Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2001 (30/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Nº DE ORDEN APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

NORMAS LEGALES

correspondiente; c) MORDAZA simple del acuerdo del organo social competente del o de los fideicomitentes para iniciar el MORDAZA de titulizacion y decidir la transferencia fiduciaria de los activos que integraran el patrimonio fideicometido; d) Declaracion respecto de los efectos que se derivan de la transferencia fiduciaria de los activos en la situacion financiera y el patrimonio del o de los fideicomitentes, suscrita por representante autorizado de los mismos; e) Prospecto informativo, con el contenido que se senala en el Articulo 45º del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 001-97-EF/94.10; Adicionalmente, debera presentar la informacion contenida en las Normas Comunes para la determinacion del contenido de los documentos informaticos, de conformidad con lo dispuesto en la Resolucion Gerencial N° 211-98EF/94.11 publicada el el 24/12/98 f) MORDAZA simple del instrumento relativo al contrato o acto unilateral constitutivo del fideicomiso, o el instrumento MORDAZA y su complemento, de ser el caso; g) Contrato celebrado con el servidor para la administracion del cobro de los derechos que confieren los activos, de ser el caso; h) Contrato de custodia de los activos y documentos relativos a ellos, de ser el caso; i) Instrumento por el que se emiten los valores representativos de derechos de credito, en el caso a que se refiere el inciso b) del MORDAZA parrafo del Articulo 14 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 001-97-EF/94.10.; j) Contrato suscrito con intermediario autorizado para la colocacion de los valores, de ser el caso; k) Modelo del valor, cuando los valores a emitir vayan a ser representados mediante titulos; l) Los dos (2) ultimos estados financieros auditados del patrimonio fideicometido, o por el tiempo de existencia, y ultimos estados financieros sin auditar, debiendo contar en este ultimo caso con opinion favorable de una reconocida sociedad auditora e incluir una descripcion de los principios y principales politicas contables utilizadas y a utilizar para su elaboracion; m) De no haberse efectuado a traves del acto constitutivo, instrumento por el que se designa al factor fiduciario y, cuando corresponda, a los miembros de la comision administradora u organo equivalente, acompanada de la declaracion jurada de no encontrarse sujetos a impedimentos y Curriculum Vitae de cada uno de ellos; n) Toda aquella otra documentacion e informacion que MORDAZA relevantes para los inversionistas; o) Toda aquella documentacion e informacion adicional que solicite CONASEV 2. Sin perjuicio de los requisitos anteriores, para la inscripcion del valor en el registro se requiere obtener la clasificacion correspondiente en el caso de: a. Emision de valores representativos de derechos crediticios; b. Emision de valores que representen un derecho de participacion en un patrimonio fideicometido conformado preponderantemente por uno o mas creditos. Tratandose de valores distintos a los senalados en los incisos precedentes, la clasificacion de riesgos es facultativa. 3. Comprobante de pago de los derechos respectivos, por cada emision.

MORDAZA, sabado 30 de junio de 2001

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INSCRIPCION DE PROGRAMAS DE EMISION DE VALORES EN VIRTUD DE PROCESOS DE TITULIZACION A PARTIR DE FIDEICOMISOS DE TITULIZACION.

Base Legal: MORDAZA parrafo del Articulos 43 y Articulos 44 y 45 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos aprobado mediante Resolucion CONASEV 001-97-EF/94.10 publicado el 09/01/97 y Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Publicas de Valores Mobiliarios aprobado por Resolucion Gerencia General N° 211-98-EF/94.11 publicada el el 24/12/98 1. Solicitud dirigida al Gerente de Mercados y Emisores, senalando al menos, el monto MORDAZA que estara permitido mantener en circulacion, el MORDAZA de activos a titulizar y las clases o series de valores a emitir y el plazo del programa, el cual no podra exceder de dos anos . 2. Debera presentarse la siguiente documentacion e informacion: a) MORDAZA simple del acta del organo social competente, en la que se acuerde llevar a cabo el programa y se establezca el plazo del mismo y el monto MORDAZA a mantener en circulacion, y los aspectos relativos al mismo que se mantendran constantes durante dicho plazo; Inafecto

x 30 dias utiles.

Tramite Documentario de CONASEV

Gerente General Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de reconsideracion y/o Apelacion. La apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa.

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