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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (08/06/2001)

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Pág. 204179 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 rativa de la presente Resolución a los siguientes ex funcionarios: -Hilda Roxana Rodríguez Escobar - ex Directora de Administración; -Fulgencio Marcelo Martínez Alejos - ex Director de Administración; -Judy Gladys Sam Ferrari - ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento; -Juvenal Lozano Lozano ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento; y, -José Carlos Navarro Lévano - ex Alcalde. Artículo Segundo.- Otorgar (5) cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, para que los ex funcionarios señalados en el párrafo precedente, presenten sus descargos conforme a Ley. Artículo Tercero.- Encargar a Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 24865 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican ordenanza que estableció vías consideradas como zonas autori- zadas para el servicio de parqueo vehi- cular ORDENANZA Nº 12-2001-MDSM San Miguel, 30 de mayo de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo de San Miguel en Sesión de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 12-2000-MDSM, modificada por la Ordenanza Nº 06-2001-MDSM, se aprobaron las vías consideradas como zonas autoriza- das para el servicio de parqueo vehicular en el distrito de San Miguel; Que, del Informe Nº 21-2001-DIDU/MDSM, de la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano, se desprende la conveniencia de incluir nuevas vías como habilitadas para el Servicio de Parqueo Vehicular; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Único.- Modifíquese el Artículo Quince de la Ordenanza Nº 12-2000 en los siguientes términos: "Artículo 15º.- Se consideran zonas de estacionamien- to vehicular la zona ribereña al mar y las arterias siguientes: Av. Universitaria Cdras. 6, 8, 10 y 11 lado impar (lado izquierdo) Av. La Mar Cdras. 22 y 23 lado impar (lado izquier- do) Av. Rafael Escardó Cdra. 9 lado par (lado derecho)Av. Precursores Cdras. 1 y 3 lado par (lado derecho) Av. Elmer Faucett Cdras. 2 a 5 lado impar (lado izquierdo) Av. La Marina Cdras. 22 a 24 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Av. La Marina Cdras. 25 y 26 lado par (lado derecho) Av. La Marina Cdra. 28 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Av. La Marina Cdras. 15, 16, 17, 34 y 35 lado impar (lado izquierdo) Av. La Marina Cdra. 36 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Av. Brígida Silva de Ochoa Cdras. 1 a 3 lado par (lado derecho) Av. Parque de las Leyendas Cdras. 1 y 2 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Jr. Intisuyo Cdra. 2 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Mercedes Gallagher de Park Cdra. 3 lado par (lado derecho) Ca. Maranga Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Martín de Murúa Cdra. 1 lado impar (lado izquierdo) Ca. Luis Banchero Rossi Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Luis Banchero Rossi Cdra. 2 lado impar (lado izquierdo) Ca. Carlos Gonzales Cdra. 2 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. César López Cdras. 1 y 2 lado impar (lado izquierdo) Ca. Mantaro Cdras. 1 a 3 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Ucayali Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Chamaya Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Napo Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho e izquierdo) Ca. Tnte. Balcázar Cdra. 1 lado impar (lado izquier- do) Av. Bertolotto Cdra. 7 lado par (lado derecho) Ca. Laureano Martínez Cdra. 1 lado impar (lado izquierdo) Ca. Chinchaysuyo Cdra. 1 lado impar (lado izquier- do) Av. Dintilhac Cdra. 6 lado impar (lado izquierdo)." POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 24888 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban ordenanza relativa al sanea- miento ambiental en el distrito ORDENANZA Nº 007-2001-MDSA Santa Anita, 30 de mayo de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, en sesión extraordinaria de concejo de fecha 30 de mayo del 2001; CONSIDERANDO: Que, los municipios son competentes para normar y controlar las actividades relacionadas con el sanea- miento ambiental dentro de su jurisdicción;