente: "Artículo 53º.- Para el cumplimiento de sus funcio- nes la Oficina General de Participación Vecinal tiene la estructura siguiente: · Oficina de Organizaciones Vecinales · Oficina de Proyectos Especiales y Atención a las Personas con Discapacidad". Artículo Segundo.- Modifícase el Artículo 55º del Reglamento de Organización y Funciones citado en el artículo precedente, con el siguiente texto: "Artículo 55º.- Son funciones de la Oficina de Proyec- tos Especiales, las siguientes: a. Formular proyectos de participación y apoyo a las organizaciones vecinales. b. Realizar gestiones de financiamiento de proyectos de participación vecinal, ante los organismos naciona- les e internacionales. c. Difundir, fomentar y apoyar la formulación e implementación de programas de prevención, aten- ción e integración social de las personas con discapa- cidad, estableciendo coordinaciones con otros orga- nismos principalmente con el CONADIS o el que haga sus veces. d. Apoyar proyectos y programas de ayuda a la población con participación vecinal. e. Capacitar a las organizaciones vecinales en las técnicas de participación vecinal y desarrollo de los mismos. f. Realizar estudios socioeconómicos en áreas críti- cas y de extrema pobreza. g. Evaluar la ejecución de programas y proyectos municipales con participación vecinal. h. Elaborar la información estadística básica siste- matizada. i. Otras funciones que le encargue la Dirección General de Participación Vecinal en materia de su competencia."