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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2001 (04/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

Pág. 202290 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de mayo de 2001 CONGRESO DE LA REPÚBLICA FE DE ERRATAS LEY Nº 27446 Fe de Erratas de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, publica- da en nuestra edición del día 23 de abril de 2001, en la página 201755. DICE: Artículo 4º.- (...) b) Categoría II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado.- (...) Los proyectos de esta categoría requerirán de un Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d). DEBE DECIR: Artículo 4º.- (...) b) Categoría II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado.- (...) Los proyectos clasificados en esta categoría reque- rirán un Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd). 22847 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen permanencia jurisdiccional de Vocal Provisional integrante de la Primera Sala Corporativa Laboral de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0147-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 3 de mayo del 2001 VISTO y CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 041-2001-PPSL-CSJL-PJ, la Pre- sidencia de la Primera Sala Laboral Corporativa, soli- cita al Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, la permanencia jurisdiccional por espacio de 30 días, del doctor Ricardo Avilés Rosales, quien vino reemplazando al doctor Samuel Onésimo Gonzales Victorio, durante el mes de abril del año en curso, por motivo de vacaciones; fundamentando el pedido de permanencia en razón de habérsele asignado causas laborales en el indicado mes, a la fecha pendien- tes de resolver 40 expedientes judiciales, conforme es de advertirse del informe emitido por la Relatora de la indicada Sala; Que, estando a lo expuesto, al amparo de lo dis- puesto por el Artículo 149º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, señala la obligatoriedad de los Vocales de emitir su voto por escrito en todas las causas en cuya vista hubiesen intervenido, aun en caso de impedimen- to, traslado, licencia, vacaciones o promoción; así como de otro lado, el Artículo 140º del mismo cuerpo legal, precisa la indicación que la causa dejada a voto, se resuelve en un plazo no mayor de quince días prorroga- bles por término igual; por lo que a efectos de viabilizar un trabajo coordinado al interior de la Primera Sala Laboral Corporativa, resulta pertinente el pronuncia-miento respecto a la permanencia en el cargo jurisdic- cional del doctor Ricardo Avilés Rosales, para que por esta única vez, y por espacio de 30 días, concluya con las 40 causas laborales asignadas, no debiendo de recibir carga nueva, a fin de facilitar la conclusión de las ya asignadas; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, dirige la política del Poder Judicial dentro de su ámbito, adoptando las medidas administra- tivas con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justicia- bles; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta- des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la permanencia jurisdiccional del doctor RICARDO AVILEZ ROSALES como Vocal Provisional integrante de la Primera Sala Corporativa Laboral de Lima, por espacio de 30 días improrrogables, del 3 al 31 de mayo del año en curso, a efectos de poder concluir con las 40 causas laborales asignadas, no debiendo de asignársele causas nuevas, estando a lo expuesto en el considerando segundo. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Presidencia del Conse- jo Transitorio, de la Oficina de Control de la Magistratu- ra, de la Gerencia General, de la Supervisión de Perso- nal, de la Fiscalía de la Nación y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. ALFREDO SIFUENTES STRATTI Vocal Titular Presidente (e) Corte Superior de Justicia de Lima 22840 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Disponen la contratación de Secreta- rio Administrativo de la Academia de la Magistratura CONSEJO DIRECTIVO RESOLUCIÓN Nº 027-2001-AMAG-CD Jesús María, 2 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Secretario Administrativo, Nivel F-B, plaza Nº 41 del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), de la Academia de la Magistratura; Que, la citada plaza, de conformidad con el Artículo 8º, de la Ley Nº 26335, Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura, es de confianza, por consiguiente es necesario cubrir, a fin de continuar con el normal desarrollo de las actividades propias de los sistemas Administrativos en la Institución; Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, la Ley Nº 27368 y el Estatuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 022-2001- AMAG-CD, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones y conforme a lo acordado en Sesión de Consejo Directivo de la fecha;