Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2001 (12/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 199858 NORMAS LEGALES Lima, lunes 12 de marzo de 2001 CONSUCODE Relación de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribu- nal de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado correspondiente al mes de febrero del año 2001 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 037-2001-CONSUCODE/PRE Jesús María, 1 de marzo de 2001 VISTO: El Memorándum Nº 055-2001-RNC del Gerente de Registros, referido a la publicación del Listado de Inhabi- litados para Contratar con el Estado; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 8º de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relación de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Artículo 186º del Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98- PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, publicará mensualmente la relación de proveedores, postores o contratistas que, en ese período, hayan sido sancionados con inhabilitación para contratar con el Estado; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Registros respecto de los proveedores, postores o contratistas sanciona- dos por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del CONSUCODE durante el mes de febrero; y, De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59º inciso "d" de la Ley Nº 26850 y el Artículo 5º inciso "b" y Artículo 7º inciso "g" del Decreto Supremo Nº 047-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de la relación de proveedores, postores y contratistas sancio- nados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado correspondiente al mes de febrero: 1. DROGUERIA MORENO S.A. - DROMOSA.- Inha- bilitación temporal de ciento ochenta (180) días calenda- rio en el ejercicio de su derecho a participar en procesos de selección y a contratar con el Estado, por incumpli- miento injustificado de contrato, según Resolución Nº 008/2001.TC-S1 de 5.2.2001. Publicación: 11.2.2001. 2. CONSTRUCTORA ESPA S.R.LTDA. (6338).- Inha- bilitación temporal de un (1) año en el ejercicio de su derecho a presentarse a procesos de selección y a contra- tar con el Estado, por rescisión administrativa de contra- to, según Resolución Nº 011/2001.TC-S1 de 9.2.2001. Publicación: 28.2.2001. 3. EMPRESA DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE TRANSPORTE, ESTIBAJE, SEGURIDAD Y MANTE- NIMIENTO EN GENERAL S.A. - ESTESMAN S.A.- Inhabi- litación temporal de dos (2) años en el ejercicio de su derecho a participar en Licitaciones, Concursos Públicos, Adjudica- ciones Directas y a contratar con el Estado, por presentación de documentación falsa, según Resolución Nº 016/2001.TC- S1 de 21.2.2001. Publicación: 28.2.2001. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Regis- tros incorpore la relación de inhabilitados para contratar con el Estado, correspondiente al mes de febrero, a la página web de la entidad, www.consucode.gob.pe , donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SALAZAR CHAVEZ Presidente 19749OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL Renuevan tarjetas FONAHPU emitidas al amparo del D.U. Nº 034-98 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 070-2001-JEFATURA/ONP Lima, 7 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto de Urgencia Nº 034-98 se creó el Fondo Nacional de Ahorro Público - FONAHPU, institu- ción que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º de la citada norma tiene personería jurídica de Derecho Públi- co, teniendo por objeto otorgar dos bonificaciones anuales a los pensionistas comprendidos en los regímenes de los Decretos Leyes Nºs 19990 y 20530 (Instituciones del Gobierno Central), cuyas pensiones totales mensuales no sean mayores de Un Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,000.00); Que, de acuerdo a lo dispuesto por el segundo párrafo del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 019-2000-EF, las tarjetas emitidas al amparo del Decreto de Urgencia Nº 034-98 con vencimiento al 31 de marzo de 2001 serán renovadas automáticamente por la ONP hasta el 31 de diciembre de 2005; Estando a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, en el Artículo 7º del Estatuto de la ONP aprobado por Decreto Supremo Nº 61- 95-EF, elevado a rango de ley por Ley Nº 26504, el Artículo 5º de la Resolución Suprema Nº 048-95-EF, Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, y el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 019-2000-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Renovar automáticamente las tarje- tas FONAHPU emitidas al amparo del Decreto de Urgen- cia Nº 034-98 hasta el 31 de diciembre del año 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. GABRIEL AMARO ALZAMORA Jefe Oficina de Normalización Previsional 19755 R P M Dan por concluida designación de miembros del Consejo Consultivo del Registro Público de Minería RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 046-2001-RPM/A Lima, 9 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Jefatural Nº 198-99-RPM/A, del 11 de agosto de 1999, se designó a los miembros del Consejo Consultivo del Registro Público de Minería; De conformidad con el Artículo 7º del Decreto Legisla- tivo Nº 110, Ley Orgánica del Registro Público de Mine- ría; y, Con la visación del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida a partir de la fecha la designación de los miembros del Consejo Con-