Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2001 (27/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, miercoles 27 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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- Creacion de modulos de entrenamiento en tratamiento de la farmacodependencia, a ser utilizados en diferentes contextos culturales y regionales. - Formacion de un equipo entrenado del personal penitenciario peruano que este disponible para replicar la experiencia en otros paises de MORDAZA Latina. Articulo 2º.- Los responsables en el INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO, de la aplicacion y cumplimiento del convenio seran: - El Director de la Oficina General de Tratamiento. - El Director de la Escuela Superior del Centro Nacional de Estudios Criminologicos y Penitenciarios (CENECP). Articulo 3º.- Los organos del Instituto Nacional Penitenciario, brindaran todo el apoyo y colaboracion para el cumplimiento del presente convenio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Presidente 26023

del Peru y el Instituto Nacional Penitenciario", con la finalidad apoyar y desarrollar conjuntamente en los establecimientos penitenciarios en el ambito nacional, programas de evangelizacion, educacion, salud, consejeria, promocion laboral, remodelacion de la infraestructura y mejoramiento del equipamiento, que contribuyan en el MORDAZA resocializador del interno y en la reintegracion social del liberado. Asimismo, brindar especial atencion a los hijos de los internos que se encuentran en las guarderias o en las secciones femeninas de los establecimientos penitenciarios. Las principales actividades a desarrollarse son las siguientes: - Evangelizacion. - Alfabetizacion. - Educacion de Adultos. - Deportes. - Talleres de Produccion y Comercializacion. - Formacion de Coros. - Formacion de Bibliotecas. - Apoyo Social a los internos, liberados, sancionados y familiares. - Apoyo en las Cunas o Wawa Wasi de los establecimientos penitenciarios. - Concursos de Dibujo, y Pintura para destacar las habilidades artisticas de los internos. - Visita a los presos extranjeros y vinculacion con sus familiares. - Gestiones legales a favor de internos de escasos recursos economicos. - Seminarios de enriquecimiento matrimonial para internos y sus conyuges. - Preparacion y coordinacion para la realizacion de los sacramentos. - Colaboracion con las entidades gubernamentales en materia de Reforma del Sistema de Justicia Penal. - Programa de Asistencia Global de voluntarios extranjeros en apoyo a salud, educacion e infraestructura. Articulo 2º.- Los responsables en el INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO, de la aplicacion y cumplimiento del convenio, seran: - El Director General de la Oficina General de Tratamiento. - Los Directores Generales de las Direcciones Regionales. - Los Directores de Establecimientos Penitenciarios. - Los Directores de las Oficina de Tratamiento de las Direcciones Regionales. - Los Jefes de los Organos Tecnicos de Tratamiento en los Establecimientos Penitenciarios y Oficinas del Medio Libre. Articulo 3º.- Los organos del Instituto Nacional Penitenciario, brindaran todo el apoyo y colaboracion para el cumplimiento del presente convenio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COSTA SANTOLALLA Presidente Instituto Nacional Penitenciario 26024

Aprueban Convenio de Cooperacion Itrnttcoa ssrt cn l Fa neisiuinl ucio o a rtria Creai dlPr pr ao endd aclra e eu aa pyar programas de evangelizacion, educco y sld e etbeiino ain au n salcmets pntniro eiecais
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 767-2001-INPE-P MORDAZA, 7 de junio de 2001 Visto, el Oficio Nº 776-2001-INPE/06.02, de fecha 7 de junio del 2001, el cual remite el Proyecto de "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre Fraternidad Carcelaria del Peru y el Instituto Nacional Penitenciario". CONSIDERANDO: Que, el inciso decimo MORDAZA del Articulo 135º del Decreto Legislativo Nº 654 "CODIGO DE EJECUCION PENAL", facultad al Instituto Nacional Penitenciario a celebrar convenios con entidades publicas y privadas. Que, Fraternidad Carcelaria del Peru a traves de la suscripcion del convenio cooperara con el Instituto Nacional Penitenciario, con la finalidad de apoyar y desarrollar conjuntamente en los establecimientos penitenciarios en el ambito nacional, programas de evangelizacion, educacion, salud, consejeria, promocion laboral, remodelacion de la infraestructura y mejoramiento del equipamiento, que contribuyan al MORDAZA resocializador del interno y en la reintegracion social del liberado. Asimismo, brindar especial atencion a los hijos de los internos que se encuentran en las guarderias o en las secciones femeninas de los Establecimientos Penitenciarios. En consecuencia, es necesario aprobar el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre Fraternidad Carcelaria del Peru y el Instituto Nacional Penitenciario. Con la opinion favorable de la Oficina General de Tratamiento, Asesoria Juridica y Planificacion. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 654 "CODIGO DE EJECUCION PENAL", Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema Nº 0892001-JUS. SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR el "Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre Fraternidad Carcelaria

S U N AT
Atrzn dlgr arbcoe pr uoia eea tiuins aa arbr Bss d Lctcoe, Cn poa ae e iiains ocro Pbio yAjdccoe Duss ulcs duiains i rectas que se convoquen y contratar aqiiind bee ysriis dusco e ins evco
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 068-2001/SUNAT MORDAZA, 26 de junio de 2001

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