Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2001 (30/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

Nº DE ORDEN APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

tos, asi como las rubricas de los representantes legales y del contador pu blico colegiado que suscribiran los estados financieros, y aquel que designe el directorio o la gerencia general de la empresa, cuando corresponda, para efectos de la comunicacion de los Hechos de Importancia a CONASEV, designacion que debera estar acreditada mediante el acuerdo respectivo.

MORDAZA, sabado 30 de junio de 2001

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AUTORIZACION DE ORGANIZACION DE LAS BOLSAS DE VALORES

1UIT

x 30 dias utiles

Tramite Documentario de CONASEV

Base Legal: Articulo 45, 46 y 47 del Reglamento de Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N° 079-97-EF/94.10, publicado el 14/02/97. 1. Solicitud dirigida al Gerente de Mercados y Emisores de CONASEV, presentada por no menos de tres(3) personas naturales o juridicas conteniendo la informacion siguiente: a. Nombre, nacionalidad, estado civil y profesion u ocupacion de cada uno de los organizadores, o en su caso, la razon social de la persona juridica y los datos mencionados referidos a sus representantes legales. b. Nombre de la Bolsa, en el que ha de figurar el termino "Bolsa de Valores". c. Lugar en que funcionara. d. Operaciones y servicios que proyecta realizar. e. Mecanismos centralizados de negociacion de valores que operaran en ella. f. Monto del patrimonio con el que se propone iniciar sus operaciones, el mismo que no debera ser menor al establecido en el articulo 133 de la Ley del MORDAZA de Valores. 2. Los organizadores deben acompanar a su solicitud la siguiente documentacion : a. Proyecto de minuta de constitucion social y estatutos, de acuerdo a lo establecido en el articulo 143 y 146 de la Ley del MORDAZA de Valores, indicando ademas las funciones que va a realizar y sus obligaciones de acuerdo con lo senalado los articulos 132 y 138, respectivamente, de la mencionada Ley. b. Estudio de factibilidad economico-financiera en el que se detalle: i. El estudio de mercado. ii. Analisis de sensibilidad de MORDAZA considerando escenarios normal, optimista y pesimista. iii. La inversion proyectada. iv. El financiamiento. v. La organizacion administrativa. c. Declaracion jurada de cada uno de los organizadores senalando cumplir con los requisitos a que se refiere el articulo 149 de la Ley del MORDAZA de Valores. d. Curriculum vitae de cada uno de los organizadores y de los representantes legales en el caso de personas juridicas. e. Declaracion jurada de cada uno de los organizadores o de los representantes legales, en el caso de personas juridicas; de haber cumplido sus obligaciones tributarias por el periodo sujeto a prescripcion, de no tener antecedentes policiales, penales y judiciales, asi como de no haber sido declarados en quiebra ni tener procedimiento incoado o sobreseido de tal naturaleza, a la fecha de MORDAZA de la solicitud. 3. Remitir MORDAZA simple del aviso a que se refiere el articulo 26º del Reglamento de Registro Publico del MORDAZA de Valores, al dia siguiente de su publicacion. 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la la via administrativa.

NORMAS LEGALES

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AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LAS BOLSAS DE VALORES E INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES

Base Legal : Articulos 132, 133, 138, 143 y 146 de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y articulos 24, 25 y 26 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, publicada el 14/02/97. 1. Solicitud dirigida al Gerente de Mercados y Emisores acreditando que los miembros del Consejo Directivo de la Bolsa cumplen con las condiciones establecidas en los articulos 149 y 150 de la Ley del MORDAZA de Valores, y que el gerente general y los directores de los mecanismos centralizados de negociacion de valores que operaran en la Bolsa cumplen con las disposiciones del articulo 157 de la citada ley. Acreditando asimismo, que

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Tramite Documentario de CONASEV

En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo

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