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Pág. 202275 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de mayo de 2001N° Denominación del Procedimiento Derecho Calificaciónen ONP Dependencia Autoridad Autoridad que resuelve Observaciones de Pago donde se inicia competente para el recurso impugnativo Automático Evaluación Previa No el trámite el trámite Positivo Negativo Regulado 4 Solicitud de Pensión de Sobrevivientes Viu- dez D. Ley Nº 20530, Arts. 25°, 27°, 32°; Ley Nº 25008, Art. 1°. D. Ley Nº 20530, Art. 32° Inc. a). D. Ley Nº 20530, Art. 32° Inc. a). D. Ley N° 20530, Art. 32° Inc. b).D. Ley N° 20530, Arts. 32 Inc. b) y 34° Inc. a)servicio, de ser el caso. Resoluciones de licencia sin goce de haber, si existieran.Otras Resoluciones y/o documentos que a criterio de la entidad revistan importancia. Solicitud según formato/s autorizado/s adjuntando: Copia simple legible del documento de identidad vigente del solicitante o representante legal. Solicitud del cónyuge sobreviviente y/o de su representante legal requiriendo pensión de viudez y de orfandad, si fuera el caso, con indicación de su dirección domiciliaria. Proyecto de Resolución.Proyecto de liquidación, de considerarse procedente.Informe Técnico Legal.Legajo Personal del causante; con inclusión de la Resolu- ción de reconocimiento de derecho a pensión de cesantía, de haberse emitido. Acta de Defunción del causante: original o copia fedateada por el funcionario competente de la entidad, máximo tres meses de antigüedad. Partida de Matrimonio emitida con posterioridad al falleci- miento del causante: copia certificada emitida por la Muni- cipalidad respectiva, máximo tres meses de antigüedad. En caso de ser hombre el solicitante: Declaración Jurada del cónyuge superviviente indicando si se encuentra incapacitado para subsistir por sí mismo, si carece de renta afecta a montos superiores del monto de la pensión y si está amparado por algún sistema de seguridad social. En caso de no concurrir con hijos: Declaración Jurada del cónyuge sobreviviente indicando si conoce de la existencia de hijos menores de edad o mayo- res incapacitados con derecho a pensión. En caso de concurrir con hijos menores de edad Partida de nacimiento de cada hijo menor de edad: copia certificada expedida por la Municipalidad respectiva, máxi- mo tres meses de antigüedad. En caso de hijo adoptivoGratuito X Entidad en la cual cesó el trabajadorJefe de División de Calificaciones ONP.Reconsideración: División de Calificaciones. Apelación: Gerencia de Ope- raciones.Resolución de reconocimiento de tiempo de servicios, de cambio de régimen laboral, etc. El expediente administrativo deberá ser entregado debidamente foliado en cada una de sus hojas, de atrás hacia adelante en forma ascendente. La entidad en donde cesó, es la encargada de remitir el acervo documentario a la ONP. Para los casos donde no existiera el documento solicitado, la entidad deberá acompañar las comunicaciones cursadas a otras instituciones que acrediten la gestión efectuada y/o la imposibilidad de obtener dicha documentación; asimismo deberá presentar un informe específico que sustituya al documento faltante. Las Resoluciones y documentos entregados a la ONP por la entidad, deberán figurar, original o copia certificada por el fedatario de la entidad o transcripción literal debidamente certificada por el funcionario competente, caso contrario se conside- rarán como no entregados.Requisitos Documentados que deben contener los expedientes a ser remitidos a ONP (2)