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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2001 (12/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 199857 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de marzo de 2001 Rectifican resolución sobre cronogra- ma de Visitas Judiciales Ordinarias para el año judicial 2001, a realizarse en dependencias del Distrito Judicial del Cono Norte CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CONO NORTE DE LIMA OFICINA DISTRITAL DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA JEFATURA VISITA JUDICIAL AÑO 2001-ODICMA-CSJ-CNL RESOLUCIÓN Nº 002 Cono Norte de Lima, seis de febrero del dos mil uno. AUTOS Y VISTOS: Primero.- De la revisión de la Resolución número uno, se tiene que se ha incurrido en error material al consignarse el año de expedición, toda vez que la Visita Judicial programada corresponde al año dos mil uno, por tanto la resolución en cuestión ha sido emitida en este año; Segundo.- Que, antes que la resolución cause ejecutoria el Juez puede, de oficio o a pedido de parte sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga, siendo que los errores numéricos y ortográficos pueden corregirse incluso durante la ejecución de la resolución, conforme lo señala el Artículo cuatrocientos siete del Código Adjetivo Civil, norma legal que resulta de aplicación supleto- ria a los procesos administrativos de competencia de esta Oficina Distrital de Control de la Magistratura a tenor de lo dispuesto por el Artículo Tercero del Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratu- ra; Por tales consideraciones; SE RESUELVE: CORRE- GIR la Resolución número uno de fecha cinco de febrero del dos mil, debiendo entenderse que el año de expedición es el dos mil uno, notifíquese por nota. MANUEL JESUS MIRANDA CANALES Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura del Cono Norte de Lima 19752 Disponen la realización de Visitas Judi- ciales Ordinarias y Extraordinarias en dependencias de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CONO NORTE DE LIMA OFICINA DISTRITAL DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA JEFATURA VISITA JUDICIAL AÑO 2001-ODICMA-CSJ-CNL RESOLUCIÓN Nº 003 Independencia, primero de marzo del dos mil uno. DADO CUENTA; y, ATENDIENDO: Primero: Que, mediante resolución su fecha cinco de febrero del dos mil uno, se programó las Visitas Judiciales Ordinarias y Extraordina- rias en las diferentes dependencias jurisdiccionales de este Distrito Judicial, de acuerdo al Cronograma de Visitas dise- ñadas por esta Jefatura conforme a sus facultades contenidas en el inciso b) del Artículo doce del reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura; Segundo: Que, el desarrollo de las respectivas visitas se llevarán a cabo por cada Comisión Distrital de Control de la Magistratura de Turno según el Cronograma elaborado; Tercero: Que, la resolución y el Cronograma de las Visitas Judiciales señalada precedentemente fue puesta a conoci- miento de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial para los fines de su competencia, con fecha doce de febrero del dos mil uno, encontrándose a la fecha pendiente de la respectiva publicación, y conocimiento de las Judicatu-ras de este Distrito Judicial. Por las consideraciones preceden- tes, SE RESUELVE: Primero.- DISPONER la realización de las Visitas Judiciales Ordinarias y Extraordinarias en las Dependencias Judiciales de esta Corte conforme al Cronogra- ma elaborado mediante Resolución número uno su fecha cinco de febrero del año en curso, debiéndose efectuar con tal fin, la publicación del citado Cronograma de Visitas Judicia- les Ordinarias y Extraordinarias en el Diario Oficial El Peruano, oficiándose al respecto a la Administración de esta Corte Superior; Segundo.- DISPONER que las Visitas Ordinarias y Extraordinarias se realice por el Presidente de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura (CODI- CMA) de Turno conforme al cronograma señalado; Terce- ro.- PRACTÍQUESE las Visitas Judiciales Extraordinarias en las diferentes Dependencias jurisdiccionales de este Dis- trito Judicial, atendiendo a las incidencias y naturaleza de las Quejas y Denuncias; Cuarto.- PÓNGASE a conocimiento de las Judicaturas de esta Corte Superior de Justicia, la presente Resolución, así como la Resolución número uno de fecha cinco de febrero del dos mil uno, con el respectivo cronograma de visitas; COMUNÍQUESE a la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, a la Presidencia de la CODIC- MA, a la Administración de esta Corte; oficiándose. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MANUEL JESUS MIRANDA CANALES Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura del Cono Norte de Lima 19753 S B S Autorizan la inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 839-2000 Lima, 22 de noviembre del 2000 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Pedro David Vásquez Pinedo para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Segu- ros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indi- cado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Pedro David Vásquez Pinedo con el Nº N-3508 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 19720