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Pág. 199901 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de marzo de 2001 Vista la Carta S/N de fecha 21 de febrero de 2001, del Secretario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; CONSIDERANDO: Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos realizará una reunión previa a la celebración de la audien- cia pública del caso CDH 11.528 el día 14 de marzo de 2001, en la ciudad de San José de Costa Rica; Que, mediante Resolución Suprema Nº 062-2001-RE el doctor Javier Ernesto Ciurlizza Contreras, Jefe del Gabi- nete de Asesores del Ministerio de Justicia, ha sido desig- nado como agente titular y el doctor César Lino Azabache Caracciolo, agente alterno, para el seguimiento del caso CDH 11.528 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por lo que es necesario autorizar el viaje del 13 al 14 de marzo, así como los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 031-89- EF y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Javier Ernesto Ciurlizza Contreras, agente titular y del doctor César Lino Azabache Caracciolo, agente alterno, a la ciudad de San José de Costa Rica, del 13 al 14 de marzo de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos de acuer- do al siguiente detalle: Pliego 006 Ministerio de Justicia Doctor Javier Ernesto Ciurlizza Contreras Pasajes US$ 813,02 Viáticos US$ 600,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Tarifa de aeropuerto de San José - Costa Rica US$ 17,00 Proyecto PER/92/045 "Reestructuración Integral de la Administración de Justicia en el Perú" Doctor César Lino Azabache Caracciolo Pasajes US$ 813,02 Viáticos US$ 139,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Tarifa de aeropuerto de San José - Costa Rica US$ 17,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 19965Encargan al Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros la defensa de los derechos e intereses de la COPRI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 073-2001-JUS Lima, 12 de marzo de 2001 Visto el Oficio Nº 062-2001-JUS/CDJE-P, de fecha 2 de febrero de 2001, de la Presidenta del Consejo de Defensa Judicial del Estado; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 046-2001-JUS, se autorizó para que, por Resolución Ministerial, se encargue a Procuradores Públicos titulares, la defensa de organis- mos públicos que se encuentran adscritos a Ministerios cuyos Titulares los presiden o dirigen; Que, la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (Copri), es el organismo encargado de diseñar y concluir el proceso de promoción de la inversión privada en el ámbito de las empresas que conforman la Actividad Empresarial del Estado, centralizando la toma de decisiones a este respecto, como organismo rector máximo, encontrándose adscrito al Sector que se determine por Resolución Supre- ma, cuyo titular la preside; Que, en consecuencia, en cumplimiento a lo establecido en la Resolución Suprema Nº 046-2001-JUS, corresponde encargar la defensa de los intereses de dicho organismo a un Procurador Público titular, por lo que considerando la naturaleza de la función que desarrolla, es necesario emitir la correspondiente resolución; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, y en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar, al Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros, la defensa de los derechos e intereses de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (Copri). Artículo 2º.- El citado organismo prestará el apoyo profesional y material necesarios al Procurador Públi- co encargado, para el cabal cumplimiento de sus funciones. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (Copri) y al Procurador Público de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 19854