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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2001 (20/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

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Pág. 200188 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de marzo de 2001 4. En esta misma sesión, el Presidente del Comité de Gestión presenta la Memoria Anual de las actividades del mismo, priorizando la identificación de las estrategias y actividades implementadas con el fin de colaborar en la búsqueda de alcanzar los objetivos y metas determinados por el Plan de Trabajo del Área Natural Protegida, así como las dificultades que se hubieran podido haber pre- sentado; las conclusiones deben necesariamente conte- ner las recomendaciones del caso. Una vez la Asamblea de Miembros apruebe dicha Memoria Anual la misma debe ser remitida para conocimiento a la Dirección Gene- ral. 5. El quórum para las sesiones de la Asamblea de Miembros del Comité de Gestión es la mayoría simple de sus miembros; los acuerdos se toman por mayoría abso- luta. El Jefe del Área Natural Protegida actuará como Secretario del mismo, con voz pero sin voto. 6. Los Comités de Gestión implementan mecanismos de participación, tales como procedimientos de consulta y opinión para que las personas y grupos locales intere- sados en el manejo del Área Natural Protegida correspon- diente puedan participar activamente en su gestión. El propio Comité tiene sus mecanismos para la incorpora- ción y separación de miembros, así como para la renova- ción de cargos de su Comisión Ejecutiva y Comisiones o Grupos de Trabajo que se establezcan. Artículo 10º.- Modelo de Reglamento de Sesio- nes y Funcionamiento El Reglamento de Sesiones y Funcionamiento debe ser elaborado en base al modelo que es parte del presente documento. Artículo 11º.- Adecuación En los casos de Áreas Naturales Protegidas que cuen- ten con Comités Locales, o, aquellas donde se han venido implementando de manera preparatoria Comités de Ges- tión y que hayan contado con el aval de la Dirección General, no les es aplicable los incisos a) al d) del Artículo 8º del presente documento. MODELO DE REGLAMENTO DE SESIONES Y FUNCIONAMIENTO TITULO I Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1º.- El presente Reglamento de Sesiones y Funcionamiento norma la naturaleza, funciones, objeti- vos y estructura del Comité de Gestión de ( nombre del Área Natural Protegida - ANP ). Artículo 2º.- El Comité de Gestión de ( nombre del ANP ) es un grupo de personas e instituciones, públicas y privadas, que se reúne voluntariamente para realizar acciones en beneficio de ( nombre del ANP ), en el ámbito del Plan de Trabajo aprobado por el INRENA para la misma, y de conformidad con los Artículos 15º y 16º de la Ley Nº 26834 y demás normas aplicables. No tiene perso- nería jurídica y se establece por tiempo indefinido. Tiene como ámbito de acción toda la superficie que comprende el (la) (nombre del ANP ), ubicado ( a) en el distrito de ......., provincia de .... departamento de ......... Artículo 3º.- El reconocimiento del Comité de Ges- tión de ( nombre del ANP ) compete al INRENA, quien emite la correspondiente Resolución Directoral en con- cordancia con el Artículo 15º de la Ley Nº 26834. Artículo 4º.- El Comité de Gestión de ( nombre del ANP ) para fines de comunicación, fija como domicilio el distrito de ......., provincia de ........, departamento de .......... Capítulo II De las Funciones y objetivos del Comité de Gestión Artículo 5º.- Corresponde al Comité de Gestión de (nombre del ANP ): a) Proponer estrategias a fin de alcanzar los objetivos y las metas planteadas en el Plan de Trabajo Anual de (nombre del ANP ), dentro del marco de la política nacio- nal sobre Áreas Naturales Protegidas; b) Proponer y facilitar procesos para la elaboración de normas que sean posteriormente propuestas al INRENA; c) Apoyar en la gestión y administración de ( nombre del ANP );d) Participar en la coordinación de los diferentes programas y planes ambientales, de investigación, edu- cativos, de uso de recursos; así como, de la conservación del Patrimonio Natural en el ámbito de ( nombre del ANP ); e) Velar por el funcionamiento de ( nombre del ANP ) y la ejecución de los planes aprobados por el INRENA para (nombre del ANP ); f) Velar por la adecuada implementación de las políti- cas, estrategias y acciones contenidas en el Plan Maestro de (nombre del ANP ) para una eficiente y coordinada gestión administrativa y técnica de ( nombre del ANP ); g) Promover el desarrollo de actividades compatibles con la naturaleza de ( nombre del ANP ) y que estén orientadas a alcanzar los objetivos de conservación de la misma; h) Promover (en aquellos casos que corresponda a la naturaleza del área) el uso de recursos y del espacio físico dentro del ( nombre del ANP ) orientadas al desarrollo sostenible del área y al mejoramiento de la calidad de vida de las poblaciones locales especialmente de las Comuni- dades Campesinas y/o Nativas; i) Promover la ejecución de proyectos de investigación relacionados con la conservación, la ecología y el mejora- miento de las condiciones ambientales, sociales y econó- micas de la población local; j) Promover la educación ambiental en el ámbito de (nombre del ANP ); k) Supervisar el cumplimiento de los contratos y/o convenios relacionados con la administración y manejo del ( nombre del ANP ); l) Facilitar la coordinación intersectorial para apoyar la gestión de la administración de ( nombre del ANP ); m) Coordinar y promover un proceso concertado entre las diferentes instancias sociales, políticas y económicas que intervienen en el área; n) Actuar bajo una estrategia de facilitación que incluya procesos participativos, manejo de conflictos y difusión de la conservación de ( nombre del ANP ); o) Promover la participación de las poblaciones loca- les, sectores productivos y no productivos en la conserva- ción de ( nombre del ANP ); p) Apoyar campañas nacionales orientadas a mejorar la imagen de ( nombre del A NP), en sus diferentes compo- nentes; q) Proponer iniciativas para la captación de recursos financieros; y, r) (otras funciones específicas que se requieran de acuerdo al ANP, en el marco de las funciones anteriores, que son las establecidas por la normatividad aplicable ). TITULO II DE LA ORGANIZACION Capítulo I De la Estructura Artículo 6º.- El Comité de Gestión de (nombre del ANP) tiene la siguiente estructura: a) La Asamblea de Miembros; b) La Comisión Ejecutiva; y, c) (De ser el caso las divisiones sectoriales o geográfi- cas que se requieran). Capítulo II De los Miembros Artículo 7º.- El Comité de Gestión de ( nombre del ANP ) está integrado por todas aquellas instituciones, personas naturales o jurídicas del sector público o priva- do, relacionadas en su quehacer con el trabajo de la (nombre del ANP ). Corresponde a los miembros del Comité de Gestión: a) Participar en las sesiones ordinarias y extraordina- rias con voz y voto; b) Integrar las comisiones y grupos de trabajo que se decida conformar para el mejor funcionamiento del Co- mité de Gestión; c) Tener acceso a la información que se genere al interior del Comité de Gestión o que éste obtenga en su relación con los distintos grupos de interés; d) Proveer de información al Comité de Gestión res- pecto a sus actividades y planes que directa o indirecta- mente estén vinculadas a ( nombre del ANP ); e) Ocupar los cargos de representación del Comité de Gestión;