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Pág. 199852 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de marzo de 2001 Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Luis Miyahira Higa como miembro del Comité Especial encargado de determinar y promover los aero- puertos de la República que serán entregados en conce- sión al sector privado. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 19831 Designan miembro del Comité Espe- cial encargado de determinar y promo- ver los aeropuertos de la República que serán entregados en concesión al sector privado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2001-MTC Lima, 10 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 458-97-PCM, se constituyó el Comité Especial encargado de determi- nar y promover los aeropuertos de la república que serán entregados en concesión al sector privado; Que mediante Resoluciones Supremas Nºs. 280-98- PCM, 28-98-TR, 609-99-PCM y 455-2000-PCM, se modi- ficó sucesivamente la conformación del referido Comité Especial; Que, mediante Resolución Suprema Nº 044-2001- MTC, se aceptó la renuncia del señor Luis Miyahira Higa como miembro del referido Comité Especial; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560 y los Decretos Supremos Nºs. 059-96-PCM y 060-96-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como miembro del Comité Especial que estará encargado de determinar y promover los aeropuertos de la república que serán entregados en concesión al sector privado, al señor Wilson Benzaquen Rengifo. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas LUIS ORTEGA NAVARRETE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 19832Aprueban transferencia de bienes y derechos de propiedad de ENAPU S.A. a favor del Ministerio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2001-MTC Lima, 10 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25582 la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. fue incluida en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674 y normas modifica- torias; Que, por Resolución Suprema Nº 318-94-PCM del 2 de agosto de 1994, se rectificó el acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, mediante el cual se definió la modalidad para llevar adelante el proceso de privatización en ENAPU S.A.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-99-PE el Estado Peruano garantizó las declaraciones, seguridades, garantías y obligaciones a su cargo contenidas en el contrato para la construcción, conservación y explotación del terminal Portuario de Matarani, autorizándose al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción a suscribir el contrato de otorgamiento de garantía; Que, con fecha 17 de agosto de 1999 se suscribió el Contrato de Concesión del Puerto de Matarani entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construc- ción y el Terminal Internacional del Sur S.A. - TI- SUR; Que, los bienes objeto de la concesión que se encuentran descritos en el Anexo "F" del referido contrato, continúan formando parte de los activos de ENAPU S.A., lo cual puede generar dificultades para el cumplimiento y ejecución del Contrato de Conce- sión; Que, en consecuencia es necesario dictar las medidas correspondientes para transferir a gratuito e inscribir a favor del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción la propiedad de los bienes des- critos en el Anexo "F" del Contrato de Concesión, cuyo titular actual es la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A.; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25582, el Decre- to Legislativo Nº 804, el Decreto Supremo Nº 059-96- PCM, el Decreto Supremo Nº 013-99-PE y la Resolución Suprema Nº 318-94-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia a título gratui- to a favor del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción, de los bienes y derechos de propiedad de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., cuya relación se detalla en el Anexo "F" del Contrato de Concesión y que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Precisar que es de aplicación a la trans- ferencia a que se refiere el artículo anterior, lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 782 concor- dado con el Artículo 4º de la Ley Nº 26885. Artículo 3º.- La inscripción de la independización y de las transferencias de los bienes comprendidos dentro de los alcances del Artículo 1º del presente dispositivo en los Registros Públicos respectivos, deberá ser efectuada por la Oficina Registral correspondiente, por el sólo mérito del presente dispositivo y la solicitud que al efecto presente el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Artículo 4º.- El Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción dictará las medi- das complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolu- ción. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicacio-