Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2001 (31/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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5. RESPONSABLE Division de Evaluacion y Estadistica. 6. APROBACION La Direccion de Operaciones aprobara el informe de valorizacion correspondiente. Cualquier generador integrante podra solicitar reconsideracion de la aprobacion efectuada. 7. PREMISAS 7.1. Se remunerara la energia reactiva entregada por los generadores durante los periodos de punta reactivo definidos por la CTE. 7.2. El costo unitario del kVAR-H sera unico para el SINAC y se determinara en base a la mensualidad correspondiente al costo de la fuente de energia reactiva de menor costo hipoteticamente conectada al Sistema Principal de Transmision (SPT). 7.3. Se reconocera en favor de las empresas de Transmision, los costos asociados a aquellos equipos que proveen compensacion reactiva al SINAC y que no estan incluidos en otros mecanismos de pago establecidos, previa aprobacion del Directorio del COES. Estos costos estaran limitados a aquellos correspondientes a los equipos de compensacion de menor costo capaces de brindar un servicio equivalente. 8. DATOS 8.1. Lecturas de Energia Activa y Reactiva para el correspondiente mes, en periodos de quince minutos, para los medidores especificados en Anexos Nº 2 y Nº 3. 8.2. El monto ST, definido en 3.2, sera calculado en base al plan referencial de la Empresa de Transmision y la Resolucion de la CTE correspondiente a la Fijacion Tarifaria del mes de mayo. El referido monto sera aprobado por el COES y tendra una vigencia anual. 8.3. El costo unitario del kVAR-H sera unico para el SINAC y se determinara en base a la anualidad correspondiente al costo de un banco de capacitores de 30 MVAR para 220 kV, considerando una tasa de 12 % y 30 anos (ver Anexo Nº 1). El referido costo unitario tendra una vigencia de seis meses y podra ser revisado como parte del estudio tarifario. 8.4. Las empresas integrantes deberan informar al COES los rangos efectivos de potencia reactiva correspondientes a sus unidades de generacion. 9. MORDAZA DE CALCULO 9.1. Cada mes "m" el COES efectuara un calculo de la suma de los aportes requeridos para el mes anterior de acuerdo con la ecuacion siguiente: [SUM(Ii)] m-1 = [SUM(Si)] m-1 + ST m-1- FCR m-1 Donde: m-1 = mes para el cual se efectua la valorizacion. i = 1..g (Nº de generadores) [SUM(Ii)]m-1 = Suma de los aportes requeridos de los generadores para el mes (m-1). = Saldo del Fondo FCR para el mes FCR m-1 (m-1), formado por la suma acumulada de los montos facturados por energia reactiva hasta el mes (m-1) inclusive, menos la suma acumulada de los pagos efectuados a generadores y transmisora hasta el mes (m-2) inclusive. [SUM(Si)]m-1 = Suma de los pagos a generadores por servicios asociados a compensacion reactiva efectuados durante el mes (m-1). = Pago a la transmisora para el mes STm-1 (m-1). En el caso que FCRm-1 [SUM(Si)]m-1 + STm-1 entonces, [SUM(Ii)]m-1 = 0

9.2. El monto a ser pagado a la Empresa de Transmision (ST) sera establecido como se senala en 8.2 . 9.3. Las magnitudes Si seran calculadas a partir de la cuantificacion de la energia reactiva aportada por cada generador "i" al Sistema en los periodos de punta reactivo definidos por la CTE, registrada por medidores digitales en los puntos de entrega de energia reactiva indicados el Anexo Nº 2. Se podran anadir al valor anterior los mayores costos reclamados por los generadores por su participacion en la regulacion de tension, de acuerdo a lo establecido por el Procedimiento No. 11. [SUM(Ii)] m-1 9.4. El termino [SUM(Ii)] m-1 resultante del calculo detallado en 9.1 sera prorrateado entre los generadores en proporcion a la energia activa total registrada para cada uno en los medidores indicados en 8.1, en los referidos periodos de punta. 9.5. Los pagos a generadores y transmisora definidos en 3.2 y 3.3 se efectuaran con cargo a las cuentas que componen el FCR (definido en 3.5) en proporcion a los respectivos saldos del mes anterior. 10. CRONOGRAMA Dia 5 Entrega de los datos indicados en 8.1 por las empresas integrantes del COES. Dia 8 Procesamiento de datos y elaboracion del informe de valorizacion de las transferencias. Dia 9 Entrega del informe a los integrantes para su revision. Dia 10 Aprobacion del informe por la Direccion de Operaciones. ANEXO Nº 1 COMPENSACION REACTIVA EN 220 kV PRESUPUESTO ESTIMADO POR BANCO (US$)
Celda de 220, con capacitores 30 MVAr, conexion doble MORDAZA, al exterior 1. EQUIPOS ELECTROMECANICOS 1.1 SUMINISTROS Interruptor trifasico en SF6, 2000A, 220kV con base y tablero local Seccionador trifasico, con cuchillas de tierra, 1250A, 220kV, completo Seccionador trifasico de barras, 1250A, 220 kV, completo Transformador de corriente 100:5/5A, 220 kV, monofasico Transformador de corriente, para proteccion de neutro de capacitores Pararrayos, 220 kV fase-fase, 150 kV fase-tierra, 20 kA Tablero para proteccion, medicion y mando remoto desde sala de control Banco de capacitores de 30,000 kVAr, con bases adecuado para 220 kV Reactor de amortiguacion, apropiado para 220 kV Cables de control Cadena de 19 aisladores antifog para 220 kV, completo, incluye ferreteria Estructuras: porticos metalicos de las barras de 220 kV Subtotal Suministros Fletes y Seguros Subtotal Suministros CIF Transporte, montaje y pruebas SUBTOTAL EQUIPAMIENTO 1.2 COSTOS INDIRECTOS G.G., utilidades, imprevistos e intereses TOTAL Gastos de internamiento (aranceles y gastos de aduana) TOTAL EQUIPAMIENTO 2. INGENIERIA Y SUPERVISION Ingenieria Supervision en fabrica Supervision en obra Subtotal ingenieria y supervision TOTAL: INGENIERIA Y SUPERVISION TOTAL GENERAL Nota: No incluye IGV. CALCULO PRECIO UNITARIO (*) Costo Total

75000 16000 29000 30000 6000 15000 30000 135000 21000 2500 4620 24000 388120 19406 407526 61129 468655 93731 562386 89656 652042 49792 18746 8551 22495 49792 49792 701834

INVERSION MENSUALIDAD HORAS US$/HORA US$/kVARh OPER. Y MANT. US$ US$ MENSUALES 3% 701834 6890 213 32 0.00108 3,2E-05 TOTAL US$/kVAR 0,001112 (*) MORDAZA UTIL 30 ANOS, TASA DE INTERES 12

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