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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2001 (12/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 199856 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de marzo de 2001 Revocan permiso de operación para prestar servicios aéreos especiales remunerado turístico y complementa- rio deportivo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 046-2001-MTC/15.16 Lima, 5 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 106-98-MTC/15.16 del 10 de agosto de 1998, se otorgó a GLOBOS DE LOS ANDES S.A., Permiso de Operación para prestar Servicio Aéreo Especial Remunerado Turístico y Servicio Aéreo Especial Complementario Deportivo; Que, en el Proceso de Certificación que venía gestio- nando GLOBOS DE LOS ANDES S.A., se produjeron múltiples retrasos y postergaciones en la presentación de la documentación solicitada; Que, GLOBOS DE LOS ANDES S.A. no cumplió satisfactoriamente con el respectivo Proceso de Certifica- ción, procediéndose consecuentemente con el trámite de revocación del Permiso de Operación correspondiente, de acuerdo a la Primera Disposición Transitoria de la Guía del Usuario, aprobada por Resolución Directoral Nº 024- 2000-MTC/12.16 del 28 de enero del 2000; Que, mediante Oficio Nº 849-2000-MTC/15.16.05.1 del 22 de setiembre del 2000, se notificó a la citada compañía, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 169º del Decreto Supremo Nº 054-88-TC, Reglamento vigente de acuerdo a lo señalado en la Tercera Disposi- ción Transitoria y Final de la Ley Nº 27261, otorgándole un plazo de quince (15) días calendario para remitir las pruebas o alegatos que estime convenientes; Que, GLOBOS DE LOS ANDES S.A. ha interrumpido sus operaciones aéreas excediendo los noventa (90) días calendario señalados por la normatividad aeronáutica peruana, no habiendo cumplido a la fecha con remitir las pruebas o alegatos, de acuerdo a lo dispuesto por el Oficio Nº 849-2000-MTC/15.16.05.1 del 22 de setiembre del 2000, habiendo asimismo vencido en excedo el plazo otorgado; Que, mediante el Memorándum Nº 068-2001-MTC/ 15.16.05.3 del 19 de febrero del 2001 la Dirección de Seguridad Aérea indica que GLOBOS DE LOS ANDES S.A. no cuenta con capacidad operacional, personal aero- náutico, ni de aeronavegabilidad; Que, de lo antes señalado se desprende que GLOBOS DE LOS ANDES S.A. ha incurrido en las causales de Revocación de Permiso de Operación señalada en los literales a), e) y j), numeral 97.2, del Artículo 97º de la Ley de Aeronáutica Civil - Ley Nº 27261; Que, según lo dispuesto por el Artículo 6º de la Resolu- ción Directoral Nº 106-98-MTC/15.16 del 10 de agosto de 1998, es necesaria la expedición del acto administrativo correspondiente para revocar el Permiso de Operación otorgado; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo"; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente de acuerdo a lo señalado en la Tercera Disposición Transitoria y Final de la referida Ley; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo Único.- REVOCAR el Permiso de Operación para prestar Servicio Aéreo Especial Remunerado Turístico y Servicio Aéreo Especial Complementario Deportivo, otor- gado a GLOBOS DE LOS ANDES S.A. y, en consecuencia, dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 106-98-MTC/ 15.16 del 10 de agosto de 1998, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO REBAGLIATI CASTAÑÓN Director General de Aeronáutica Civil 19774CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen el diseño del Cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias para el año judicial 2001, a realizarse en dependencias del Distrito Judicial del Cono Norte CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CONO NORTE DE LIMA OFICINA DISTRITAL DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA JEFATURA VISITA JUDICIAL AÑO 2001-ODICMA-CSJ-CNL RESOLUCIÓN Nº 001 Independencia, cinco de febrero del dos mil. AUTOS y VISTOS; y, ATENDIENDO: Primero.- Que, como parte del proceso de reforma judicial es necesario la realización de un control constante respecto de todos y cada uno de los Magistrados y Auxiliares de Justicia del funcionamiento correcto de los Organos Jurisdiccionales del Poder Judicial; Segundo.- Que el referido control se realiza a cabo mediante la programación de Visitas Ordina- rias y Extraordinarias en las diferentes dependencias juris- diccionales, teniendo por finalidad evaluar y supervisar la idoneidad, conducta, eficiencia y eficacia del desempeño funcional de los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, evaluación periódica de la conducta funcional, con fines de lograr la prestación de un eficiente servicio de justicia; Tercero.- Que, la planificación, organiza- ción, dirección y evaluación en materia de Control son funciones del Jefe de la Odicma en coordinación con el Jefe de la OCMA. Por las consideraciones precedentes y en aplicación de lo dispuesto en los incisos a) y b) del Artículo doce del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, en concordancia con el inciso a) del Artículo sesentitrés del Manual de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura y sus Oficinas Distritales; SE RESUELVE: Primero.- Diseñar el Cronograma de las Visitas Judiciales Ordinarias del presente Año Judicial dos mil uno, a realizarse en las distintas dependencias jurisdic- cionales del Distrito Judicial de esta Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, desarrollándose en el siguiente orden: A) JUZGADOS DE PAZ LETRADOS: JUNIO: Juzgados de Paz Letrados de Comas, Juzgado de Paz Letrado de Carabayllo; JULIO: Juzgados de Paz Letra- dos de San Martín de Porres, Juzgado de Paz Letrado de Los Olivos; AGOSTO: Juzgados de Paz Letrados de Indepen- dencia; Juzgado de Paz Letrado de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón; Juzgado de Paz Letrado de la provincia de Canta; B) JUZGADOS ESPECIALIZADOS y MIXTOS: AGOSTO: Juzgado Mixto de la provincia de Canta; SETIEMBRE: Juzgados Especializados en lo Penal; OCTU- BRE: Juzgados Especializados en lo Civil del Módulo Cor- porativo; NOVIEMBRE: Juzgados de Familia y Juzgado Laboral; C) SALAS SUPERIORES: DICIEMBRE: Salas Superiores Especializadas en lo Penal y Civil; Segundo.- Las Visitas Ordinarias Programadas se efectuarán en las fechas anotadas por las Comisiones Distritales de Control de la Magistratura de Turno; Tercero.- Las Visitas Extra- ordinarias se realizarán en el presente año judicial en todas las Judicaturas de esta Corte, con carácter de permanente y en forma inopinada, en consecuencia; dése cuenta y ELÉVESE a la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) el presente Cronograma de Visitas Ordinarias y Extraordinarias, para su conocimiento y fines consiguientes, oficiándose con la debida nota de atención; REGÍSTRESE y COMUNÍQUESE, Publicándose oportunamente. MANUEL JESUS MIRANDA CANALES Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura del Cono Norte de Lima 19751