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Pág. 204178 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de junio de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTOS: El Informe Nº 001-2001-MDR/CEPAD de fecha 14 de mayo del 2001 sobre evaluación del Informe Especial Legal Nº 001-2000-OAI/MDR - reformulado, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada por R.A. Nº 167-2000/MDR- AL-EJ del 20 de julio del 2000, modificada con Resolu- ción de Alcaldía Nº 006-2001/MDR del 2 de marzo del 2001; CONSIDERANDO: Que, en virtud del Informe de vistos y luego del análisis del Informe Especial Legal Nº 001-2000-OAI/ MDR - reformulado, efectuado por la Oficina de Audito- ría Interna sobre "trece ex funcionarios de la Adminis- tración anterior que han utilizado fondos en calidad de reintegro de remuneraciones por mandato judicial por un monto de S/. 56,713.70 sin tener derecho a percibir en febrero de 1997"; la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida con Resolu- ción de Alcaldía Nº 167-2000/MDR-AL-EJ del 20 de julio del 2000, modificada con Resolución de Alcaldía Nº 006- MDR del 2 de marzo del 2001, se ha pronunciado por UNANIMIDAD que se ha ejecutado un gasto ascen- dente a S/. 56,713.70 sin sustento presupuestal, financie- ro ni legal, para el pago de trece (13) ex funcionarios que hicieron suyos, beneficios logrados en virtud de negocia- ción sindical reconocida por Resolución Judicial en base a una acción de amparo interpuesta por el Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Distrital del Rímac en la que se ordena se restituyan las remuneraciones y funciones incrementados por convenio y percibidos en los meses de julio y agosto de 1995; en contravención de lo preceptuado en los Artículos 2º y 28º Incs. a) y f) del D. Leg. Nº 276; lo que por su gravedad y en aras de cumplir con el principio constitucional del debido proce- so; recomendando instaurar proceso administrativo disciplinario contra los siguientes ex funcionarios; sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales a que hubie- re lugar: Sanabria Montañez César Augusto, Quiroz Carbajal María Isabel, Rodríguez Escobar Hilda Roxa- na, Pastor Farfán Miguel Angel, Rojas Ramírez Carlos Oscar, Marín Aguilar Gloria H., Sam Ferrari Judy Gladys, Viñas Ramírez Pedro Rodrigo, Aliaga Huar- caya Tania, De la Cruz Arana Jackelin, Sandoval Oliva Víctor Javier, Saavedra Vargas Jorge A., Maldonado Vallez Edber, ex Alcalde José Carlos Navarro Lévano, quien incurrió en responsabilidad administrativa e inobservó lo dispuesto en los numerales 8 y 9 del Art. 47º de la Ley Nº 23853; Estando a lo expuesto y en uso de facultades conferi- das por el Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalida- des y a lo dispuesto por el Art. 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobada por D.S. Nº 005-90-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR el proceso administrativo disciplinario por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución de Alcaldía a los siguientes ex funcionarios: - Sanabria Montañez César Augusto - Quiroz Carbajal María Isabel - Rodríguez Escobar Hilda Roxana - Pastor Farfán Miguel Angel - Rojas Ramírez Carlos Oscar - Marín Aguilar Gloria H. - Sam Ferrari Judy Gladys - Viñas Ramírez Pedro Rodrigo - Aliaga Huarcaya Tania - De la Cruz Arana Jackelin - Sandoval Oliva Víctor Javier - Saavedra Vargas Jorge A. - Maldonado Vallez Edber - Ex Alcalde José Carlos Navarro Lévano. Artículo Segundo.- OTORGAR cinco (5) días hábi- les contados a partir del día siguiente de la publicaciónde la presente Resolución en el Diario Oficial El Perua- no, para que los ex funcionarios señalados en el párrafo precedente presenten sus descargos conforme a ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría Gene- ral, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 24864 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0281-MDR Rímac, 5 de junio de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC VISTOS: El Informe Nº 001-2001-MDR/CEPAD de fecha 30 de mayo del 2001, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos constituida por Resolución de Alcaldía Nº 168-2000-MDR/AL-EJ de fecha 20/7/00, modificada con Resolución de Alcaldía Nº 007-2001/ MDR-AL-EJ de fecha 3/2/2001, respecto a la Evaluación del Informe Largo reformulado por los años terminados al 31 de diciembre de 1996, 1997 y 1998 y los Informes Especiales de la Información Presupuestaria al 31 de diciembre de 1996, 1997 y 1998, presentado por la Sociedad Auditora Valera y Asociados Contadores Pú- blicos-Auditores Consultores; CONSIDERANDO: Que, en virtud del Informe de Vistos y luego del análisis del Informe Largo Reformulado por los años terminados al 31 de diciembre de 1996, 1997 y 1998 y los Informes Especiales de la Información Presupuestaria al 31 de diciembre de los años 1996, 1997 y 1998, se puede apreciar que los siguientes ex funcionarios ha- brían infringido el Art. 28º, incisos a) y d) y el Art. 21º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 referidos al incumplimiento de las normas establecidas en la citada Ley, referente a la negligencia en el desempeño de sus funciones y a las labores propias el cargo: -Hilda Roxana Rodríguez Escobar - ex Directora de Administración; -Fulgencio Marcelo Martínez Alejos - ex Director de Administración; -Judy Gladys Sam Ferrari - ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento; -Juvenal Lozano Lozano - ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento; y, -José Carlos Navarro Lévano - ex Alcalde. Que, la Comisión Especial de Procesos Administra- tivos Disciplinarios señala que los hechos materia de observación por parte de la Sociedad Auditora autoriza- da por la Contraloría General de la República, antes mencionada que tuvo a cargo la elaboración del Informe Largo Reformulado y los Informes Especiales Presupues- tarios, materia de análisis, ameritan una profunda investigación y que sólo podría determinarse responsabi- lidad administrativa, de acuerdo al principio Constitu- cional del debido proceso, por lo que ha recomendado por unanimidad la instauración de proceso administra- tivo disciplinario contra los ex funcionarios citados en el párrafo precedente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Orgánica de Munici- palidades y a lo dispuesto por el Art. 167º del Reglamen- to de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobada por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar proceso administra- tivo disciplinario por lo expuesto en la parte conside-