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Pág. 202273 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de mayo de 2001 ANEXO 1 PROCEDIMIENTO Y REQUERIMIENTOS DE DOCUMENTACIÓN INDISPENSABLE QUE DEBEN CONTENER LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE LOS SOLICIT ANTES DE PRESTACIONES DEL DECRETO LEY Nº 20530 Y QUE DEBERAN SER REMITIDOS A LA ONP POR PARTE DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS CUYA ADMINISTRACIÓN Y PAGO DE PENSIONES NO HA SIDO TRANSFERIDA POR N ORMA EXPRESA A ONP N° Denominación del Procedimiento Requisitos Documentados que deben Derecho Calificaciónen ONP Dependencia Autoridad Autori dad que resuelve Observaciones contener los expedientes a ser de Pago donde se inicia competente para el recurso impugnativo remitidos a ONP (2) Automático Evaluación Previa No el trámite el trámite Positivo Negativo Regulado PRESTACIONES PENSIONARIAS (1) 1 Solicitud de Pensión de Cesantía D. Ley No. 20530, arts. 4°, 5°, 12°, 16° D. Ley No. 20530, art. 39° Ley No. 23495, D. S. No. 084-91-PCM, D. S. No. 027-92-PCM D. Ley No. 20530, arts. 42°, 43°, 45°. D. Ley No. 20530, art. 41°.Solicitud según formato/s autorizado/s adjuntando: Copia simple legible del documento de identidad vigente del solicitante. Solicitud del ex - trabajador requiriendo pensión de cesan- tía, con indicación de su dirección domiciliaria. Proyecto de Resolución. Proyecto de Liquidación, de considerarse procedente.Informe Técnico Legal, en el que se incluya el record laboral.Resolución de nombramiento que acredite su ingreso a la Administración Pública. Resolución de incorporación al Régimen de Pensiones del Decreto Ley No. 20530, de haberse emitido. Resolución de cese.Resoluciones de Quinquenio que hayan sido emitidas.Constancias de Haberes y Descuentos, desde su ingreso hasta la fecha de su cese en la Administración Pública. Resolución de nombramiento en el último cargo y nivel ejercido. Resoluciones de contrato, reemplazo, suplencia, locación de servicio, de ser el caso. Resoluciones de licencia sin goce de haber, si existieran.Última Boleta de Pago de remuneración percibida por el trabajador Otras Resoluciones y/o documentos que a criterio de la entidad revistan importancia. En caso de haberse reconocido años de formación profesional: Resolución de reconocimiento de años de formación profe- sional. Título Profesional: copia fedateada por el funcionario compeGratuito X Entidad en la cual cesó el trabajadorJefe de División de Calificaciones ONP.Reconsideración: División de Calificaciones. Apelación: Gerencia de Operaciones.D.S.073-96-EF, Resolución de Gerencia General 190-96-ONP/GG, Oficio Circu- lar 004-98-GO/ONP La entidad en donde cesó, es la encargada de remitir el acervo documentario a la ONP. Para los casos donde no existiera el documento solicitado, la entidad deberá acompañar las comunicaciones cursadas a otras instituciones que acrediten la gestión efectuada y/o la imposibilidad de obtener dicha documentación; asimismo deberá presentar un informe específico que sustituya al documento faltante. Las Resoluciones y documentos entregados a la ONP por la entidad, deberán figurar: original o copia certificada por el fedatario de la entidad o transcripción literal debidamente certificada por el funcionario competente, caso contrario se conside- rán como no entregados. El expediente administrativo deberá ser entregado debidamente foliado en cada una de sus hojas, de atrás hacia adelante en forma ascendente. El Record Laboral en los diferentes periodos, condiciones (nombrado, contratado, obrero, etc), régimen laboral, cargos y niveles por los que el trabajador ha laborado en la Administración Pública. Resolución de años de incentivos, de reconocimiento de tiempo de servicios, de cambio de régimen laboral, etc.