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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (13/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

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Pág. 204373 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de junio de 2001 12. De la Remisión de Información a la Contra- loría General El Órgano de Auditoría Interna o Sociedad de Audito- ría, una vez concluida la acción de control, remitirá a la Contraloría General el informe impreso y en medio magné- tico (diskette o CD), el mismo que bajo responsabilidad del remitente, no debe contener ningún virus informático. 13. De la Evaluación de la Información La información solicitada mediante Directivas o Resoluciones, presentada en la Sede Central o Sedes Regionales de la Contraloría General, será evaluada por las Unidades de Línea, de acuerdo a su ámbito de control, quienes comunicarán al remitente las inconsis- tencias u observaciones que sean necesarias. 14. De los Requerimientos Funcionales adicionales, al SAGU Los requerimientos funcionales adicionales al SAGU, con el objeto de facilitar y desarrollar el registro, repor- te y seguimiento de la información de control, podrán realizarse a la cuenta de correo electrónico: sagu@con- traloria.gob.pe. La Oficina de Sistemas de la Contralo- ría General, evaluará e implementará dichos requerimientos de ser procedentes. 15. De las Consultas Técnicas La Oficina de Sistemas atenderá las consultas relati- vas al uso del SAGU a través del teléfono Nº 330-3000 Anexos 4407, 4409, 4410 y 4411, así como vía correo electrónico: sagu@contraloria.gob.pe. Las consultas de carácter técnico - normativo serán atendidas por las Unidades de Línea de la Contraloría General de acuerdo a su ámbito de control. 16. De la Incorporación de Funciones adiciona- les del SAGU La incorporación de opciones funcionales para regis- tros o reportes adicionales del SAGU, será distribuida a través del portal de la Contraloría General (www.contraloria.gob.pe ), en el cual se dispondrá de información necesaria sobre el uso y mantenimiento del SAGU (instaladores, manuales, directivas y la sección de preguntas más frecuentes). 17. De la Capacitación La Contraloría General programará y comunicará la fecha de los eventos de capacitación para el uso adecuado del SAGU. Excepcionalmente, la Contraloría General, de acuerdo a su capacidad operativa, atenderá solicitudes adicionales de capacitación. G. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 1. De la Presentación y Entrega del SAGU Para el período 2001, la Contraloría General reali- zará la presentación y entrega del sistema y docu- mentación del SAGU, así como la capacitación al perso- nal designado por los Órganos conformantes del Siste- ma Nacional de Control en eventos cuyas fechas serán comunicadas oportunamente. 2. Del Plan Anual de Control 2001 Los Órganos de Auditoría Interna de las Entidades que cuenten con el Plan Anual de Control del 2001 aprobado, recibirán conjuntamente con el SAGU, la base de datos conteniendo la información de su plan, debiendo verificar la exactitud de la información, de acuerdo a la Directiva Nº 011-2000-CG/B150. 3. De la ejecución de acciones del Plan Anual de Control 2001 Una vez verificada la información del Plan Anual de Control, el Órgano de Auditoría Interna procederá a registrar su aprobación con una clave proporcionada conjuntamente con el SAGU. A partir de esta aprobación se podrá registrar los avances en la ejecución de acciones de control, de los informes y demás funciones del SAGU. 4. Del registro de Informes de Auditoría ante- riores al 2001 Los informes de auditoría correspondientes a accio- nes programadas y no programadas de los Planes Anua-les anteriores al 2001, se registrarán en el módulo INFOPRAC, a través del cual se efectuará el segui- miento de medidas correctivas y se comunicará su situación a la Contraloría General. El módulo INFO- PRAC estará vigente para cada entidad, hasta que se implanten todas las recomendaciones registradas en dicho módulo. 5. Del registro de Informes de Control del período 2001 Los Órganos de Auditoría Interna que han culmina- do acciones de control iniciadas el año 2001, registrarán en el SAGU la información referida en la Directiva Nº 011-2000-CG/B150. Las Sociedades de Auditoría designadas a partir de enero del 2001 y que a la fecha no han entregado su Informe a Contraloría General, registrarán en el SAGU la información referida en la Directiva Nº 011-2000-CG/ B150. 6. De los Organos de Auditoría Interna que no cuentan con computadora personal Aquellos Organos de Auditoría Interna que no cuen- tan con una computadora personal, deberán solicitar a la Contraloría General una autorización para la entre- ga de información únicamente en formatos impresos. La autorización excepcional sólo estará vigente hasta el 31.12.2001. 7. De la Aceptación de la información por Trans- misión Electrónica La Contraloría General comunicará oportunamente la fecha a partir de la cual se aceptará información transmitida vía electrónica (internet). H. DISPOSICIONES FINALES 1. Es responsabilidad del Titular de la Entidad, Jefe del Órgano de Auditoría Interna y representan- te legal de la Sociedad de Auditoría, según corres- ponda, el cumplimiento de la presente Directiva, debiendo poner especial atención en los siguientes puntos: a. Asegurar que la información de los formatos impresos coincida con los presentados a través de me- dios magnéticos o por transmisión electrónica. b. Actualizar oportunamente la incorporación de funciones adicionales del SAGU, distribuidas por el portal de la Contraloría General (www.contraloria.- gob.pe) c. Crear y guardar copias de respaldo de toda la información registrada en el SAGU, con el objeto de superar eventualidades, tales como daño físico del equi- po, robo, siniestros, etc. 2. La Oficina de Sistemas y las Unidades de Línea de la Contraloría General cautelarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva. 25189 Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial a presuntos responsables de delito contra la fe pública en agravio de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 080-2001-CG Lima, 12 de junio de 2001 Visto, el Informe Especial Nº 012-2001-CG/B360, resultante del Examen Especial que viene practicando la Contraloría General de la República en la Universi- dad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), cuyo objetivo, entre otros aspectos, contempla la verificación